III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2023-444)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, con nuevas plazas de titularidad pública, en el ejercicio presupuestario 2022, en el marco del componente 21 "modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2871
La ejecución del crédito consignado en la actuación de financiación citada queda
sujeta a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, que regula los créditos gestionados por las comunidades autónomas.
Asimismo, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Disposición final trigésima
segunda de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022, que da una nueva redacción al artículo 42 relativo a las
Incorporaciones de crédito del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
estableciendo que «… podrán incorporarse a los créditos del ejercicio los remanentes de
los créditos, que amparen gastos autorizados, dotados en el servicio -Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia- de cada sección…».
Por otro lado, el citado artículo 86.2 regla Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria (B.O.E. del 27 de noviembre), establece que «Los
criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos
presupuestarios, así como su distribución, se fijarán por la Conferencia Sectorial
correspondiente al comienzo del ejercicio económico».
Igualmente, el artículo 148.2.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, dispone que, en el seno de la Conferencia Sectorial
Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las
Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional realizará el seguimiento y control
de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino específico para el
que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los mecanismos que, a tal
efecto, se incluyen en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de
noviembre de 2021.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la Disposición Adicional Primera, apartado Cinco, de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, con carácter previo al acuerdo
de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos regulado en el artículo 86.2 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se ha realizado la
comunicación preceptiva y previa al Ministerio de Hacienda, en fecha 22 de septiembre
de 2022 a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, a la que se ha
incorporado la información relativa a la actuación a realizar.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir
superior a 12 millones de euros, se ha recabado, con carácter previo a la convocatoria
de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros de 5 de diciembre
de 2022. La citada autorización no conlleva la aprobación del gasto, la cual se ha
realizado con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial.
Una vez aprobada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, la
concesión correspondiente a cada Comunidad Autónoma se realizará por resolución del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En su virtud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas acuerdan:
Aprobar la distribución del importe de 323.337.155,00 euros destinados al programa
de impulso de escolarización en el Primer Ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas
de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el ejercicio
presupuestario 2022, en el marco del Componente 21 «Modernización y Digitalización
del Sistema Educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (MRR).
cve: BOE-A-2023-444
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2871
La ejecución del crédito consignado en la actuación de financiación citada queda
sujeta a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, que regula los créditos gestionados por las comunidades autónomas.
Asimismo, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Disposición final trigésima
segunda de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022, que da una nueva redacción al artículo 42 relativo a las
Incorporaciones de crédito del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
estableciendo que «… podrán incorporarse a los créditos del ejercicio los remanentes de
los créditos, que amparen gastos autorizados, dotados en el servicio -Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia- de cada sección…».
Por otro lado, el citado artículo 86.2 regla Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria (B.O.E. del 27 de noviembre), establece que «Los
criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos
presupuestarios, así como su distribución, se fijarán por la Conferencia Sectorial
correspondiente al comienzo del ejercicio económico».
Igualmente, el artículo 148.2.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, dispone que, en el seno de la Conferencia Sectorial
Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las
Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional realizará el seguimiento y control
de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino específico para el
que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los mecanismos que, a tal
efecto, se incluyen en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de
noviembre de 2021.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la Disposición Adicional Primera, apartado Cinco, de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, con carácter previo al acuerdo
de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos regulado en el artículo 86.2 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se ha realizado la
comunicación preceptiva y previa al Ministerio de Hacienda, en fecha 22 de septiembre
de 2022 a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, a la que se ha
incorporado la información relativa a la actuación a realizar.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir
superior a 12 millones de euros, se ha recabado, con carácter previo a la convocatoria
de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros de 5 de diciembre
de 2022. La citada autorización no conlleva la aprobación del gasto, la cual se ha
realizado con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial.
Una vez aprobada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, la
concesión correspondiente a cada Comunidad Autónoma se realizará por resolución del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En su virtud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas acuerdan:
Aprobar la distribución del importe de 323.337.155,00 euros destinados al programa
de impulso de escolarización en el Primer Ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas
de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el ejercicio
presupuestario 2022, en el marco del Componente 21 «Modernización y Digitalización
del Sistema Educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (MRR).
cve: BOE-A-2023-444
Verificable en https://www.boe.es
Primero.