III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-437)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las tasas y precios públicos de los ayuntamientos de municipios de población superior a 500.000 habitantes, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Cuadro 4
Sec. III. Pág. 2406
Información sobre el coste del servicio de recogida de residuos sólidos
urbanos
(Importes en euros)
Tasas por la recogida y transporte de residuos sólidos urbanos
Entidad (*)
Nota 26 Memoria
Ayto. Madrid
Ayto. Barcelona
Ayto. Sevilla
Ayto. Zaragoza
Ayto. Málaga
Sin datos
17.010.141,91
53.745.389,65
21.424.001,46
32.880.553,87
Memoria justificativa del
coste de servicios
233.850.328,50
87.650.000,00
No aportada
17.768.017,70
Sin datos
CESEL
183.341.657,88
87.713.845,73
49.487.254,48
20.982.801,80
29.585.438,97
Estudios técnicoeconómicos
44.104.334,46
22.621.225,24
70.009.241,23
24.288.391,00
16.319.548,00
Fuente: Plataforma de Rendición de Cuentas, Ministerio de Hacienda y elaboración propia.
(*) El Ayuntamiento de Valencia y las áreas metropolitanas de Barcelona y EMTRE no exigen tasas por el servicio de recogida y transporte de
residuos sólidos urbanos.
Por lo que se refiere a la información sobre los costes del servicio de tratamiento de residuos
sólidos urbanos, el análisis comparativo figura en el cuadro siguiente.
Cuadro 5
Información sobre el coste del servicio de tratamiento de residuos sólidos
urbanos
(Importes en euros)
Entidad (*)
Ayto. Madrid
Ayto. Zaragoza
Ayto. Málaga
Área M. Barcelona
EMTRE
Nota 26 Memoria
Sin datos
11.680.669,32
19.155.767,28
Sin datos
0,00
Tasas por el tratamiento de residuos sólidos urbanos
Memoria justificativa del
Estudios técnicoCESEL
coste de servicios
económicos
107.425.836,50
9.272.385,05
16.920.576,00
Sin datos
71.705.982,33
86.067.197,27
11.726.393,05
17.120.326,62
96.954.979,57
11.390.144,57
Sin datos
11.312.481,00
13.200.776,21
124.701.624,12
71.683.901,00
Fuente: Plataforma de Rendición de Cuentas, Ministerio de Hacienda y elaboración propia.
(*) Los Ayuntamientos de Barcelona, Valencia y Sevilla no exigen tasas por el servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Por lo que se refiere al servicio de retirada de vehículos de la vía pública, no es posible efectuar el
mismo análisis comparativo anterior, puesto que las entidades fiscalizadas no recogen la
información correspondiente a dicho servicio en la nota 26 de la memoria de sus cuentas anuales
de 2017 (a pesar de tratarse de un servicio financiado mediante tasas), ni en la memoria
justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos, así como tampoco en la aplicación
CESEL (al no encontrarse dicho servicio entre los recogidos en la Orden HAP/2075/2014, de 6 de
noviembre).
Entrando en las diferencias de cálculo, el Ayuntamiento de Madrid, que no había cumplimentado
la nota 26 de la memoria de las cuentas anuales de 2017, empleó los mismos costes de personal
y de servicios exteriores en la información de la memoria justificativa del coste y de la aplicación
CESEL, si bien en la primera se incluyen costes extrapresupuestarios (por importe de 56.435
miles de euros en el caso de la recogida de residuos, y de 80.047 miles, en el servicio de
tratamiento) que no figuran en la segunda; y, en esta última, se incluyen costes indirectos y de
amortizaciones que no recoge la memoria justificativa. En el caso de los informes técnico-
cve: BOE-A-2023-437
Verificable en https://www.boe.es
Como se puede apreciar en los cuadros anteriores, la información comunicada por las entidades
locales sobre el coste de los servicios de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos
urbanos, aunque pueden no coincidir en el ámbito al que se refieren o responder a distintas
metodologías, presenta unas diferencias muy significativas entre unas fuentes de información y
otras, lo que impiden determinar con precisión el coste computable a efectos del cumplimiento del
principio de equivalencia.
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Cuadro 4
Sec. III. Pág. 2406
Información sobre el coste del servicio de recogida de residuos sólidos
urbanos
(Importes en euros)
Tasas por la recogida y transporte de residuos sólidos urbanos
Entidad (*)
Nota 26 Memoria
Ayto. Madrid
Ayto. Barcelona
Ayto. Sevilla
Ayto. Zaragoza
Ayto. Málaga
Sin datos
17.010.141,91
53.745.389,65
21.424.001,46
32.880.553,87
Memoria justificativa del
coste de servicios
233.850.328,50
87.650.000,00
No aportada
17.768.017,70
Sin datos
CESEL
183.341.657,88
87.713.845,73
49.487.254,48
20.982.801,80
29.585.438,97
Estudios técnicoeconómicos
44.104.334,46
22.621.225,24
70.009.241,23
24.288.391,00
16.319.548,00
Fuente: Plataforma de Rendición de Cuentas, Ministerio de Hacienda y elaboración propia.
(*) El Ayuntamiento de Valencia y las áreas metropolitanas de Barcelona y EMTRE no exigen tasas por el servicio de recogida y transporte de
residuos sólidos urbanos.
Por lo que se refiere a la información sobre los costes del servicio de tratamiento de residuos
sólidos urbanos, el análisis comparativo figura en el cuadro siguiente.
Cuadro 5
Información sobre el coste del servicio de tratamiento de residuos sólidos
urbanos
(Importes en euros)
Entidad (*)
Ayto. Madrid
Ayto. Zaragoza
Ayto. Málaga
Área M. Barcelona
EMTRE
Nota 26 Memoria
Sin datos
11.680.669,32
19.155.767,28
Sin datos
0,00
Tasas por el tratamiento de residuos sólidos urbanos
Memoria justificativa del
Estudios técnicoCESEL
coste de servicios
económicos
107.425.836,50
9.272.385,05
16.920.576,00
Sin datos
71.705.982,33
86.067.197,27
11.726.393,05
17.120.326,62
96.954.979,57
11.390.144,57
Sin datos
11.312.481,00
13.200.776,21
124.701.624,12
71.683.901,00
Fuente: Plataforma de Rendición de Cuentas, Ministerio de Hacienda y elaboración propia.
(*) Los Ayuntamientos de Barcelona, Valencia y Sevilla no exigen tasas por el servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Por lo que se refiere al servicio de retirada de vehículos de la vía pública, no es posible efectuar el
mismo análisis comparativo anterior, puesto que las entidades fiscalizadas no recogen la
información correspondiente a dicho servicio en la nota 26 de la memoria de sus cuentas anuales
de 2017 (a pesar de tratarse de un servicio financiado mediante tasas), ni en la memoria
justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos, así como tampoco en la aplicación
CESEL (al no encontrarse dicho servicio entre los recogidos en la Orden HAP/2075/2014, de 6 de
noviembre).
Entrando en las diferencias de cálculo, el Ayuntamiento de Madrid, que no había cumplimentado
la nota 26 de la memoria de las cuentas anuales de 2017, empleó los mismos costes de personal
y de servicios exteriores en la información de la memoria justificativa del coste y de la aplicación
CESEL, si bien en la primera se incluyen costes extrapresupuestarios (por importe de 56.435
miles de euros en el caso de la recogida de residuos, y de 80.047 miles, en el servicio de
tratamiento) que no figuran en la segunda; y, en esta última, se incluyen costes indirectos y de
amortizaciones que no recoge la memoria justificativa. En el caso de los informes técnico-
cve: BOE-A-2023-437
Verificable en https://www.boe.es
Como se puede apreciar en los cuadros anteriores, la información comunicada por las entidades
locales sobre el coste de los servicios de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos
urbanos, aunque pueden no coincidir en el ámbito al que se refieren o responder a distintas
metodologías, presenta unas diferencias muy significativas entre unas fuentes de información y
otras, lo que impiden determinar con precisión el coste computable a efectos del cumplimiento del
principio de equivalencia.