III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-439)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras con especial referencia a la gestión de la construcción de la residencia de mayores 'La Minería', ejercicios 2006 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

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Sec. III. Pág. 2592

El Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real), por medio de certificación del Secretario de
la Corporación de 24 de octubre de 2018, señaló que no se podían inscribir en el libro de
inventario municipal “los terrenos y vuelos” cuyas obras fueron financiadas por el IRMC al
ostentar el Ayuntamiento únicamente la posesión de los referidos terrenos y edificios. La
incidencia afectaba a tres convenios (CLM-2007-0001, CLM-2010-0001 y CLM-2010-002),
cuyas actuaciones se referían a las tres fases de la construcción del “Palacio de
congresos y exposiciones” y a la “Recuperación de entornos mineros” por importe total de
12.330.000 euros. A su vez, con idéntica casuística se encontraba el convenio CLM2007-0002 cuyo objeto era la elaboración del proyecto técnico y construcción de un
parque urbano para rehabilitación de escombreras de carbón por importe de 6.000.000
euros.
La adquisición de la posesión de los referidos terrenos y las construcciones asentadas en
los mismos derivaba de un convenio suscrito el 30 de mayo de 2008 entre el
Ayuntamiento y dos empresas60 que fue firmado con posterioridad61 a dos de los
convenios que suscribieron el IRMC y el Ayuntamiento de Puertollano para financiar las
obras que se asentarían sobre esos terrenos62. En consecuencia, se concedió una
subvención para financiar unas obras sobre unos terrenos de los que el Ayuntamiento no
era propietario cuando se firmaron los convenios con el IRMC (CLM-2007-0001 y CLM2007-0002).
Examinada la documentación de estos expedientes, se ha verificado la existencia de un
certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento, de fecha 26 de noviembre del
2009, con el visto bueno del Alcalde-Presidente, que hacía constar que las obras previstas
se desarrollarían sobre una parcela propiedad municipal, extremo que no concuerda con
el emitido el 24 de octubre de 2018, al que se ha aludido anteriormente, donde se
señalaba que el Ayuntamiento era un mero poseedor de los terrenos63.

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Por otra parte, en otras diez subvenciones concedidas al Ayuntamiento de
Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba) no ha podido comprobarse el cumplimiento de este
extremo, debido a que, de acuerdo con lo manifestado por este Ayuntamiento, toda la
documentación de estos expedientes obra en poder del Juzgado de Primera Instancia e

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Una de estas empresas también vendió terrenos por importe de tres millones de euros al Ayuntamiento de
Peñarroya-Pueblonuevo, compraventa cuyo coste fue subvencionado por el IRMC a través del convenio
AND-2010-0003.
61 Con fecha 4 de marzo de 2008 y 7 de abril de 2008.
62 En el trámite de alegaciones el Ayuntamiento de Puertollano aportó un “acuerdo de intenciones” de fecha 24 de abril
de 2007 suscrito con las dos empresas, con las que firmó posteriormente el convenio de 30 de mayo de 2008 donde se
recoge que tienen “la intención de firmar un convenio sobre los terrenos” mencionados.
En el trámite de alegaciones el Ayuntamiento de Puertollano confirmó “que no se han podido inscribir en el libro de
Inventario Municipal las terrenos y vuelos” de las proyectos fiscalizados. No obstante, aportó en esta fase de
alegaciones un certificado expedido el 12 de septiembre de 2007, en el que se indicaba que “existía plena disponibilidad
de los terrenos objeto de la inversión” que difiere del que obra en el IRMC, expedido el mismo día, en el que se
señalaba que el proyecto se correspondía con “obras de titularidad pública”. Adicionalmente, y como se pone de
manifiesto en el texto de este Informe, el Ayuntamiento de Puertollano aportó al IRMC otro certificado, emitido el 26 de
noviembre de 2009, en el que se manifestaba que el Ayuntamiento era el propietario de la parcela, alegando el
Ayuntamiento sobre esta incoherencia, que se produjo “una confusión con lo que sería la posesión de los mismos,
siendo la intención verdadera la expresión de la plena disponibilidad de los terrenos y vuelos tal y como se desprende
del certificado de 12 de septiembre de 2007”, siendo todos los certificados referidos expedidos por el Secretario de la
Corporación con el visto bueno del Alcalde Presidente. En relación con lo alegado por el Ayuntamiento de Puertollano,
cabe reiterar que la imposibilidad de inscribir en el inventario municipal las infraestructuras financiadas por el IRMC
implica no poder dar cumplimiento al requisito contenido en el clausulado de los propios convenios que señala que
“infraestructuras resultantes serán de titularidad pública y se inscribirán en el libro de patrimonio de la entidad local”.

cve: BOE-A-2023-439
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