III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-439)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras con especial referencia a la gestión de la construcción de la residencia de mayores 'La Minería', ejercicios 2006 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2562

El Marco de Actuación 2013-2018 también vino precedido de un proceso de negociación entre los
agentes sociales y el MIET, que concluyó en la firma de un Acuerdo entre el Ministerio, los tres
principales sindicatos y la asociación de empresarios “Carbunión” el 1 de octubre de 2013.
Pese a que, con las respectivas particularidades de cada uno de estos dos planes, su estructura y
contenido era similar, el Marco de Actuación 2013-2018 no fue refrendado en Acuerdo de Consejo
de Ministros. A este respecto, no consta en los antecedentes de los expedientes las razones que
motivaron que en un caso los acuerdos se elevaran a Consejo de Ministros y en el otro no.
Con independencia de esta circunstancia, no cabe considerarlos normas jurídicas, ni tampoco
stricto sensu convenios de colaboración ya que su elaboración y aprobación no se ajusta a los
cauces normativos del ejercicio de la potestad reglamentaria del Gobierno, que se contienen en la
Ley 50/1997, del Gobierno, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo, ni tampoco a los procedimientos seguidos para la suscripción de convenios de
colaboración. En consecuencia, los planes del carbón se asemejarían a “Protocolos Generales”,
figura que aparece recogida en el art. 47 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector
Público, y que también se regulaba en el art. 6 de la ya derogada Ley 30/1992, de 26 de
noviembre. Estos instrumentos, a tenor del art. 47 de la Ley 40/2015, contienen “declaraciones de
intención de contenido general o que expresen la voluntad de las Administraciones y partes
suscriptoras para actuar con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de
compromisos jurídicos concretos y exigibles”. Estos protocolos, atendiendo al régimen legal
vigente con anterioridad a 2016, se caracterizaban por la ausencia de carácter vinculante y su
finalidad de fijar “pautas de orientación política sobre la actuación de cada Administración en una
cuestión de interés común y la metodología para el desarrollo de la colaboración en un asunto de
mutuo interés”.
Las características de los planes del carbón encajan en la definición de Protocolos Generales
acordados con los agentes sociales, al tratarse de instrumentos de gestión de carácter
programático o protocolos sin valor vinculante por sí mismos, en la medida en que el desarrollo y
ejecución de las medidas que contienen estos planes se instrumentaban mediante la adopción de
otras normas reguladoras de las ayudas tanto de concesión directa (Reales Decretos 1112/2007 y
675/2014) como de concurrencia competitiva (entre otras, Órdenes ministeriales ITC 1044/2007 y
1347/2009).
Sin embargo, el contenido de dichos planes ha sido tomado como referencia en diversos aspectos
no específicamente detallados en las normas de desarrollo, tales como composición de los
órganos deliberantes (Mesa Regional de la Minería y Comisión de Cooperación).
II.1.2. Los planes del carbón como planes estratégicos de subvenciones
La regulación de los planes estratégicos de subvenciones, recogida en el art. 8 y la disposición
adicional decimotercera de la LGS y en los arts. 11, 12 y 13 del RGS, es diferente según se trate
de líneas de subvenciones de concesión directa o de concurrencia competitiva, siendo más
detallada la regulación en el segundo caso, como se analizará seguidamente.
PLANES
ESTRATÉGICOS
INFRAESTRUCTURAS

DE

SUBVENCIONES

DE

LA

LÍNEA

DE

La exposición de motivos del RD 1112/2007, que regía línea de subvenciones de concesión
directa para el desarrollo de las infraestructuras en las comarcas mineras del carbón, señalaba
que el Plan del Carbón 2006-2012 constituía el Plan Estratégico de Subvenciones. Sin embargo,
el propio RD carecía de objetivos y la definición de los mismos en el Plan del Carbón era muy
general, por lo que estos instrumentos no podían considerarse planes estratégicos de
subvenciones en lo que respecta a la línea de infraestructuras.

cve: BOE-A-2023-439
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Núm. 5