III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-439)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras con especial referencia a la gestión de la construcción de la residencia de mayores 'La Minería', ejercicios 2006 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2553

subvenciones de proyectos empresariales y ni tampoco se habían firmado convenios específicos
de infraestructuras.
I.4.
I.4.1.

ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
Ámbito subjetivo

El ámbito subjetivo de esta fiscalización está constituido por el organismo autónomo Instituto para
Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras
(IRMC), adscrito a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición
Ecológica18. El IRMC fue creado en virtud del art. 78 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, con el objeto de ejecutar “la política de
reestructuración de la minería del carbón, así como el desarrollo y ejecución de cuantas medidas
se dirijan a fomentar el desarrollo económico de aquellas zonas que, de acuerdo con la normativa
aplicable, tengan la consideración de municipios mineros del carbón”. Tiene naturaleza jurídica de
organismo autónomo estatal, de acuerdo con lo previsto en la derogada Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y, a partir del 2
de enero de 2016, en los arts. 98 y siguientes de la vigente Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, que contiene el régimen de los organismos autónomos
estatales.
El Estatuto del IRMC fue aprobado por el RD 492/1998, de 27 de marzo, que atribuye la
Presidencia del Instituto al titular de la Secretaría de Estado de Energía. Por su parte, el cargo de
Director corresponde al Director General de Política Energética y Minas. A su vez, el referido
Estatuto del IRMC prevé la existencia de un Consejo Rector y un Comité Permanente, en el seno
de aquel. Contempla, a su vez, la existencia de la Gerencia, órgano dotado con rango de
Subdirección General y dependiente del Director General de Política Energética y Minas, al que se
atribuyen funciones de gestión del Instituto (desconcentradas y por delegación). Internamente, el
Instituto se estructura en las siguientes unidades administrativas: “Proyectos Empresariales”,
“Infraestructuras”, “Plan Social”, “Minería” y la “Secretaría General”.

18

En virtud del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se
suprime el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital y el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la Secretaría de Estado de Energía y la
Dirección General de Política Energética y Minas quedan adscritas al Ministerio para la Transición Ecológica,
subsistiendo la estructura administrativa precedente, establecida en el Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

cve: BOE-A-2023-439
Verificable en https://www.boe.es

También se incluyen en el ámbito subjetivo de esta fiscalización a los beneficiarios de las
subvenciones concedidas con cargo a los créditos del Instituto: comunidades autónomas,
entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y otras personas físicas y jurídicas que hubieran
ostentando tal condición. Los beneficiarios de las subvenciones concedidas por el IRMC se
localizaban en el ámbito territorial al que se destinaban las ayudas para la reactivación de las
comarcas mineras se contiene en los planes de la minería del carbón (con su denominación
concreta en cada caso), en los Reales Decretos que fijan las condiciones de las subvenciones de
concesión directa y en las Órdenes Ministeriales que recogen las bases reguladoras de las
subvenciones, tomando dichas normas en consideración los anexos de las Decisiones de la
Comisión que contienen las listas de zonas industriales en declive, entre las que se incluyen las
comarcas mineras del carbón.