III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-447)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Evolutio Cloud Enabler, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2933

– Para turnos de mañana y tarde, de lunes a viernes, ambos turnos en horario diurno
(hasta las 22:00) se establece una compensación de 527,4 euros brutos anuales. En
aquellos casos que por necesidad del servicio alguno de los turnos se extienda
regularmente total o parcialmente entre las 22:00 y las 6:00, el/la empleado/a percibirá la
cantidad de 569,6 euros brutos al año de manera adicional.
– Por cada día festivo (festivos nacionales o locales) que el/la empleado/a que está
en turnos tenga que trabajar recibirá una cantidad adicional de 52,8 euros brutos por día.
En el caso de los días 25 de diciembre, 1 de enero y 6 de enero la compensación será
de 105,5 euros brutos por cada uno de esos días.
– Aquello/as empleado/as que sean requeridos de forma urgente para cubrir el turno
de otro/a empleado/a que por necesidades de fuerza mayor no pueda realizar su turno
será compensado de forma excepcional con 158,3 euros por día efectivo que tenga que
sustituirlo hasta que se regularicen los turnos.
Plus Turnicidad (anual) 24x7 de L-D: 2.215,2 euros.
Plus Turnicidad (anual) Mañana/Tarde, de L-V: 527,4 euros.
Plus Nocturnidad (anual): 569,6 euros.
Día Festivo (en turnos): 52,8 euros.
3.
3.1

Prestación servicios entorno servicios profesionales.
Guardias (on call).

Este modelo se aplicará a todos aquello/as empleado/as asignados al área de
Servicios Profesionales (Customer Solutions) que por necesidades de prestación de
servicios a clientes se les requiera para cubrir este servicio.
Se establece un pago único por el concepto de guardia y gestión de incidencias y
resolución de averías y de acuerdo con los siguientes tramos de tiempo y su
correspondiente compensación (en euros).
Compensación

Guardia semanal 7 días.

316,4

Guardia semanal 6 días.

263,7

Guardia fin de semana y festivos.

158,3

Guardia fin de semana.

105,5

En el caso de Guardias de siete días se establece un pago adicional de 210,9 euros
brutos a la semana, para aquellas guardias que requieran de más de diez horas de
gestión de incidencias durante la semana de la guardia.
Intervenciones planificadas.

Las intervenciones Planificadas realizadas por empleado/as que no hacen guardias
pero que, de forma excepcional, pueden ser requeridos para realizar trabajos en un
horario diferente a la jornada habitual de trabajo definida y fijada para cada empleado/a
de Evolutio, deberán ser intervenciones requeridas por el cliente y autorizadas
expresamente por la compañía, de acuerdo al procedimiento establecido en cada grupo.
La forma de compensar las horas de intervención planificadas se hará de acuerdo al
cuadro adjunto, es decir se utilizará un multiplicador sobre el coste base de cada
persona por hora, en concreto:
– Horario diurno: hora base x 1,5.
– Horario nocturno: hora base x 2.
– Domingos y festivos: hora base x 2,5.

cve: BOE-A-2023-447
Verificable en https://www.boe.es

3.2