III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-447)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Evolutio Cloud Enabler, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2929
En relación con la protección y confidencialidad de los datos utilizados y/o el acceso
a datos personales, la persona trabajadora declara conocer los derechos y obligaciones
establecidos en Evolutio Cloud Enabler.
A tal efecto, la Empresa proporcionará a la persona trabajadora la formación
pertinente y adecuada y le informará sobre los derechos y obligaciones en materia de
protección de datos y confidencialidad.
Específicamente, las obligaciones que deben conocer las personas trabajadoras en
el desarrollo de sus funciones por la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de
Carácter Personal, las Normas de Seguridad de la Información según se detalla en las
Políticas de Evolutio Cloud Enabler, SAU.
Por otra parte, la persona trabajadora cumplirá las instrucciones que le sean
facilitadas por el Departamento de Sistemas Informáticos y se obliga expresamente a no
utilizar los datos para otros fines distintos de la ejecución de su trabajo.
La Compañía se reserva el derecho de implantar cuantas medias de seguridad sean
necesarias para proteger sus sistemas e información.
Los derechos y obligaciones de las partes no sufrirán modificación alguna bajo la
modalidad de trabajo en remoto. Siempre que se esté cumpliendo con sus funciones
laborales, las condiciones de aplicación y coberturas de seguros y pólizas existentes se
mantendrán tal cual establece el condicionado del contrato.
Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente acuerdo por
triplicado, en Madrid, a ...... de ......................... de 20.......
El trabajador,
Superior jerárquico,
Emilio Cortés Patón,
People & Sourcing Director
EVOLUTIO CLOUD ENABLER, SAU
ANEXO IV
Marco regulatorio: Con fecha 7 de diciembre de 2018, entró en vigor la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales (en adelante, «Ley Orgánica de Protección de Datos»).
Dicha Ley orgánica supone la modificación, entre otras disposiciones legales, del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante «Estatuto de los
Trabajadores»), mediante la inclusión de un nuevo artículo, el 20 bis.
En este artículo se establece que «Los trabajadores tienen derecho a la protección
de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el
empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de
videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en
materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.»
Además, contiene la obligación de establecer una política interna dirigida a las
personas trabajadoras, sin exclusión del personal directivo y prevé que se preserve el
derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del
trabajo a distancia, así como en el domicilio de la persona trabajadora vinculado al uso
con fines laborales de herramientas tecnológicas. Esta política tendrá que contener
acciones formativas y campañas de sensibilización sobre la utilización de las
herramientas tecnológicas con el objetivo de evitar la fatiga informática.
Alcance: Todos los empleados de Evolutio.
Objetivo: El objetivo de la presente política es el establecimiento de una serie de
medidas que faciliten que las personas trabajadoras de Evolutio puedan disfrutar de su
cve: BOE-A-2023-447
Verificable en https://www.boe.es
Política de desconexión digital de Evolutio
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2929
En relación con la protección y confidencialidad de los datos utilizados y/o el acceso
a datos personales, la persona trabajadora declara conocer los derechos y obligaciones
establecidos en Evolutio Cloud Enabler.
A tal efecto, la Empresa proporcionará a la persona trabajadora la formación
pertinente y adecuada y le informará sobre los derechos y obligaciones en materia de
protección de datos y confidencialidad.
Específicamente, las obligaciones que deben conocer las personas trabajadoras en
el desarrollo de sus funciones por la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de
Carácter Personal, las Normas de Seguridad de la Información según se detalla en las
Políticas de Evolutio Cloud Enabler, SAU.
Por otra parte, la persona trabajadora cumplirá las instrucciones que le sean
facilitadas por el Departamento de Sistemas Informáticos y se obliga expresamente a no
utilizar los datos para otros fines distintos de la ejecución de su trabajo.
La Compañía se reserva el derecho de implantar cuantas medias de seguridad sean
necesarias para proteger sus sistemas e información.
Los derechos y obligaciones de las partes no sufrirán modificación alguna bajo la
modalidad de trabajo en remoto. Siempre que se esté cumpliendo con sus funciones
laborales, las condiciones de aplicación y coberturas de seguros y pólizas existentes se
mantendrán tal cual establece el condicionado del contrato.
Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente acuerdo por
triplicado, en Madrid, a ...... de ......................... de 20.......
El trabajador,
Superior jerárquico,
Emilio Cortés Patón,
People & Sourcing Director
EVOLUTIO CLOUD ENABLER, SAU
ANEXO IV
Marco regulatorio: Con fecha 7 de diciembre de 2018, entró en vigor la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales (en adelante, «Ley Orgánica de Protección de Datos»).
Dicha Ley orgánica supone la modificación, entre otras disposiciones legales, del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante «Estatuto de los
Trabajadores»), mediante la inclusión de un nuevo artículo, el 20 bis.
En este artículo se establece que «Los trabajadores tienen derecho a la protección
de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el
empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de
videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en
materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.»
Además, contiene la obligación de establecer una política interna dirigida a las
personas trabajadoras, sin exclusión del personal directivo y prevé que se preserve el
derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del
trabajo a distancia, así como en el domicilio de la persona trabajadora vinculado al uso
con fines laborales de herramientas tecnológicas. Esta política tendrá que contener
acciones formativas y campañas de sensibilización sobre la utilización de las
herramientas tecnológicas con el objetivo de evitar la fatiga informática.
Alcance: Todos los empleados de Evolutio.
Objetivo: El objetivo de la presente política es el establecimiento de una serie de
medidas que faciliten que las personas trabajadoras de Evolutio puedan disfrutar de su
cve: BOE-A-2023-447
Verificable en https://www.boe.es
Política de desconexión digital de Evolutio