III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2816
quedan sin resolver algunas diferencias, entre las que cabe destacar las correspondientes al CSIC,
como se detalla en el apartado de salvedades (inversiones financieras).
5.19. Incrementar el contenido de los inventarios de la AGE, Seguridad Social, organismos
autónomos del Estado y otros organismos públicos (3/2017; 4/2017; 22/2017; 3/2018; 5/2018;
6/2018 y 13/2018).
Como se viene señalando en las DCGE de ejercicios anteriores y se reitera en el apartado de
fundamento de la opinión de la presente Declaración, una parte importante del inmovilizado material
de la AGE sigue careciendo de inventarios completos de los bienes que lo integran, lo que incide
en la verificación de los saldos registrados contablemente y en la contabilización de la amortización.
Como consecuencia de esta situación, en la Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la IGAE,
por la que se aprueba la adaptación del PGCP a la AGE se estableció un régimen transitorio
aplicable a los elementos del inmovilizado no financiero para el cálculo de la base amortizable, en
tanto no estuviesen operativos los inventarios de bienes y derechos del inmovilizado no financiero
en los departamentos ministeriales, régimen transitorio que aún persiste.
No obstante, con la promulgación de la Orden HFP/1105/2017, de 16 de noviembre, se estableció
un procedimiento (NCIS155) que tiene como objetivo principal avanzar en la ampliación y mejora del
inventario de infraestructuras y bienes muebles de la AGE. A través de la implantación del citado
procedimiento se trata de garantizar que las adquisiciones de dichos bienes se incorporen en el
módulo de inventario de la aplicación SOROLLA, integrado con la gestión presupuestaria de los
distintos Departamentos Ministeriales.
En cuanto al seguimiento sobre su implantación, en el ejercicio 2018 se inició en los Departamentos
Ministeriales de Sanidad y de Economía. En 2019, se amplió al actual Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana y se incorporaron al inventario, con fecha 1 de enero de 2019, todos
los bienes integrantes de la red de carreteras del Estado. En el ejercicio 2020, se empezó a aplicar
por servicios presupuestarios, en lugar de por Departamentos ministeriales y en particular, a partir
del mes de abril, en varios de los servicios presupuestarios del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Por último, en el ejercicio 2021, se ha continuado con el proceso de implantación obligatoria en
todos los servicios presupuestarios del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
La recomendación de que la TGSS disponga de un IGBISS completo, actualizado y conciliado con
las cifras registradas contablemente continúa sin ser atendida en su totalidad, tal como se ha
señalado en el epígrafe III.3.1.
5.20. Concluir de manera definitiva con las actuaciones previstas en la Resolución de 14 de mayo
de 2012, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se dictan las instrucciones
para el registro contable del terreno de forma independiente de la construcción (12/2018).
Esta recomendación continúa sin ser atendida, tal como se ha señalado en el subepígrafe IV.4.1.1.
En la memoria de las cuentas anuales de la AGE se viene incluyendo, desde el ejercicio 2019, la
Cuenta de Resultados por actividades de la AGE, si bien con ciertas deficiencias, expresadas en
esta Declaración, que deberían ser subsanadas.
155
Número de certificado de inventario SOROLLA.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
5.21. Ampliar la información contenida en la Memoria (5/2017; 6/2017; 16/2017; 29/2017; 4/2018;
14/2018; 19/2018 y 28/2018).
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2816
quedan sin resolver algunas diferencias, entre las que cabe destacar las correspondientes al CSIC,
como se detalla en el apartado de salvedades (inversiones financieras).
5.19. Incrementar el contenido de los inventarios de la AGE, Seguridad Social, organismos
autónomos del Estado y otros organismos públicos (3/2017; 4/2017; 22/2017; 3/2018; 5/2018;
6/2018 y 13/2018).
Como se viene señalando en las DCGE de ejercicios anteriores y se reitera en el apartado de
fundamento de la opinión de la presente Declaración, una parte importante del inmovilizado material
de la AGE sigue careciendo de inventarios completos de los bienes que lo integran, lo que incide
en la verificación de los saldos registrados contablemente y en la contabilización de la amortización.
Como consecuencia de esta situación, en la Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la IGAE,
por la que se aprueba la adaptación del PGCP a la AGE se estableció un régimen transitorio
aplicable a los elementos del inmovilizado no financiero para el cálculo de la base amortizable, en
tanto no estuviesen operativos los inventarios de bienes y derechos del inmovilizado no financiero
en los departamentos ministeriales, régimen transitorio que aún persiste.
No obstante, con la promulgación de la Orden HFP/1105/2017, de 16 de noviembre, se estableció
un procedimiento (NCIS155) que tiene como objetivo principal avanzar en la ampliación y mejora del
inventario de infraestructuras y bienes muebles de la AGE. A través de la implantación del citado
procedimiento se trata de garantizar que las adquisiciones de dichos bienes se incorporen en el
módulo de inventario de la aplicación SOROLLA, integrado con la gestión presupuestaria de los
distintos Departamentos Ministeriales.
En cuanto al seguimiento sobre su implantación, en el ejercicio 2018 se inició en los Departamentos
Ministeriales de Sanidad y de Economía. En 2019, se amplió al actual Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana y se incorporaron al inventario, con fecha 1 de enero de 2019, todos
los bienes integrantes de la red de carreteras del Estado. En el ejercicio 2020, se empezó a aplicar
por servicios presupuestarios, en lugar de por Departamentos ministeriales y en particular, a partir
del mes de abril, en varios de los servicios presupuestarios del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Por último, en el ejercicio 2021, se ha continuado con el proceso de implantación obligatoria en
todos los servicios presupuestarios del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
La recomendación de que la TGSS disponga de un IGBISS completo, actualizado y conciliado con
las cifras registradas contablemente continúa sin ser atendida en su totalidad, tal como se ha
señalado en el epígrafe III.3.1.
5.20. Concluir de manera definitiva con las actuaciones previstas en la Resolución de 14 de mayo
de 2012, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se dictan las instrucciones
para el registro contable del terreno de forma independiente de la construcción (12/2018).
Esta recomendación continúa sin ser atendida, tal como se ha señalado en el subepígrafe IV.4.1.1.
En la memoria de las cuentas anuales de la AGE se viene incluyendo, desde el ejercicio 2019, la
Cuenta de Resultados por actividades de la AGE, si bien con ciertas deficiencias, expresadas en
esta Declaración, que deberían ser subsanadas.
155
Número de certificado de inventario SOROLLA.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
5.21. Ampliar la información contenida en la Memoria (5/2017; 6/2017; 16/2017; 29/2017; 4/2018;
14/2018; 19/2018 y 28/2018).