III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2815

euros151, mientras que en el balance de la AGE no existe una partida recíproca de obligaciones
de pago.
-

Tampoco se ha producido el saneamiento financiero necesario en relación con los once
préstamos, por 17.168,7 millones de euros152, otorgados por la AGE a la Seguridad Social
durante los ejercicios 1992 a 1999.

-

Se encuentran pendientes de amortización las deudas de la Seguridad Social con la AGE, por
9.081,5 millones de euros, por la liquidación del concierto económico suscrito con la CAPV y el
convenio económico suscrito con la Comunidad Foral de Navarra (deberían haberse
amortizado en un plazo de diez años a partir del 1 de enero de 1996).

5.16. Se mantiene la sobrevaloración en la CGE de las subvenciones de capital recibidas por SEITT
de fondos europeos y ya imputadas a resultados.
V.2. SEGUIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES
5.17. Dado que a la fecha de finalización de los trabajos de fiscalización de esta Declaración aún
no se había aprobado el Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas en relación con la DCGE del ejercicio 2019 (aprobada por el Pleno el 24 de junio de 2021),
en los párrafos siguientes se resume153 la situación actualizada del cumplimiento de los acuerdos
correspondientes a los últimos Dictámenes aprobados por la citada Comisión Mixta, los relativos a
las DCGE de los ejercicios 2017 y 2018154, en aquellos casos en que se estima que afectan a los
objetivos fijados en relación con el examen y comprobación de la Cuenta General objeto de esta
Declaración.
5.18. Aplicar las recomendaciones y corregir las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal
de Cuentas, así como poner en práctica las Resoluciones de los Plenos del Congreso y Senado
(10/2017; 11/2017; 17/2017; 18/2017; 27/2017; 09/2018; 10/2018; 11/2018 y 27/2018).
Las deficiencias que se vienen manifestando en las sucesivas Declaraciones en relación con falta
de conciliación de las partidas intragrupo procedentes de créditos concedidos por la AGE a diversas
entidades del grupo, que no han sido eliminadas en el proceso de consolidación al no coincidir los
saldos acreedores de dichas entidades con los deudores recíprocos que figuran en la AGE están,
según ha comunicado la IGAE, en proceso de solución. En este sentido, si bien en la CGE del
ejercicio 2020 se ha conseguido conciliar los saldos que figuran en el epígrafe de inversiones
financieras relativos a la AGE con el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), aún
La TGSS recoge este derecho de cobro frente al Estado como financiación afectada porque el artículo 11 de la Ley
31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, dispuso que todo incremento del gasto
del extinto Instituto Nacional de Salud (INSALUD) -con excepción del que pudiera resultar de las generaciones de créditoque no pueda financiarse por redistribución interna de sus créditos, ni con cargo al remanente afecto a la entidad, se
financiaría por aportación del Estado. El artículo 90 del derogado TRLGSS de 1994 mantuvo este texto que continúa
vigente en el artículo 113.1 del actual TRLGSS.
152 Esta deuda corresponde a: tres préstamos concedidos para la cancelación de obligaciones pendientes de pago a 31
de diciembre de 1991 del extinto INSALUD, por un importe conjunto de 3.372,4 millones de euros; seis préstamos
otorgados para la financiación de obligaciones de la Seguridad Social y posibilitar su equilibrio presupuestario, por un total
de 9.589,2 millones; y dos préstamos concedidos para cubrir desfases de tesorería por 4.207,1 millones.
153 Los acuerdos han sido agrupados por materias similares, indicándose un resumen de la materia y, entre paréntesis y
por orden cronológico, los acuerdos de la Comisión Mixta que se consideran incluidos en la materia analizada.
154 Dichos Dictámenes fueron aprobados por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado en sesiones
celebradas el 19 de noviembre de 2020 y el 3 de febrero de 2021 mediante sendas Resoluciones de 4 de febrero de 2021,
ambas publicadas en el BOE de 20 de febrero de 2021.

cve: BOE-A-2023-440
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