III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
118 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2810
lugar de 2.264,7 millones. Como se detalla a continuación, este coste se ha recogido
financieramente en el ejercicio 2020, aunque su imputación presupuestaria tendrá lugar en 2021.
Por su parte la TGSS y las mutuas han contabilizado en la cuenta 441 Deudores por ingresos
devengados los ingresos que esperan recibir (en 2021) para la cobertura de la falta de recaudación
de las cuotas exoneradas, por importe, respectivamente, de 1.991,6 y de 265,7 millones de euros.
No obstante, según las estimaciones del Tribunal, si estos costes se hubieran registrado con arreglo
a lo dispuesto en la normativa reguladora de estas exoneraciones y exenciones, la TGSS tendría
que haber asumido un coste de 1.934,1 millones, las mutuas 323,5 millones y el del SEPE
7,1 millones, realizándose la liquidación correspondiente en 2021. De acuerdo con ello, los gastos
y la cuenta 413 Acreedores por operaciones devengadas de las mutuas están sobrevalorados en
2.150,6 millones. Asimismo, la TGSS y las mutuas tienen sobrevalorada su cuenta 441 Deudores
por ingresos devengados en 1.934,1 millones y 265,7 millones, respectivamente. El SEPE, no ha
registrado importe alguno por este concepto hasta no recibir instrucciones al respecto de la IGAE.
En el ANEXO 11 se presenta un detalle de las operaciones que muestran la obtención de las
mencionadas sobrevaloraciones.
4.86. En relación con lo anterior, la TGSS y las mutuas han registrado un importe de 2.208,4
millones de euros en las cuentas 413 Acreedores por operaciones devengadas y 441 Deudores por
ingresos devengados, respectivamente, por las transferencias pendientes de realizar por ese
servicio común a las mutuas, para financiar el coste que estas últimas han asumido por las
exoneraciones en las cotizaciones sociales otorgadas a los trabajadores autónomos derivadas de
las medidas para luchar contra el impacto del COVID-19146. Sin embargo, según se detalla en el
párrafo anterior, este Tribunal estima que las mutuas deben asumir por este concepto 323,5 millones
(en lugar de 2.208,4 millones), lo que supone una sobrevaloración de esta periodificación y, por
tanto, de ambas cuentas, así como de los respectivos gastos e ingresos registrados en la cuenta
del resultado económico patrimonial de cada entidad, por 1.884,9 millones. Por último, debe
señalarse que, como se recoge en el epígrafe III.3.9, los gastos e ingresos derivados de la
periodificación de estas transferencias han sido objeto de consolidación en la cuenta del resultado
económico patrimonial de la Seguridad Social, pero no así los respectivos acreedores y deudores
no presupuestarios registrados en el balance.
4.87. La TGSS no ha imputado en la cuenta 413 Acreedores por operaciones devengadas 581,5
millones de euros de obligaciones no vencidas que corresponden a la transferencia corriente
acordada a favor de las mutuas para financiar el coste asumido por estas entidades derivado de las
exoneraciones en la cotización empresarial (por contingencias profesionales y por la fracción de
cuota que corresponda de las contingencias comunes) otorgadas a las empresas en situación de
ERTE por la pérdida de actividad generada por el COVID-19. Su falta de registro determina que el
pasivo exigible de la TGSS esté infravalorado en el citado importe y su resultado económico
patrimonial sobrevalorado en la misma cantidad. Estas operaciones que totalizan 581,5 millones no
han sido homogeneizadas por la IGAE en el proceso de consolidación, tal como se ha expuesto en
el epígrafe III.3.9.
IV.7.3. Cuenta del resultado económico patrimonial
4.88. Las mutuas no han registrado los gastos devengados en diciembre de 2020, ni el
correspondiente pasivo, derivados de las aportaciones al sostenimiento de servicios comunes,
función; y, por último el SEPE tampoco puede conceder estas bonificaciones a las mutuas, dado que no existe relación
laboral directa entre estas y el autónomo que justifique el derecho a deducirse las bonificaciones.
146 Según se recoge en párrafos anteriores, el coste por las exoneraciones en las cotizaciones sociales derivadas del
COVID-19 otorgadas a los trabajadores del RETA ha sido 2.264,7 millones de euros.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2810
lugar de 2.264,7 millones. Como se detalla a continuación, este coste se ha recogido
financieramente en el ejercicio 2020, aunque su imputación presupuestaria tendrá lugar en 2021.
Por su parte la TGSS y las mutuas han contabilizado en la cuenta 441 Deudores por ingresos
devengados los ingresos que esperan recibir (en 2021) para la cobertura de la falta de recaudación
de las cuotas exoneradas, por importe, respectivamente, de 1.991,6 y de 265,7 millones de euros.
No obstante, según las estimaciones del Tribunal, si estos costes se hubieran registrado con arreglo
a lo dispuesto en la normativa reguladora de estas exoneraciones y exenciones, la TGSS tendría
que haber asumido un coste de 1.934,1 millones, las mutuas 323,5 millones y el del SEPE
7,1 millones, realizándose la liquidación correspondiente en 2021. De acuerdo con ello, los gastos
y la cuenta 413 Acreedores por operaciones devengadas de las mutuas están sobrevalorados en
2.150,6 millones. Asimismo, la TGSS y las mutuas tienen sobrevalorada su cuenta 441 Deudores
por ingresos devengados en 1.934,1 millones y 265,7 millones, respectivamente. El SEPE, no ha
registrado importe alguno por este concepto hasta no recibir instrucciones al respecto de la IGAE.
En el ANEXO 11 se presenta un detalle de las operaciones que muestran la obtención de las
mencionadas sobrevaloraciones.
4.86. En relación con lo anterior, la TGSS y las mutuas han registrado un importe de 2.208,4
millones de euros en las cuentas 413 Acreedores por operaciones devengadas y 441 Deudores por
ingresos devengados, respectivamente, por las transferencias pendientes de realizar por ese
servicio común a las mutuas, para financiar el coste que estas últimas han asumido por las
exoneraciones en las cotizaciones sociales otorgadas a los trabajadores autónomos derivadas de
las medidas para luchar contra el impacto del COVID-19146. Sin embargo, según se detalla en el
párrafo anterior, este Tribunal estima que las mutuas deben asumir por este concepto 323,5 millones
(en lugar de 2.208,4 millones), lo que supone una sobrevaloración de esta periodificación y, por
tanto, de ambas cuentas, así como de los respectivos gastos e ingresos registrados en la cuenta
del resultado económico patrimonial de cada entidad, por 1.884,9 millones. Por último, debe
señalarse que, como se recoge en el epígrafe III.3.9, los gastos e ingresos derivados de la
periodificación de estas transferencias han sido objeto de consolidación en la cuenta del resultado
económico patrimonial de la Seguridad Social, pero no así los respectivos acreedores y deudores
no presupuestarios registrados en el balance.
4.87. La TGSS no ha imputado en la cuenta 413 Acreedores por operaciones devengadas 581,5
millones de euros de obligaciones no vencidas que corresponden a la transferencia corriente
acordada a favor de las mutuas para financiar el coste asumido por estas entidades derivado de las
exoneraciones en la cotización empresarial (por contingencias profesionales y por la fracción de
cuota que corresponda de las contingencias comunes) otorgadas a las empresas en situación de
ERTE por la pérdida de actividad generada por el COVID-19. Su falta de registro determina que el
pasivo exigible de la TGSS esté infravalorado en el citado importe y su resultado económico
patrimonial sobrevalorado en la misma cantidad. Estas operaciones que totalizan 581,5 millones no
han sido homogeneizadas por la IGAE en el proceso de consolidación, tal como se ha expuesto en
el epígrafe III.3.9.
IV.7.3. Cuenta del resultado económico patrimonial
4.88. Las mutuas no han registrado los gastos devengados en diciembre de 2020, ni el
correspondiente pasivo, derivados de las aportaciones al sostenimiento de servicios comunes,
función; y, por último el SEPE tampoco puede conceder estas bonificaciones a las mutuas, dado que no existe relación
laboral directa entre estas y el autónomo que justifique el derecho a deducirse las bonificaciones.
146 Según se recoge en párrafos anteriores, el coste por las exoneraciones en las cotizaciones sociales derivadas del
COVID-19 otorgadas a los trabajadores del RETA ha sido 2.264,7 millones de euros.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 5