III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2779
IV.2. PROCESO DE FORMACIÓN DE LA CGE
IV.2.1. Contenido de la CGE y rendición de cuentas individuales
4.6. Las cuentas integradas en la CGE se corresponden con las cuentas anuales aprobadas y
remitidas a la IGAE en el plazo previsto en la LGP, salvo en algunos casos en los que se han
integrado las cuentas anuales formuladas, al no haberse recibido en la IGAE las aprobadas, o bien
otra información contable74, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 3.6 de la citada
Orden HAP/1724/2015, según la relación incluida en el ANEXO 4 de esta Declaración.
Por lo que se refiere al sector público administrativo, esta situación afecta a treinta y ocho entidades.
En la comparación de las cuentas formuladas integradas en la CGE con las aprobadas presentadas
a este Tribunal con posterioridad a la rendición de la misma no se han detectado diferencias
materialmente relevantes, salvo un importe de 17,6 millones de euros (aumento en el epígrafe de
Deudas a corto plazo y disminución en el de Resultados del ejercicio del balance de la cuenta
aprobada). Ello es debido, principalmente, al registro contable por el Real Patronato sobre
Discapacidad con posterioridad a la cuenta formulada integrada en la CGE 2020, de la
reclasificación, como deudas a corto plazo convertibles en subvenciones, de unos ingresos
destinados a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de
las personas con discapacidad.
Por lo que se refiere al sector público empresarial estatal, se han integrado en la CGE las cuentas
anuales individuales formuladas de diez entidades y tres cuentas anuales consolidadas formuladas.
Posteriormente a la formación de la CGE, se han rendido al Tribunal las cuentas individuales
aprobadas de las diez entidades y dos de las cuentas consolidadas, sin que existan diferencias
entre las cuentas formuladas integradas para formar la CGE y las aprobadas con posterioridad,
salvo en el caso del IDAE, que presenta diferencias que no son relevantes a efectos de la DCGE.
En lo que se refiere al sector público fundacional, se han integrado en la CGE las cuentas anuales
formuladas de nueve fundaciones.
4.7. Respecto a las obligaciones de rendir cuentas anuales al Tribunal de Cuentas por conducto de
la IGAE, con independencia de que figuren o no integradas en la CGE, no han cumplido con dicha
obligación siete entidades del sector público administrativo, tres entidades del sector público
empresarial y dos fundaciones. En cuanto a las entidades multigrupo y asociadas con obligación de
rendir las cuentas anuales al citado Tribunal, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional 9ª
de la LGP, dos entidades del sector público administrativo, tres del sector público empresarial y uno
del sector público fundacional no han rendido sus cuentas anuales (ANEXO 5).
4.8. En cuanto al plazo para la rendición de las cuentas anuales individuales y consolidadas al
Tribunal de Cuentas, fijado en el artículo 139 de la LGP, las han presentado fuera de plazo cincuenta
y siete entidades del sector público administrativo, dieciséis entidades del sector público empresarial
74
Esta incidencia se ha producido en el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas,
F.C.P.J. y en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, F.C.P.J.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
Entre las entidades del sector público empresarial que no han rendido sus cuentas anuales, el
Fondo de Compensación de los Consorcios de Zona Franca, FCPJ, constituido en 2018, y Navantia
Brasil Projetos Navais Ltda., constituida en 2016, no han tenido actividad desde su creación; y el
Consorcio Río San Pedro lleva sin actividad desde finales de 1998, sin que se haya procedido a su
disolución por parte del Gobierno.
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2779
IV.2. PROCESO DE FORMACIÓN DE LA CGE
IV.2.1. Contenido de la CGE y rendición de cuentas individuales
4.6. Las cuentas integradas en la CGE se corresponden con las cuentas anuales aprobadas y
remitidas a la IGAE en el plazo previsto en la LGP, salvo en algunos casos en los que se han
integrado las cuentas anuales formuladas, al no haberse recibido en la IGAE las aprobadas, o bien
otra información contable74, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 3.6 de la citada
Orden HAP/1724/2015, según la relación incluida en el ANEXO 4 de esta Declaración.
Por lo que se refiere al sector público administrativo, esta situación afecta a treinta y ocho entidades.
En la comparación de las cuentas formuladas integradas en la CGE con las aprobadas presentadas
a este Tribunal con posterioridad a la rendición de la misma no se han detectado diferencias
materialmente relevantes, salvo un importe de 17,6 millones de euros (aumento en el epígrafe de
Deudas a corto plazo y disminución en el de Resultados del ejercicio del balance de la cuenta
aprobada). Ello es debido, principalmente, al registro contable por el Real Patronato sobre
Discapacidad con posterioridad a la cuenta formulada integrada en la CGE 2020, de la
reclasificación, como deudas a corto plazo convertibles en subvenciones, de unos ingresos
destinados a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de
las personas con discapacidad.
Por lo que se refiere al sector público empresarial estatal, se han integrado en la CGE las cuentas
anuales individuales formuladas de diez entidades y tres cuentas anuales consolidadas formuladas.
Posteriormente a la formación de la CGE, se han rendido al Tribunal las cuentas individuales
aprobadas de las diez entidades y dos de las cuentas consolidadas, sin que existan diferencias
entre las cuentas formuladas integradas para formar la CGE y las aprobadas con posterioridad,
salvo en el caso del IDAE, que presenta diferencias que no son relevantes a efectos de la DCGE.
En lo que se refiere al sector público fundacional, se han integrado en la CGE las cuentas anuales
formuladas de nueve fundaciones.
4.7. Respecto a las obligaciones de rendir cuentas anuales al Tribunal de Cuentas por conducto de
la IGAE, con independencia de que figuren o no integradas en la CGE, no han cumplido con dicha
obligación siete entidades del sector público administrativo, tres entidades del sector público
empresarial y dos fundaciones. En cuanto a las entidades multigrupo y asociadas con obligación de
rendir las cuentas anuales al citado Tribunal, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional 9ª
de la LGP, dos entidades del sector público administrativo, tres del sector público empresarial y uno
del sector público fundacional no han rendido sus cuentas anuales (ANEXO 5).
4.8. En cuanto al plazo para la rendición de las cuentas anuales individuales y consolidadas al
Tribunal de Cuentas, fijado en el artículo 139 de la LGP, las han presentado fuera de plazo cincuenta
y siete entidades del sector público administrativo, dieciséis entidades del sector público empresarial
74
Esta incidencia se ha producido en el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas,
F.C.P.J. y en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, F.C.P.J.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
Entre las entidades del sector público empresarial que no han rendido sus cuentas anuales, el
Fondo de Compensación de los Consorcios de Zona Franca, FCPJ, constituido en 2018, y Navantia
Brasil Projetos Navais Ltda., constituida en 2016, no han tenido actividad desde su creación; y el
Consorcio Río San Pedro lleva sin actividad desde finales de 1998, sin que se haya procedido a su
disolución por parte del Gobierno.