III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2778

Además, se han incrementado los créditos del presupuesto inicial de diversas partidas por un
importe total de 3.262,7 millones de euros destinados a hacer frente al impacto del COVID-19
financiados con el Fondo de Contingencia (1.593,5 millones) y con otras bajas por transferencias
en otros conceptos (1.669,2 millones). Parte de los Fondos de Contingencia utilizados proceden de
las disponibilidades líquidas de los OOAA y otras entidades integrantes del sector público estatal
que han sido transferidas en el ejercicio a la cuenta del Tesoro Público de acuerdo con el artículo
49 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por un importe de 1.192,1 millones.
4.3. El impacto económico de los costes asociados a las ayudas de naturaleza socio-laboral
aprobadas para hacer frente a los efectos negativos del COVID-19 en las ESSS, el SEPE, FOGASA
y en MUFACE ha sido cifrado por el Tribunal en 28.748,3 millones de euros. Este importe no recoge
las cuantías reclamadas en concepto de prestaciones indebidamente abonadas, detectadas en los
controles ejecutados por las entidades afectadas, cuyo total asciende a 2.316,7 millones. El SEPE
ha sido la entidad que ha soportado el impacto económico más elevado, por 15.419,3 millones,
seguido por las mutuas y la TGSS que asumen, respectivamente, 9.310,4 millones y 3.897,7
millones. El INSS, el ISM, FOGASA y MUFACE han soportado en conjunto unos gastos por
120,9 millones. Según los datos disponibles en el Tribunal, de todas estas ayudas, el importe
imputado al presupuesto de 2020 asciende a 25.672,4 millones, quedando pendiente de imputación
1.584,5 millones. El desglose de estos costes por entidades y ayudas se recoge en el ANEXO 3.
4.4. El total de la financiación estatal recibida para afrontar los costes y el pago de las ayudas
socio-laborales asociadas al COVID-19 asciende a 38.802,6 millones de euros, de los que 36.502,6
millones se han recibido en la TGSS, en forma de dos transferencias corrientes, por un importe total
de 20.002,6 millones71, para equilibrar el impacto en las cuentas de la Seguridad Social derivado
del COVID-19, y de un préstamo a largo plazo por 16.500 millones, con el objetivo de proporcionar
cobertura adecuada a las obligaciones de la Seguridad Social y posibilitar su equilibrio financiero72.
El resto de la financiación, por 2.300 millones73, proviene de una transferencia corriente recibida en
el SEPE, con la finalidad de cubrir los déficits presupuestarios en las rúbricas a las que se imputan
las prestaciones contributivas por desempleo y las cotizaciones asociadas a los subsidios de
desempleo; sin embargo, su cuantía no ha llegado a cubrir el importe de las obligaciones
produciéndose, a pesar de todo, insuficiencias presupuestarias.
Todos estos fondos han generado un exceso de financiación en 2020, por 9.992,7 millones de
euros, que serán utilizados para la cobertura del coste de las ayudas derivadas del COVID-19 en
ejercicios posteriores. Por otro lado, no han recibido financiación adicional para afrontar estas
ayudas ni FOGASA ni MUFACE.
4.5. Por último, el saldo vivo de los avales otorgados por el Estado debido a las medidas adoptadas
para paliar el impacto económico y social de la COVID-19 ha ascendido a 88.900,6 millones de
euros.

Concedidas con base en el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias
en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19
y en el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al
sector energético, y en materia tributaria.
72 Otorgado con base en el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias
en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19.
Este préstamo no devengará intereses y su cancelación se producirá en un plazo máximo de diez años a partir del 1 de
enero de 2021.
73 Concedida por el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia
empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.

cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es

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