III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2771

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Infravaloración en el saldo de las subvenciones de la Autoridad Portuaria de Tarragona en un
total de 5 millones, al no haberse homogeneizado el importe del pasivo por impuesto diferido
en el proceso de consolidación.

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Infravaloración en el saldo de las subvenciones de las Autoridades Portuarias de Pasajes y
Bilbao por un total de 25,5 millones, al no haber considerado el efecto del cambio en la
normativa fiscal aplicable a las autoridades portuarias en la eliminación inversión-patrimonio
neto. En 2020, las autoridades portuarias han dejado de estar parcialmente exentas del
Impuesto de Sociedades en aplicación de la disposición final sexta del Real Decreto-ley
26/2020, de 7 de julio, que modifica la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de
Sociedades.

3.47. El saldo negativo del epígrafe “Resultados del ejercicio” del balance consolidado está
sobrevalorado en 66,9 millones de euros como consecuencia de haberse incorporado en la CGE la
información financiera de 2019 del FNEE.
III.3.7. Provisiones
3.48. El saldo de la provisión registrada derivada de los avales COVID-19, concedidos por el ICO
en aplicación de las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y Real
Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, asciende a 4.260 millones de euros. La información facilitada por
la IGAE al Tribunal de Cuentas para justificar esta provisión está basada en un informe del Banco
de España (BdE) en el que se contemplan tres posibles modelos para realizar su estimación. De
estos modelos, el aplicado por la IGAE para cuantificar la provisión se ha fundamentado en una
tasa de mora del 10 % determinada por el BdE a partir de un análisis de sensibilidad sectorial que
segmenta los préstamos a las empresas en función de su tamaño, por una parte, y de la
Clasificación Nacional de Actividad Económica (CNAE) para evaluar su riesgo, por otra, así como
en la estimación de un porcentaje del 60 % de pérdidas por incumplimiento (Loss Given Default)
sobre el crédito dispuesto y teniendo en cuenta un volumen de avales de 71.000 millones.
La opción seleccionada por la IGAE para dicha cuantificación responde al escenario más favorable
de valoración de las potenciales pérdidas, sin que se disponga de información que permita
contrastar la adecuación de la opción elegida frente al resto de escenarios. Además, cabe señalar
que, tal y como se indica en el informe del Banco de España, la estimación de las pérdidas derivadas
de la concesión de estos avales está rodeada de una gran incertidumbre debido, entre otros
factores, a la propia naturaleza y persistencia de la crisis generada por el COVID-19, a la existencia
de largos períodos de carencia en los créditos avalados y al reducido período de tiempo transcurrido
desde su concesión.

3.49. El saldo al cierre del ejercicio de la provisión para la devolución de impuestos ascendía a
12.349,2 millones de euros. La provisión incluyó 9.214,4 millones correspondientes a la estimación
62

En relación con la alegación formulada por la IGAE, se estima que sería más apropiado considerar las garantías reales
comprometidas a 31 de diciembre de 2020, criterio que el propio informe del BdE resalta como aspecto relevante para
calcular dichas pérdidas potenciales. No obstante, el futuro de las pérdidas potenciales para el Estado derivadas de la
posible ejecución de estos avales está condicionado por las ayudas del plan de apoyo a la solvencia empresarial en
respuesta a la pandemia de la COVID-19.

cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es

Con independencia de la evolución de esta situación, si el modelo aplicado por la IGAE se calculara
sobre el saldo de los avales concedidos a 31 de diciembre de 2020 reflejado en la CAGE
(88.900,5 millones de euros), en lugar de sobre la estimación del volumen de avales derivados del
crédito dispuesto, las pérdidas potenciales se incrementarían en 1.074 millones62.