III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-440)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2020.
118 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2755
económico patrimonial. Asimismo, en el epígrafe III.2.2 se detallan los defectos de imputación
observados en relación con la liquidación del presupuesto de ingresos.
III.2.1. Liquidación del presupuesto de gastos: obligaciones reconocidas por defecto o por
exceso
1)
Ejecución de sentencias
3.9. Al cierre del ejercicio económico se hallaban pendientes de aplicar al presupuesto de gastos
obligaciones por importe de 599,5 millones de euros. De este importe, de acuerdo con la información
facilitada por la IGAE, operaciones por un importe de 81,4 millones corresponden a obligaciones
que se debieron imputar al presupuesto del ejercicio 2020. El saldo pendiente, fundamentalmente,
proviene de ejercicios anteriores, sin que dichas obligaciones hayan sido canceladas, como se
detalla en los párrafos siguientes:
- 528,6 millones de euros corresponden a la deuda que mantiene el Ministerio de Fomento con la
Comunidad Autónoma de Canarias para ejecutar las sentencias dictadas por el Tribunal
Supremo en 2017 y 2018, que estimaron los recursos contencioso-administrativos interpuestos
por el Gobierno de Canarias frente al incumplimiento de este Ministerio de los compromisos
adquiridos en virtud de la Adenda de 17 de noviembre de 2009, al Convenio entre la AGE y el
Gobierno de Canarias en materia de carreteras, celebrado el 31 de enero de 2006.
En relación con esta deuda, en el informe de control financiero elaborado por la IGAE en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 159.1 g) de la LGP, se indica que “En el ejercicio
2020 no consta el abono de la citada deuda, ni la existencia de hechos o circunstancias
posteriores de acuerdo con las cuales proceda su cancelación”. La falta de imputación
presupuestaria de esta deuda ya fue señalada en las DCGE de 2018 (503,5 millones de euros)
y de 2019 (516,1 millones). En el ejercicio 2020, esta deuda se ha incrementado en 12,5 millones
en concepto de intereses devengados en este ejercicio.
- 70,9 millones de euros corresponden al Ministerio de Hacienda y están ocasionadas,
principalmente, por indemnizaciones derivadas de sentencias del Tribunal Supremo para hacer
frente a la responsabilidad del Estado en la aplicación del impuesto sobre ventas minoristas de
determinados hidrocarburos (céntimo sanitario), así como por indemnizaciones derivadas de la
aplicación de la normativa estatal reguladora del impuesto sobre sucesiones y donaciones. De
este importe, la mayor parte corresponde a ejercicios anteriores (61,4 millones) y el resto al
ejercicio 2020 (9,5 millones).
Por otro lado, se han aplicado al presupuesto de gastos 42,1 millones de euros correspondientes a
obligaciones de ejercicios anteriores pendientes de aplicación presupuestaria; se han realizado
rectificaciones (minoraciones) por importe de 17,9 millones y han aflorado obligaciones de ejercicios
anteriores por importe de 59,3 millones.
Subvenciones por incentivos regionales
3.10. Existen obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto al final del ejercicio por importe de
16,5 millones de euros, todas ellas correspondientes al ejercicio 2020. Por otro lado, en 2020 se
han aplicado 13,2 millones por este concepto, que coincide con el saldo de las obligaciones
pendientes a finales del ejercicio anterior.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
2)
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2755
económico patrimonial. Asimismo, en el epígrafe III.2.2 se detallan los defectos de imputación
observados en relación con la liquidación del presupuesto de ingresos.
III.2.1. Liquidación del presupuesto de gastos: obligaciones reconocidas por defecto o por
exceso
1)
Ejecución de sentencias
3.9. Al cierre del ejercicio económico se hallaban pendientes de aplicar al presupuesto de gastos
obligaciones por importe de 599,5 millones de euros. De este importe, de acuerdo con la información
facilitada por la IGAE, operaciones por un importe de 81,4 millones corresponden a obligaciones
que se debieron imputar al presupuesto del ejercicio 2020. El saldo pendiente, fundamentalmente,
proviene de ejercicios anteriores, sin que dichas obligaciones hayan sido canceladas, como se
detalla en los párrafos siguientes:
- 528,6 millones de euros corresponden a la deuda que mantiene el Ministerio de Fomento con la
Comunidad Autónoma de Canarias para ejecutar las sentencias dictadas por el Tribunal
Supremo en 2017 y 2018, que estimaron los recursos contencioso-administrativos interpuestos
por el Gobierno de Canarias frente al incumplimiento de este Ministerio de los compromisos
adquiridos en virtud de la Adenda de 17 de noviembre de 2009, al Convenio entre la AGE y el
Gobierno de Canarias en materia de carreteras, celebrado el 31 de enero de 2006.
En relación con esta deuda, en el informe de control financiero elaborado por la IGAE en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 159.1 g) de la LGP, se indica que “En el ejercicio
2020 no consta el abono de la citada deuda, ni la existencia de hechos o circunstancias
posteriores de acuerdo con las cuales proceda su cancelación”. La falta de imputación
presupuestaria de esta deuda ya fue señalada en las DCGE de 2018 (503,5 millones de euros)
y de 2019 (516,1 millones). En el ejercicio 2020, esta deuda se ha incrementado en 12,5 millones
en concepto de intereses devengados en este ejercicio.
- 70,9 millones de euros corresponden al Ministerio de Hacienda y están ocasionadas,
principalmente, por indemnizaciones derivadas de sentencias del Tribunal Supremo para hacer
frente a la responsabilidad del Estado en la aplicación del impuesto sobre ventas minoristas de
determinados hidrocarburos (céntimo sanitario), así como por indemnizaciones derivadas de la
aplicación de la normativa estatal reguladora del impuesto sobre sucesiones y donaciones. De
este importe, la mayor parte corresponde a ejercicios anteriores (61,4 millones) y el resto al
ejercicio 2020 (9,5 millones).
Por otro lado, se han aplicado al presupuesto de gastos 42,1 millones de euros correspondientes a
obligaciones de ejercicios anteriores pendientes de aplicación presupuestaria; se han realizado
rectificaciones (minoraciones) por importe de 17,9 millones y han aflorado obligaciones de ejercicios
anteriores por importe de 59,3 millones.
Subvenciones por incentivos regionales
3.10. Existen obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto al final del ejercicio por importe de
16,5 millones de euros, todas ellas correspondientes al ejercicio 2020. Por otro lado, en 2020 se
han aplicado 13,2 millones por este concepto, que coincide con el saldo de las obligaciones
pendientes a finales del ejercicio anterior.
cve: BOE-A-2023-440
Verificable en https://www.boe.es
2)