III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-452)
Orden TED/1359/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos de nuevos modelos de negocio en la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2975
rusos, y, por otro, de hacer frente a la crisis climática. Las medidas del Plan responden a
esta doble ambición mediante el ahorro de energía, la diversificación del suministro de
energía y el despliegue acelerado de las energías renovables para sustituir a los
combustibles fósiles en los hogares, la industria y la producción de electricidad. El
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) ocupa un lugar central en el Plan, pues
apoya la planificación y la financiación coordinadas de las infraestructuras transfronterizas y
nacionales, así como de los proyectos y reformas en el ámbito de la energía.
Adicionalmente, la sostenibilidad es uno de los factores transversales que vertebran
el proceso de transición energética, siendo fundamental fomentar la economía circular
como uno de los vectores clave en este proceso. En este sentido, es preciso mencionar
que actualmente se encuentra en revisión la Directiva 2006/66/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores
y a los residuos de pilas y acumuladores y por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE,
para adecuar los requerimientos medioambientales y el fin de vida de los sistemas de
almacenamiento al potencial crecimiento y actual penetración. Una de las cuestiones que
introducirá la reforma será precisamente la posibilidad de nuevos modelos de negocio
derivados de la segunda vida de las baterías.
II
En consonancia con las políticas de energía y clima europeas, el Gobierno de
España ha desarrollado el Marco Estratégico de Energía y Clima, que contiene
elementos estratégicos y legislativos cuyo objeto es marcar las principales líneas de
acción en la senda hacia el objetivo de alcanzar la neutralidad climática antes de 2050.
Como una de las piezas fundamentales de este Marco cabe citar la Ley 7/2021,
de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, que establece el marco
normativo para asegurar el cumplimiento por parte de España de los objetivos del
Acuerdo de París, facilitar la descarbonización de la economía y promover un modelo de
desarrollo sostenible. Esta ley recoge como instrumentos de planificación para abordar la
transición energética los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la
Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050, consolidando en la legislación
nacional las herramientas de planificación energética incluidas en el Reglamento (UE)
2018/1999, de 11 de diciembre, sobre la Gobernanza de la Unión de la Energía y de la
Acción por el Clima.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, proporciona el
marco director del programa de inversiones y reformas para una transición ecológica
justa que desarrolle las capacidades estratégicas de la economía verde, y define las
medidas que permitirán alcanzar los objetivos recogidos en la citada Ley 7/2021, de 20
de mayo, así como el resto de objetivos sectoriales contemplados en este Plan.
Para dotar de mayor firmeza a las redes eléctricas en este escenario de mayor
penetración de renovables, se hace necesario introducir elementos que doten flexibilidad
y gestionabilidad a la red. Específicamente, el PNIEC 2021-2030 incluye diferentes
medidas que dan respuesta a esta necesidad, como son la Medida 1.2 «Gestión de la
demanda, almacenamiento y flexibilidad», cuyo objetivo fundamental es la activación y
promoción de la gestión de la demanda, así como otras formas de flexibilidad del sistema
energético, y el impulso de la digitalización en el sector energético; la Medida 1.14
«Promoción del papel proactivo de la ciudadanía en la descarbonización», que tiene
como objetivo dotar de medios a la ciudadanía y promover su participación activa en la
transición energética, promoviendo que la ciudadanía pase de ser consumidores
pasivos, a actores y productores, y pueda participar también en la gestión de la
demanda; y la Medida 4.6 «Acceso a datos», cuyo objetivo es potenciar la sensibilización
y el papel protagonista de la ciudadanía en la transición energética, favorecer el
desarrollo de servicios energéticos innovadores como la agregación, entre otros, y
permitir el análisis de la eficacia de políticas y medidas de apoyo por parte de la
administración pública, mediante el adecuado acceso a los datos de consumo eléctrico.
cve: BOE-A-2023-452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2975
rusos, y, por otro, de hacer frente a la crisis climática. Las medidas del Plan responden a
esta doble ambición mediante el ahorro de energía, la diversificación del suministro de
energía y el despliegue acelerado de las energías renovables para sustituir a los
combustibles fósiles en los hogares, la industria y la producción de electricidad. El
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) ocupa un lugar central en el Plan, pues
apoya la planificación y la financiación coordinadas de las infraestructuras transfronterizas y
nacionales, así como de los proyectos y reformas en el ámbito de la energía.
Adicionalmente, la sostenibilidad es uno de los factores transversales que vertebran
el proceso de transición energética, siendo fundamental fomentar la economía circular
como uno de los vectores clave en este proceso. En este sentido, es preciso mencionar
que actualmente se encuentra en revisión la Directiva 2006/66/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores
y a los residuos de pilas y acumuladores y por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE,
para adecuar los requerimientos medioambientales y el fin de vida de los sistemas de
almacenamiento al potencial crecimiento y actual penetración. Una de las cuestiones que
introducirá la reforma será precisamente la posibilidad de nuevos modelos de negocio
derivados de la segunda vida de las baterías.
II
En consonancia con las políticas de energía y clima europeas, el Gobierno de
España ha desarrollado el Marco Estratégico de Energía y Clima, que contiene
elementos estratégicos y legislativos cuyo objeto es marcar las principales líneas de
acción en la senda hacia el objetivo de alcanzar la neutralidad climática antes de 2050.
Como una de las piezas fundamentales de este Marco cabe citar la Ley 7/2021,
de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, que establece el marco
normativo para asegurar el cumplimiento por parte de España de los objetivos del
Acuerdo de París, facilitar la descarbonización de la economía y promover un modelo de
desarrollo sostenible. Esta ley recoge como instrumentos de planificación para abordar la
transición energética los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la
Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050, consolidando en la legislación
nacional las herramientas de planificación energética incluidas en el Reglamento (UE)
2018/1999, de 11 de diciembre, sobre la Gobernanza de la Unión de la Energía y de la
Acción por el Clima.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, proporciona el
marco director del programa de inversiones y reformas para una transición ecológica
justa que desarrolle las capacidades estratégicas de la economía verde, y define las
medidas que permitirán alcanzar los objetivos recogidos en la citada Ley 7/2021, de 20
de mayo, así como el resto de objetivos sectoriales contemplados en este Plan.
Para dotar de mayor firmeza a las redes eléctricas en este escenario de mayor
penetración de renovables, se hace necesario introducir elementos que doten flexibilidad
y gestionabilidad a la red. Específicamente, el PNIEC 2021-2030 incluye diferentes
medidas que dan respuesta a esta necesidad, como son la Medida 1.2 «Gestión de la
demanda, almacenamiento y flexibilidad», cuyo objetivo fundamental es la activación y
promoción de la gestión de la demanda, así como otras formas de flexibilidad del sistema
energético, y el impulso de la digitalización en el sector energético; la Medida 1.14
«Promoción del papel proactivo de la ciudadanía en la descarbonización», que tiene
como objetivo dotar de medios a la ciudadanía y promover su participación activa en la
transición energética, promoviendo que la ciudadanía pase de ser consumidores
pasivos, a actores y productores, y pueda participar también en la gestión de la
demanda; y la Medida 4.6 «Acceso a datos», cuyo objetivo es potenciar la sensibilización
y el papel protagonista de la ciudadanía en la transición energética, favorecer el
desarrollo de servicios energéticos innovadores como la agregación, entre otros, y
permitir el análisis de la eficacia de políticas y medidas de apoyo por parte de la
administración pública, mediante el adecuado acceso a los datos de consumo eléctrico.
cve: BOE-A-2023-452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 5