III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-341)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes vulnerables, mediante actuaciones dentro del proyecto de "Colectivos especialmente vulnerables" incluido en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2080
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia, y demás normativa de aplicación.
Igualmente, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha deberá incluir en la
justificación una declaración responsable del cumplimiento de «no causar daño
significativo al medio ambiente» («do not significant harm»- DNSH), de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Asimismo, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha deberá remitir la
información al sistema de gestión que el Ministerio de Hacienda y Función Pública
elabore para el seguimiento de los proyectos de inversión financiados con el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, así como a través de los diferentes medios que se
puedan desarrollar.
Se deberá presentar información sobre los hitos y objetivos cumplidos, así como los
fondos utilizados tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, tras todos
los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas financiadas en el
presente real decreto se pudieran realizar.
En todo caso, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha también deberá
registrar las subvenciones y ayudas públicas que concedan o los contratos que celebren
en ejecución de las medidas financiadas a través del Real Decreto 979/2022, de 22 de
noviembre, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Plataforma de
Contratación del Sector Público, respectivamente.
Séptima. Régimen de compatibilidad.
Las subvenciones gestionadas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
respecto de cada una de las actuaciones desarrolladas financiadas con cargo a la
aportación financiera estatal, serán compatibles con la percepción de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de
cualquier Administración o entidad, pública o privada. En todo caso, deberá quedar
identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos. No obstante, estos fondos son
incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los
mismos proyectos de inversión no pudiéndose incurrir en doble financiación.
Sin perjuicio de lo anterior, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser
de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad con
lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Octava.
Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las
partes firmantes, con carácter general, se tendrá en cuenta el marco normativo que le
corresponda y, en particular, los artículos 10 y 12 del Real Decreto 979/2022, de 22 de
noviembre y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Comisión mixta de seguimiento y coordinación.
Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en el
convenio, realizar su seguimiento y evaluación, facilitar la adecuada coordinación de las
administraciones firmantes, así como resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse, se crea una Comisión Mixta de seguimiento y
cve: BOE-A-2023-341
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2080
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia, y demás normativa de aplicación.
Igualmente, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha deberá incluir en la
justificación una declaración responsable del cumplimiento de «no causar daño
significativo al medio ambiente» («do not significant harm»- DNSH), de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Asimismo, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha deberá remitir la
información al sistema de gestión que el Ministerio de Hacienda y Función Pública
elabore para el seguimiento de los proyectos de inversión financiados con el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, así como a través de los diferentes medios que se
puedan desarrollar.
Se deberá presentar información sobre los hitos y objetivos cumplidos, así como los
fondos utilizados tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, tras todos
los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas financiadas en el
presente real decreto se pudieran realizar.
En todo caso, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha también deberá
registrar las subvenciones y ayudas públicas que concedan o los contratos que celebren
en ejecución de las medidas financiadas a través del Real Decreto 979/2022, de 22 de
noviembre, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Plataforma de
Contratación del Sector Público, respectivamente.
Séptima. Régimen de compatibilidad.
Las subvenciones gestionadas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
respecto de cada una de las actuaciones desarrolladas financiadas con cargo a la
aportación financiera estatal, serán compatibles con la percepción de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de
cualquier Administración o entidad, pública o privada. En todo caso, deberá quedar
identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos. No obstante, estos fondos son
incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los
mismos proyectos de inversión no pudiéndose incurrir en doble financiación.
Sin perjuicio de lo anterior, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser
de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad con
lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Octava.
Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las
partes firmantes, con carácter general, se tendrá en cuenta el marco normativo que le
corresponda y, en particular, los artículos 10 y 12 del Real Decreto 979/2022, de 22 de
noviembre y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Comisión mixta de seguimiento y coordinación.
Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en el
convenio, realizar su seguimiento y evaluación, facilitar la adecuada coordinación de las
administraciones firmantes, así como resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse, se crea una Comisión Mixta de seguimiento y
cve: BOE-A-2023-341
Verificable en https://www.boe.es
Novena.