III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-335)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Programa 113M "Registros vinculados con la fe pública", ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1989

2. Se ha presentado durante la fiscalización una limitación que ha impedido la realización del
análisis de eficiencia previsto (apartado 1.5). El personal del Ministerio de Justicia ha
prestado toda la colaboración que le ha sido requerida por el Tribunal y la documentación
solicitada ha sido entregada de manera ordenada y diligente.
III.1. CONCLUSIONES RELATIVAS AL ANÁLISIS DE REGULARIDAD (APARTADO II.1)
III.1.1. Liquidación del programa presupuestario (apartado II.1.1)
3. Las obligaciones reconocidas en el presupuesto de gastos del programa 113M en 2017
ascendieron a 27.629.570,07 euros, lo que representa un porcentaje de ejecución del 90 %.
Por capítulos, el mayor importe de obligaciones reconocidas, correspondió al capítulo 1
“Gastos de personal”, (12.499.851,44 euros), seguido del capítulo 6 “Inversiones reales”
(11.373.086,08 euros) y del capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios (3.756.632,55
euros).
III.1.2. Gestión de los recursos humanos (apartado II.1.2)
4. La gestión de los gastos del personal del programa 113M se realizaba por dos unidades
diferentes del Ministerio, en función de su dependencia de la Administración de Justicia o de
la Administración General del Estado. Las nóminas del personal de la Administración de
Justicia se tramitaban en la Subdirección General de Recursos Económicos, dependiente de
la Secretaria General de la Administración de Justicia. Este grupo de funcionarios estaba
constituido por personal, adscrito a la DGRN, que desarrollaba su labor de forma exclusiva
en los registros civiles o en los juzgados que comparten dependencias con los registros
civiles. Entre ellos hay letrados, magistrados, fiscales, y personal de los cuerpos de gestión,
de trámite procesal y de auxilio procesal. A 31/12/2017 componían este grupo de
funcionarios 223 efectivos repartidos en 29 dependencias. Las nóminas del personal
funcionario de la Administración General del Estado destinado en la DGRN se gestionan por
la Subdirección General de Recursos Humanos, dependiente, como la DGRN, de la
Subsecretaría de Justicia. A 31 de diciembre de 2017 los efectivos de este grupo eran 105
funcionarios.
5. Del total de obligaciones reconocidas en el capítulo 1 “Gastos de personal” del programa
113M (12.499.851,44 euros), el 73 % correspondió al personal de la Administración de
Justicia (9.151.472,85 euros) y el 27 % restante al de la Administración General del Estado
(3.348.378,59 euros). No se observaron deficiencias de relevancia en el análisis de la
muestra de nóminas seleccionada.
6. Al margen del personal de la RPT y sin percibir retribuciones con cargo al programa 113M,
prestaba servicios habitualmente en la DGRN el colectivo de letrados adscritos, compuesto
por cuatro notarios y cuatro registradores nombrados al amparo de lo establecido en el Real
Decreto 1786/1997, de 1 de diciembre. Por otra parte, otros dos colectivos de notarios y
registradores, los comisionados y los colaboradores, que tampoco perciben retribuciones con
cargo al presupuesto del programa 113M, realizaban determinadas funciones de
asesoramiento del director general. La situación de los comisionados que colaboraban con la
DGRN no se acomodaba a lo establecido al respecto en la legislación hipotecaria, por
exceder del número máximo previsto, por tener algunas de las comisiones mayor duración de
la permitida, y por no ajustarse sus funciones a las de carácter extraordinario previstas en la
ley. Entre diciembre de 2014 y marzo de 2019 se habían nombrado hasta 30 notarios y
registradores como colaboradores para desempeñar de manera puntual los trabajos que se
les encomienden en relación con los servicios propios de la DGRN; los nombramientos se
llevaron a cabo sin cobertura jurídica, dado que la figura de los colaboradores no está
legalmente prevista.

cve: BOE-A-2023-335
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Núm. 4