III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-335)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Programa 113M "Registros vinculados con la fe pública", ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023



Sec. III. Pág. 1981

Como alternativa a la ampliación de plantilla en 450 funcionarios, la Memoria propone una
solución de impacto similar (encomienda, contrato, etc.) que justificaría el importe de la
tasa, pero no incluye ninguna explicación que relacione el importe establecido para la tasa
con el posible coste de una opción en tal sentido. Como se ha indicado en anteriores
apartados, en las encomiendas de gestión suscritas para la tramitación de los expedientes
del procedimiento antiguo el precio fijado se correspondía con un coste de gestión por
expediente de entre 26,66 y 29,95 euros

b) La regulación de la tasa no contiene ninguna medida destinada a aplicar el principio de
capacidad económica establecido en el artículo 8 de la Ley de Tasas para aquellos casos
en que lo permitan las características del tributo.
El Ministerio de Justicia, a quien corresponde la gestión de la tasa, no aportó la información
solicitada por el Tribunal sobre el número e importe de las tasas abonadas en los últimos
ejercicios por solicitudes de nacionalidad por residencia. Como alternativa, se requirió dicha
información a la AEAT, responsable de la recaudación de la tasa.
La información facilitada por la AEAT incluye las tasas correspondientes a los dos hechos
imponibles en que procede: solicitud de nacionalidad por residencia y por carta de naturaleza a los
sefardíes originarios de España, al no poder desagregar ambos supuestos. Por otra parte, los
datos no se corresponden exactamente con las tasas abonadas en el año natural, por los
desplazamientos resultantes de las fechas en que las entidades bancarias están obligadas a
ingresar la recaudación. En estas circunstancias, según los datos aportados por la AEAT entre
2015 y 2018 se habían recaudado 25.890.996,00 euros, correspondientes a 264.793 tasas.
El Tribunal ha calculado el importe que correspondería a las solicitudes de nacionalidad por
residencia a partir de las cifras de solicitudes de nacionalidad por residencia del procedimiento
nuevo aportadas por la DGRN y del importe de la tasa en cada ejercicio. Los resultados obtenidos
para el periodo 2015-2018 fueron los siguientes.
CUADRO Nº 27
TASAS DEVENGADAS POR SOLICITUD DE LA NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
2015-2018
2015
Nº de solicitudes
Importe tasa
Importe tasas devengadas

2016

2017

2018

Total

2.966

73.467

87.716

80.462

244.611

100

100

101

102

-

296.600,00

7.346.700,00

8.859.316,00

8.207.124,00

24.709.740,00

Fuente: Elaboración propia a partir de información aportada por la DGRN.

II.2.2. Análisis de la gestión del proceso de reforma del Registro Civil
La memoria de objetivos del programa 113M para 2017 destaca entre las actividades principales
de la DGRN la de “llevar a cabo un proceso de modernización tecnológica del Registro Civil que
facilite su acceso y la tramitación electrónica de los expedientes, lo que conlleva realizar un plan
de digitalización e informatización de los registros civiles”. No se ha establecido, sin embargo, en

cve: BOE-A-2023-335
Verificable en https://www.boe.es

A la fecha de realización de los trabajos de campo (mayo 2019) no había constancia de que a
partir del establecimiento y cobro de la tasa se hubieran implementado medidas destinadas a la
mejora de la gestión de los expedientes: la plantilla de la DGRN no había experimentado
variaciones significativas ni se tramitaron encomiendas o contratos para la tramitación de
expedientes del nuevo procedimiento. Los bajísimos porcentajes de resolución de expedientes del
procedimiento nuevo (ver cuadro nº 19) evidencian que el abono de la tasa no ha tenido ningún
efecto positivo en la mejora de la gestión de los expedientes a los que corresponde.