III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-330)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1480

adquisición de una parcela que era de carácter residencial y que se cambió a uso terciario, según
manifiesta SEPI en alegaciones. (Epígrafes II.2.2 y 3)
Octava.- A 31 de diciembre de 2017, SEPIDES tenía alquilados a empresas del Grupo SEPI el
47% de los metros cuadrados de oficinas o locales y el 53% restante a entidades privadas.
SEPIDES inició su actividad inmobiliaria a partir del ejercicio 2011 tras absorber a INFOINVEST
en ejecución del “Acuerdo del Consejo de Ministros de Racionalización del sector público
empresarial”, de 30 de abril de 2010, siendo la absorbida propietaria de la mayor parte de los
bienes inmobiliarios explotados por SEPIDES en la actualidad. Esta actividad de arrendamiento de
oficinas no tiene carácter estratégico, aunque esté incluida en el objeto social de SEPIDES, por lo
que resulta cuestionable que una parte relevante de la actividad de una sociedad estatal consista
en competir con las empresas privadas en el mercado inmobiliario de arrendamiento.
A dicha fecha SEPIDES tenía arrendados oficinas y locales con una superficie total de 59.836
metros cuadrados, mediante 18 contratos vigentes, que, junto con el arrendamiento de las plazas
de garaje, generaban el 99% de los ingresos por arrendamiento, de los que seis habían sido
formalizados durante los ejercicios 2016 y 2017. De estos, solo uno lo fue a una entidad del sector
público (SEPI) y los otros a entidades privadas. Dos de los contratos fueron renovaciones de
contratos anteriores (SEPI y una empresa privada). (Epígrafes II.2.3 y II.3.1)

El otro contrato renegociado, el correspondiente a las oficinas de Castellana 135, lo fue a solicitud
del inquilino, por el alto precio que según su opinión estaba pagando. En la propuesta elevada y
aprobada al CD (18 euros el metro cuadrado) se justifica la rebaja en el precio en el
mantenimiento del inquilino y la ampliación de la vigencia del contrato. En términos homogéneos,
la rebaja obtenida por el arrendador en el contrato formalizado en julio de 2016 supone un 11% de
la renta anterior. Cabe destacar que la documentación aportada al CD para fijar el precio por
metro consistió únicamente en fichas de comercialización de dos empresas que comercializan
bienes de SEPIDES pero no incluyó una tasación efectuada en diciembre de 2015 que fijaba una
renta de mercado en torno a los 24 euros el metro. Esta negociación se efectuó, además, sin
publicidad y concurrencia, lo que se podría justificar por tratarse de una renegociación de un
contrato anterior. (Epígrafe II.3.1)

cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es

Novena.- El contrato con SEPI fue formalizado en junio de 2016 y el anterior había perdido su
vigencia en marzo de 2015. En el proceso de negociación SEPI solicitó una reducción en el precio
pagado, aportando para ello una tasación contratada por ellos mismos, mientras que SEPIDES
pretendía el mantenimiento de la renta anterior, aportando sus propias tasaciones. El contrato,
finalmente fue firmado con una reducción de la renta del 10% respecto a la final del anterior
contrato, con un precio medio de 16,48 euros el metro cuadrado, un 19% inferior que el precio que
pagan el resto de las filiales de SEPI con contratos en Campos Velázquez. La sensible reducción
en el precio del arrendamiento para SEPI puede afectar a las posibles renegociaciones con el
resto de inquilinos del sector público, afectando negativamente a los ingresos patrimoniales de
SEPIDES. Por otra parte, la negociación efectuada entre una filial y su único accionista no puede
considerarse en ningún caso en términos de igualdad.