III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-330)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

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amortización. Al final de cada ejercicio la entidad valora los activos y, en su caso, contabiliza los
deterioros que se hayan producido, para lo cual contrata las tasaciones que considera necesarias.
A 31 de diciembre de 2017, el valor de los deterioros contabilizados sobre las inversiones
inmobiliarias y las existencias ascendían a 24,8 millones de euros, estando todos ellos justificados
mediante tasaciones de empresas ajenas a SEPIDES. (Epígrafe II.2.2)
Séptima.- Las inversiones previstas por SEPIDES para cada uno de los ejercicios quedan fijadas
anualmente en el Programa Operativo Anual, que la Sociedad elabora para aprobación por la
matriz SEPI. En dicho programa, de carácter estimativo, el importe de las inversiones previstas
durante los ejercicios 2016 y 2017 ascendía a 16,8 millones de euros, habiendo sido las
inversiones ejecutadas en dicho periodo según criterio de devengo de 7,2 millones, por lo que el
grado de ejecución medio para ambos ejercicios se sitúa en un 43%. Las principales inversiones
efectuadas en estos dos ejercicios han sido la reforma de uno de los seis bloques de Campos
Velázquez, por 4,1 millones y la adquisición de la finca de Paterna, por 0,9 millones, operación
esta última que no estaba planificada.
En los ejercicios precedentes, las inversiones más significativas en términos globales han sido las
reformas de tres bloques de Campos Velázquez para su posterior alquiler a una entidad privada,
que ha supuesto una inversión de 16,7 millones de euros entre los ejercicios 2010 a 2017, y la
adquisición del terreno y la construcción del Edificio Villa de Madrid, con una inversión total de 43
millones entre 2009 y 2015.

Desde el ejercicio 2012 SEPIDES ha venido registrando deterioros contables en el valor del
Edificio Villa de Madrid como consecuencia de los cambios de precios en el mercado inmobiliario
que, a 31 de diciembre de 2017, ascendían a 13,3 millones, y que tienen carácter reversible. Este
deterioro tiene su origen, por una parte en el coste de la obra, superior al que supondría la
aplicación de los valores de “Costes de referencia de edificación” publicados por la Comunidad de
Madrid, los cuales tienen un carácter de herramienta de ayuda o referencia, sin que predominen
sobre el fijado en proyecto por el arquitecto director de las obras; y, por otra, en el coste de

cve: BOE-A-2023-330
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La operación del Edificio Villa de Madrid se inició en 2009 ante la necesidad de EFE, también
integrante del Grupo SEPI, de tener una nueva sede central. A tal fin, SEPIDES adquirió una
parcela y firmó con EFE un contrato para el arrendamiento del edificio una vez construido con
opción de compra. Los contratos suscritos por ambas Sociedades fueron objeto de ratificación en
fechas posteriores, la última en diciembre de 2011, cuando ya se estaban ejecutando las obras de
construcción. A principios de 2012, tras los cambios en las presidencias en SEPI, SEPIDES y
EFE, esta última propuso la posibilidad de arrendar otro edificio de SEPIDES en lugar del que se
estaba construyendo para ello. En noviembre de 2012, el Presidente de EFE manifestó
formalmente a la Presidenta de SEPIDES la renuncia unilateral a los contratos firmados,
señalando que SEPIDES quedaría compensado con el alquiler por EFE de sus oficinas en el
Edificio Génesis; SEPI autorizó la aceptación del desistimiento unilateral de EFE en su calidad de
entidad dominante de ambas Sociedades, lo que implica que se trató de una decisión de gestión
que correspondía a sus competencias. SEPIDES ha abonado unos costes de, al menos, 2,87
millones de euros como consecuencia de los modificados y de las indemnizaciones que ha tenido
que satisfacer a los contratistas por los retrasos en la ejecución de la obra.