III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-330)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1471
Comunidad de Madrid (99% de las fianzas), se ha comprobado únicamente el cumplimiento de
esta obligación de depósito de las fianzas en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de
Madrid. SEPIDES está acogida al régimen concertado de la norma reguladora, realizando una
liquidación anual a principios de ejercicio respecto de las operaciones de arrendamiento
formalizadas en el ejercicio anterior y depositando el 90% de las fianzas recibidas. En febrero de
2018, dentro del plazo establecido, SEPIDES presentó la liquidación de 2017, ingresando el
importe correspondiente, al igual que había hecho en los ejercicios precedentes.
El artículo 36.5 de la Ley 29/1994 prevé que las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía
adicional a la fianza para el cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones contractuales.
De los contratos vivos a 31 de diciembre de 2017, únicamente en los contratos formalizados en
2017 para el arrendamiento de la planta quinta y de parte de la planta baja del Edificio Villa de
Madrid a dos empresas privadas, SEPIDES solicitó como garantía adicional la formalización de
avales por el importe equivalente a seis meses de renta. Con anterioridad, únicamente en el
primer contrato formalizado con la entidad del sector de la educación para arrendar el bloque IV
en Campos Velázquez había exigido avales bancarios por un total de 1,7 millones de euros, cuya
vigencia duró hasta junio de 2013. Estos avales garantizaban la firma del contrato de
arrendamiento tras la obra realizada y un año de renta. Tras la renovación del contrato en 2013,
dicha garantía dejó de ser solicitada.
Por lo que respecta a la contratación de seguros sobre los bienes arrendados, todos los contratos
de oficinas y locales analizados incluyen una cláusula por la que el arrendatario se compromete a
contratar un seguro multiriesgo que cubra los posibles riesgos del local arrendado, incluidos los
derivados de obras que se puedan autorizar y la correspondiente responsabilidad civil, tanto del
tomador como de SEPIDES. Los arrendatarios se comprometen a mantener las pólizas en vigor
durante toda la duración del contrato y a facilitar a SEPIDES certificados de las correspondientes
pólizas y justificantes del pago de las primas. Se ha comprobado que SEPIDES dispone de la
justificación acreditativa del cumplimiento de estas obligaciones.
II.3.4.- Análisis de las operaciones de venta de activos inmobiliarios efectuadas en 2016 y
2017
En el siguiente cuadro se detallan los principales datos de las operaciones analizadas:
cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es
Se han analizado las cuatro operaciones de enajenación de activos inmobiliarios elevadas a
escritura pública durante los ejercicios 2016 y 2017 por parte de SEPIDES, cuyo valor ha
superado los 50.000 euros, con independencia de que los acuerdos y negociaciones de las
operaciones, en alguno de los casos, hayan tenido lugar en fechas anteriores. Todas las
operaciones analizadas han producido beneficios contables para SEPIDES. En los expedientes
analizados se ha verificado el cumplimiento de las normas internas vigentes en la fecha en que
fueron firmadas cada una de las operaciones, así como otros aspectos que se han considerado
relevantes en cada operación particular.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1471
Comunidad de Madrid (99% de las fianzas), se ha comprobado únicamente el cumplimiento de
esta obligación de depósito de las fianzas en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de
Madrid. SEPIDES está acogida al régimen concertado de la norma reguladora, realizando una
liquidación anual a principios de ejercicio respecto de las operaciones de arrendamiento
formalizadas en el ejercicio anterior y depositando el 90% de las fianzas recibidas. En febrero de
2018, dentro del plazo establecido, SEPIDES presentó la liquidación de 2017, ingresando el
importe correspondiente, al igual que había hecho en los ejercicios precedentes.
El artículo 36.5 de la Ley 29/1994 prevé que las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía
adicional a la fianza para el cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones contractuales.
De los contratos vivos a 31 de diciembre de 2017, únicamente en los contratos formalizados en
2017 para el arrendamiento de la planta quinta y de parte de la planta baja del Edificio Villa de
Madrid a dos empresas privadas, SEPIDES solicitó como garantía adicional la formalización de
avales por el importe equivalente a seis meses de renta. Con anterioridad, únicamente en el
primer contrato formalizado con la entidad del sector de la educación para arrendar el bloque IV
en Campos Velázquez había exigido avales bancarios por un total de 1,7 millones de euros, cuya
vigencia duró hasta junio de 2013. Estos avales garantizaban la firma del contrato de
arrendamiento tras la obra realizada y un año de renta. Tras la renovación del contrato en 2013,
dicha garantía dejó de ser solicitada.
Por lo que respecta a la contratación de seguros sobre los bienes arrendados, todos los contratos
de oficinas y locales analizados incluyen una cláusula por la que el arrendatario se compromete a
contratar un seguro multiriesgo que cubra los posibles riesgos del local arrendado, incluidos los
derivados de obras que se puedan autorizar y la correspondiente responsabilidad civil, tanto del
tomador como de SEPIDES. Los arrendatarios se comprometen a mantener las pólizas en vigor
durante toda la duración del contrato y a facilitar a SEPIDES certificados de las correspondientes
pólizas y justificantes del pago de las primas. Se ha comprobado que SEPIDES dispone de la
justificación acreditativa del cumplimiento de estas obligaciones.
II.3.4.- Análisis de las operaciones de venta de activos inmobiliarios efectuadas en 2016 y
2017
En el siguiente cuadro se detallan los principales datos de las operaciones analizadas:
cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es
Se han analizado las cuatro operaciones de enajenación de activos inmobiliarios elevadas a
escritura pública durante los ejercicios 2016 y 2017 por parte de SEPIDES, cuyo valor ha
superado los 50.000 euros, con independencia de que los acuerdos y negociaciones de las
operaciones, en alguno de los casos, hayan tenido lugar en fechas anteriores. Todas las
operaciones analizadas han producido beneficios contables para SEPIDES. En los expedientes
analizados se ha verificado el cumplimiento de las normas internas vigentes en la fecha en que
fueron firmadas cada una de las operaciones, así como otros aspectos que se han considerado
relevantes en cada operación particular.