III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-330)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1465

de la actividad inmobiliaria de SEPIDES al CD, que aprobó la operación el 9 de junio de 2016.
Según consta en la propuesta elevada al CD, la justificación del nuevo contrato es ampliar la
vigencia del mismo, manteniendo el mismo arrendatario pero con una reducción de la renta, ya
que el arrendatario considera que en la zona hay espacios disponibles a menor precio. El 1 de
julio de 2016 se formalizó el nuevo contrato y se rescindió el anterior.
Con el precio pactado en el nuevo contrato, el total a pagar por la empresa arrendataria
ascendería a 20.459 euros mensuales más gastos. Considerando que los gastos de
comunidad en aquella fecha ascendían a 3.959 euros y que la imputación mensual del IBI y de
la tasa de gestión de residuos urbanos supone 1.124 euros, el importe total a pagar por el
arrendatario sería de 25.542 euros, que frente a lo facturado hasta dicha fecha (28.581 euros)
supone una reducción en la renta de 3.039 euros mensuales (un 11% inferior a la anterior).
En cuanto a la documentación aportada para fijar la renta ofertada, se han aportado los datos
de siete fichas de comercialización de arrendamientos de dos empresas que trabajan para
SEPIDES como intermediarios inmobiliarios, según las cuales la renta máxima de inicio de
negociación era de 19 euros el metro cuadrado, la renta media de inicio de 16,79 euros y la
mínima de 15, si bien las dos fichas que corresponden al mismo edificio fijan en 19 y 18 euros
la renta de negociación. Hay que tener en cuenta que en cualquier negociación la renta
definitiva suele reducirse entre un 5 y un 15% sobre la de partida. Sin embargo, no se llegó a
aportar al CD un informe tasación elaborado por una consultora a fecha 31 de diciembre de
2015, en el que se establecía una renta de mercado de 24 euros para la oficina descrita, así
como una horquilla de precios de inicio de negociación de inmuebles en comercialización con
rentas entre los 16 y 31 euros el metro cuadrado; además, cabe señalar que los precios que
en ese momento se estaban pagando por los alquileres de Campos Velázquez eran todos
superiores, excepto en el caso de SEPI, cuando el edificio de Castellana 135 se encuentra una
zona más valorada que la zona de Campos Velázquez.
Por último, señalar que toda la negociación y cierre de la operación y su formalización se ha
realizado sin que exista ningún tipo de publicidad y concurrencia a la hora de otorgar el
contrato, si bien en este caso se considera razonable al ser una renegociación.

e) En tres de los casos, que corresponden a los arrendamientos de oficinas en el Edificio Villa de
Madrid, en la negociación y búsqueda del arrendatario participaron intermediarios externos
contratados por la Sociedad. Entre el ejercicio 2010 y 2012, SEPIDES firmó 12 contratos con
empresas inmobiliarias de mandato de comercialización de sus activos sin exclusividad.
Dichos contratos, de duración anual y prorrogables tácitamente, permiten presentar
potenciales clientes a SEPIDES, tanto para la formalización de operaciones de arrendamiento
como para operaciones de compraventa de los bienes de su cartera inmobiliaria. Los

cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es

d) En los otros cuatro contratos formalizados en el periodo, los espacios alquilados estaban
desocupados en el momento de formalizarse el alquiler y se encontraban anunciados como
espacios disponibles en la página WEB de SEPIDES en la información sobre la cartera
inmobiliaria. Esta ha sido la única publicidad dada por la Sociedad con carácter previo a la
adjudicación de los contratos.