III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-330)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1456
de 2013. Al inicio de las obras ya se había concedido la licencia de vaciado y construcción de
muros de contención, en octubre de 2011 se obtuvo la licencia urbanística parcial hasta cota
cero, finalizándose esta parte de la construcción en enero de 2012 y en febrero de 2012 se
obtuvo la licencia urbanística definitiva. Como se expone más adelante, a partir de abril de
2012, al tener conocimiento de que el usuario final del edificio pudiera no ser EFE, se
suspendió la ejecución de las partes de la obra diseñadas específicamente para el uso por
esta Entidad, lo que produjo una ralentización de la ejecución de los trabajos. En octubre de
2012 se firmó el contrato para la modificación del proyecto para adaptar el edificio a un uso
genérico de oficinas, lo que exigió una modificación de la licencia urbanística y la necesidad de
ampliar los plazos de ejecución de la obra. La recepción provisional de la obra tuvo lugar en
septiembre de 2014 y la finalización definitiva en 2015 como consecuencia de las
modificaciones que se realizaron después de la renuncia en el ejercicio 2012 de EFE al uso
del edificio (que finalmente alquiló en diciembre de ese año parte del Edificio Génesis).
En diciembre de 2012, la inversión que ya se había ejecutado ascendía a 13,5 millones de
euros, casi la mitad de los 27,9 millones que ha supuesto la inversión final en la construcción.
Teniendo en cuenta que la edificabilidad del edificio son 14.200 metros cuadrados, a los que
hay que sumar los 12.000 metros del garaje, el importe global de construcción ha supuesto un
coste medio por metro cuadrado de 1.062 euros por todos los conceptos. Del importe global
de la inversión, 18,3 millones corresponden al coste de ejecución material, 3,5 millones al
beneficio industrial y a los gastos generales, y los otros 6,1 millones a otros costes (redacción
del proyecto y modificaciones, dirección de obras, impuestos, tasas y visados, etc.), tal como
se señala en las alegaciones de SEPIDES. El coste de ejecución material de la obra, 18,3
millones, es superior al coste total máximo de 17,5 millones que resultaría si se aplicasen los
valores máximos de “Costes de referencia de edificación” publicados por la Comunidad de
Madrid.
SEPIDES alega que los costes publicados son de base estadística, señalando que los
proyectos singulares pueden tener costes diferentes a dichos estándares. Cabe señalar que
los “Costes de referencia de edificación” utilizados en la comparación son los más elevados
posibles, dentro de los contemplados en esta publicación de la Comunidad de Madrid, si bien
constituyen una primera aproximación a los costes de construcción y tienen un carácter de
herramienta de ayuda o referencia, sin que predominen sobre el fijado en proyecto por el
arquitecto director de las obras. Respecto a que la construcción se parezca más a un edificio
docente que a uno de oficinas, SEPIDES no ha aportado documentación alguna que justifique
dicha afirmación.
De lo expuesto se deduce que los deterioros que se habían registrado contablemente a 31 de
diciembre de 2017 sobre el citado edificio como consecuencia de la caída de los precios del
mercado inmobiliario, tienen su origen tanto en el coste soportado por SEPIDES para su
construcción como en el precio pagado por el solar.
A finales de noviembre de 2009, inmediatamente después de la compra de la parcela a la que
se refiere el punto anterior, SEPIDES firmó con EFE un contrato de arrendamiento sobre el
edificio de oficinas que se iba a construir en dicha parcela. El contrato contenía una cláusula
cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 4
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de 2013. Al inicio de las obras ya se había concedido la licencia de vaciado y construcción de
muros de contención, en octubre de 2011 se obtuvo la licencia urbanística parcial hasta cota
cero, finalizándose esta parte de la construcción en enero de 2012 y en febrero de 2012 se
obtuvo la licencia urbanística definitiva. Como se expone más adelante, a partir de abril de
2012, al tener conocimiento de que el usuario final del edificio pudiera no ser EFE, se
suspendió la ejecución de las partes de la obra diseñadas específicamente para el uso por
esta Entidad, lo que produjo una ralentización de la ejecución de los trabajos. En octubre de
2012 se firmó el contrato para la modificación del proyecto para adaptar el edificio a un uso
genérico de oficinas, lo que exigió una modificación de la licencia urbanística y la necesidad de
ampliar los plazos de ejecución de la obra. La recepción provisional de la obra tuvo lugar en
septiembre de 2014 y la finalización definitiva en 2015 como consecuencia de las
modificaciones que se realizaron después de la renuncia en el ejercicio 2012 de EFE al uso
del edificio (que finalmente alquiló en diciembre de ese año parte del Edificio Génesis).
En diciembre de 2012, la inversión que ya se había ejecutado ascendía a 13,5 millones de
euros, casi la mitad de los 27,9 millones que ha supuesto la inversión final en la construcción.
Teniendo en cuenta que la edificabilidad del edificio son 14.200 metros cuadrados, a los que
hay que sumar los 12.000 metros del garaje, el importe global de construcción ha supuesto un
coste medio por metro cuadrado de 1.062 euros por todos los conceptos. Del importe global
de la inversión, 18,3 millones corresponden al coste de ejecución material, 3,5 millones al
beneficio industrial y a los gastos generales, y los otros 6,1 millones a otros costes (redacción
del proyecto y modificaciones, dirección de obras, impuestos, tasas y visados, etc.), tal como
se señala en las alegaciones de SEPIDES. El coste de ejecución material de la obra, 18,3
millones, es superior al coste total máximo de 17,5 millones que resultaría si se aplicasen los
valores máximos de “Costes de referencia de edificación” publicados por la Comunidad de
Madrid.
SEPIDES alega que los costes publicados son de base estadística, señalando que los
proyectos singulares pueden tener costes diferentes a dichos estándares. Cabe señalar que
los “Costes de referencia de edificación” utilizados en la comparación son los más elevados
posibles, dentro de los contemplados en esta publicación de la Comunidad de Madrid, si bien
constituyen una primera aproximación a los costes de construcción y tienen un carácter de
herramienta de ayuda o referencia, sin que predominen sobre el fijado en proyecto por el
arquitecto director de las obras. Respecto a que la construcción se parezca más a un edificio
docente que a uno de oficinas, SEPIDES no ha aportado documentación alguna que justifique
dicha afirmación.
De lo expuesto se deduce que los deterioros que se habían registrado contablemente a 31 de
diciembre de 2017 sobre el citado edificio como consecuencia de la caída de los precios del
mercado inmobiliario, tienen su origen tanto en el coste soportado por SEPIDES para su
construcción como en el precio pagado por el solar.
A finales de noviembre de 2009, inmediatamente después de la compra de la parcela a la que
se refiere el punto anterior, SEPIDES firmó con EFE un contrato de arrendamiento sobre el
edificio de oficinas que se iba a construir en dicha parcela. El contrato contenía una cláusula
cve: BOE-A-2023-330
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