III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1906

a) La persona identificada como B cesó como Director General por renuncia y fue destinado a otro
puesto dentro del Banco. Debe tenerse en cuenta, a estos efectos, que los artículos 71.2.c del
RIBE y 70 del Reglamento de Trabajo del Banco de España disponen que a los Directores
Generales que se reincorporan como personal del BE se les complementan sus retribuciones para
respetar el sueldo de la categoría perdida.
b) La persona identificada como C cesó como titular de una Dirección General y fue nombrado
para otra Dirección General. Posteriormente cesó en esta Dirección General y se reintegró en la
plantilla del BE, por lo que no percibió indemnización.
c) Las personas identificadas como D, G y H cesaron al finalizar el periodo para el que habían sido
nombradas y en las correspondientes comunicaciones a la Oficina de Conflictos de Intereses
optaron por no solicitar la prestación indemnizatoria.
d) La persona identificada como F cesó como Director General al ser nombrado Gobernador del
BE.

Cuadro 23: Ceses producidos en el periodo 2017-2019 con derecho a compensación en el
BE
(en euros)

orden

Alto Cargo o Puesto

Identificación de
la persona

Fecha del cese

Compensación
percibida en 2019

A

23/01/2017

5.095,43

1

Consejero Ejecutivo

2

Director General

B

14/02/2017

0,00

3

Director General

C

28/02/2017

0,00

4

Consejero no Ejecutivo

D

26/03/2017

0,00

5

Gobernador

E

11/06/2018

181.545,36

6

Director General

F

11/06/2018

0,00

7

Consejero no Ejecutivo

G

16/06/2018

0,00

8

Consejero Ejecutivo

H

21/07/2018

0,00

9

Subgobernador

I

11/09/2018

189.664,68

10

Director General

C

26/10/2018

0.00

11

Director General

J

01/03/2019

181.471,96

12

Consejero no Ejecutivo

K

21/10/2019

Total

10.661,18
568.438,61

Fuente: Datos aportados por BE.

2.232. Las incompatibilidades y la compensación económica tras el cese del Gobernador y del
Subgobernador están reguladas en el artículo 26.1 de la LABE de la siguiente forma: “El
Gobernador y el Subgobernador estarán sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos
cargos. Además, serán incompatibles para el ejercicio de cualquier profesión o actividad pública o
privada, salvo cuando sean inherentes a su condición o les vengan impuestas por su carácter de
representantes del Banco. Al cesar en el cargo, y durante los dos años posteriores, no podrán
ejercer actividad profesional alguna relacionada con las entidades de crédito o con los mercados
de valores. Durante dicho período tendrán derecho a percibir una compensación económica
mensual igual al 80 por 100 del total de retribuciones asignadas al cargo respectivo durante el
período indicado”.

cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es

II.12.2. Análisis general