III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1900
2.198. RED.es se configura, en los términos previstos en el artículo 1 de sus Estatutos, como una
entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 103 de la LRJSP, que goza de
personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión para el
cumplimiento de sus fines. Está adscrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.8 del
Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial.
2.199. La Entidad tiene como misión desarrollar programas de impulso de la economía digital, la
innovación, el emprendimiento, la formación para jóvenes y profesionales y el apoyo a PYMES
mediante el fomento de un uso eficiente e intensivo de las tecnologías de la información y la
comunicación.
2.200. Los órganos de dirección de RED.es son: a) el Presidente; b) el Consejo de Administración
y c) el Director General. La Presidencia de RED.es y de su Consejo de Administración
corresponde a quien ocupa la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. El
Consejo de Administración está formado por el Presidente, el Director General de la Entidad, el
Secretario del Consejo y un número de vocales no inferior a diez ni superior a quince, dentro de
los que se encuentran cinco vocales natos por el cargo ocupado en el sector público. Los vocales
del Consejo de Administración de RED.es serán nombrados y, en su caso, cesados por el titular
del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital entre el personal al servicio de la
AGE de reconocida competencia.
2.201. El personal directivo de RED.es está compuesto, en los términos previstos por el artículo
23 de sus Estatutos, por el Director General, el Secretario General, el Director del Observatorio y
los otros Directores de los departamentos que, bajo la inmediata dirección del Director General, se
creen dentro de la Entidad. Su nombramiento corresponde al Consejo de Administración a
propuesta de su Presidente.
II.10.2. Resultados relativos a los puestos directivos vinculados profesionalmente mediante
contratos de alta dirección, regulados por el RD 451/2012
2.202. RED.es figura clasificada en la Orden MINHAP de 12 de abril de 2012 dentro del grupo 2.
En consecuencia, puede tener entre dos y seis directivos sujetos a contratos de alta dirección. En
el ejercicio 2019 tenía formalizados seis contratos de alta dirección al amparo de lo previsto en la
disposición adicional octava de la Ley 3/2012, en el RD 451/2012 y su normativa de desarrollo. En
el Cuadro 21 figura el detalle de estos contratos, todos los cuales han sido objeto de análisis en la
presente fiscalización, junto con el gasto de personal correspondiente a los mismos.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1900
2.198. RED.es se configura, en los términos previstos en el artículo 1 de sus Estatutos, como una
entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 103 de la LRJSP, que goza de
personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión para el
cumplimiento de sus fines. Está adscrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.8 del
Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial.
2.199. La Entidad tiene como misión desarrollar programas de impulso de la economía digital, la
innovación, el emprendimiento, la formación para jóvenes y profesionales y el apoyo a PYMES
mediante el fomento de un uso eficiente e intensivo de las tecnologías de la información y la
comunicación.
2.200. Los órganos de dirección de RED.es son: a) el Presidente; b) el Consejo de Administración
y c) el Director General. La Presidencia de RED.es y de su Consejo de Administración
corresponde a quien ocupa la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. El
Consejo de Administración está formado por el Presidente, el Director General de la Entidad, el
Secretario del Consejo y un número de vocales no inferior a diez ni superior a quince, dentro de
los que se encuentran cinco vocales natos por el cargo ocupado en el sector público. Los vocales
del Consejo de Administración de RED.es serán nombrados y, en su caso, cesados por el titular
del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital entre el personal al servicio de la
AGE de reconocida competencia.
2.201. El personal directivo de RED.es está compuesto, en los términos previstos por el artículo
23 de sus Estatutos, por el Director General, el Secretario General, el Director del Observatorio y
los otros Directores de los departamentos que, bajo la inmediata dirección del Director General, se
creen dentro de la Entidad. Su nombramiento corresponde al Consejo de Administración a
propuesta de su Presidente.
II.10.2. Resultados relativos a los puestos directivos vinculados profesionalmente mediante
contratos de alta dirección, regulados por el RD 451/2012
2.202. RED.es figura clasificada en la Orden MINHAP de 12 de abril de 2012 dentro del grupo 2.
En consecuencia, puede tener entre dos y seis directivos sujetos a contratos de alta dirección. En
el ejercicio 2019 tenía formalizados seis contratos de alta dirección al amparo de lo previsto en la
disposición adicional octava de la Ley 3/2012, en el RD 451/2012 y su normativa de desarrollo. En
el Cuadro 21 figura el detalle de estos contratos, todos los cuales han sido objeto de análisis en la
presente fiscalización, junto con el gasto de personal correspondiente a los mismos.
cve: BOE-A-2023-334
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Núm. 4