III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1896
Cuadro 20: Detalle de los contratos de alta dirección del MNCARS
(en euros)
Fecha del
contrato
Gasto de
personal 2019
Dirección del MNCARS (Nota 1)
19/01/2008
125.142,29
Subdirección General de Conservación, Investigación y Difusión
(Nota 2)
22/10/2012
54.017,92
Jefatura del Gabinete (Nota 3)
13/11/2012
47.546,52
Jefatura del Departamento de Imagen Pública
11/07/2013
51.407,26
Dirección de Actividades Públicas
07/02/2018
65.788,76
Personal contrato alta dirección
Total
343.902,75
Fuente: Elaboración propia con la documentación aportada por el MNCARS.
Nota 1: El contrato laboral de alta dirección es de fecha 19 de enero de 2008, suscribiéndose una primera prórroga
el 19 de enero de 2013 y otra segunda el 19 de enero de 2018.
Nota 2: El directivo cesó el 17 de agosto de 2019.
Nota 3: Contrato de alta dirección por el que se adapta al RD 451/2012 el contrato laboral de alta dirección suscrito
el 16 de junio de 2008.
2.179. En lo concerniente a los procedimientos de control interno, el MNCARS no ha elaborado
instrucciones específicas relativas al proceso de tramitación y liquidación de los contratos de alta
dirección, en las que se definan las distintas fases de su gestión, el marco de actuación de las
unidades implicadas en su tramitación y liquidación y los controles establecidos.
2.180. Como se ha señalado en el punto 2.177 de este Informe, el artículo 15 del Estatuto del
MNCARS dispone que el personal directivo será nombrado y separado por la Comisión
Permanente del Real Patronato. Ahora bien, de los dos contratos que se suscribieron con
posterioridad a la aprobación del Estatuto del Museo en marzo de 2013, solo uno de ellos
(Dirección de Actividades Públicas) fue aprobado por la Comisión Permanente. Pero el acta de la
reunión de la Comisión Permanente en que se aprobó el nombramiento de la citada Dirección de
Actividades Públicas es de fecha 23 de febrero de 2018, dieciséis días después de la fecha de
suscripción del contrato de alta dirección (el 7 de febrero).
2.182. La relación jurídica del Museo con el actual Director procede de la suscripción de un
contrato laboral de alta dirección, de fecha 19 de enero de 2008, relativo al puesto de “Director
Artístico del Museo”, formalizado en virtud del RD 1382/1985. La duración del citado contrato se
estableció en cinco años, pudiendo ser renovado, como máximo, por otros dos periodos de igual
duración. Posteriormente, se suscribió entre las partes un documento denominado “Prórroga de
contrato de alta dirección en Entidades del Sector Público Estatal distintas de las Sociedades
Mercantiles Estatales conforme a lo establecido en el RDL 3/2012, y a lo establecido en el RD
451/2012”, por el que se contrató al directivo para que desempeñase el cargo de “Director”, siendo
su duración de cinco años renovables por otro periodo de igual duración. Por último, al
vencimiento de la anterior prórroga se acordó otra, de fecha 19 de enero de 2018, cuya duración
29
Para cubrir la vacante de la Subdirección Artística se ha procedido, en el mes de septiembre de 2019, a la aprobación
y publicación de una convocatoria pública. Dicho puesto ha sido cubierto en 2020, por lo que su cobertura ha quedado
fuera del ámbito temporal de esta fiscalización.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
2.181. En lo referente a la designación del personal directivo, el artículo 15 del Estatuto se
expresa, como se ha señalado en el punto 2.177 de este Informe, en términos similares al EBEP
sobre la necesidad de respetar los principios de mérito, capacidad, idoneidad, publicidad y
concurrencia. Sin embargo, el MNCARS no ha aportado documentación que acredite el
cumplimiento de estos principios29.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1896
Cuadro 20: Detalle de los contratos de alta dirección del MNCARS
(en euros)
Fecha del
contrato
Gasto de
personal 2019
Dirección del MNCARS (Nota 1)
19/01/2008
125.142,29
Subdirección General de Conservación, Investigación y Difusión
(Nota 2)
22/10/2012
54.017,92
Jefatura del Gabinete (Nota 3)
13/11/2012
47.546,52
Jefatura del Departamento de Imagen Pública
11/07/2013
51.407,26
Dirección de Actividades Públicas
07/02/2018
65.788,76
Personal contrato alta dirección
Total
343.902,75
Fuente: Elaboración propia con la documentación aportada por el MNCARS.
Nota 1: El contrato laboral de alta dirección es de fecha 19 de enero de 2008, suscribiéndose una primera prórroga
el 19 de enero de 2013 y otra segunda el 19 de enero de 2018.
Nota 2: El directivo cesó el 17 de agosto de 2019.
Nota 3: Contrato de alta dirección por el que se adapta al RD 451/2012 el contrato laboral de alta dirección suscrito
el 16 de junio de 2008.
2.179. En lo concerniente a los procedimientos de control interno, el MNCARS no ha elaborado
instrucciones específicas relativas al proceso de tramitación y liquidación de los contratos de alta
dirección, en las que se definan las distintas fases de su gestión, el marco de actuación de las
unidades implicadas en su tramitación y liquidación y los controles establecidos.
2.180. Como se ha señalado en el punto 2.177 de este Informe, el artículo 15 del Estatuto del
MNCARS dispone que el personal directivo será nombrado y separado por la Comisión
Permanente del Real Patronato. Ahora bien, de los dos contratos que se suscribieron con
posterioridad a la aprobación del Estatuto del Museo en marzo de 2013, solo uno de ellos
(Dirección de Actividades Públicas) fue aprobado por la Comisión Permanente. Pero el acta de la
reunión de la Comisión Permanente en que se aprobó el nombramiento de la citada Dirección de
Actividades Públicas es de fecha 23 de febrero de 2018, dieciséis días después de la fecha de
suscripción del contrato de alta dirección (el 7 de febrero).
2.182. La relación jurídica del Museo con el actual Director procede de la suscripción de un
contrato laboral de alta dirección, de fecha 19 de enero de 2008, relativo al puesto de “Director
Artístico del Museo”, formalizado en virtud del RD 1382/1985. La duración del citado contrato se
estableció en cinco años, pudiendo ser renovado, como máximo, por otros dos periodos de igual
duración. Posteriormente, se suscribió entre las partes un documento denominado “Prórroga de
contrato de alta dirección en Entidades del Sector Público Estatal distintas de las Sociedades
Mercantiles Estatales conforme a lo establecido en el RDL 3/2012, y a lo establecido en el RD
451/2012”, por el que se contrató al directivo para que desempeñase el cargo de “Director”, siendo
su duración de cinco años renovables por otro periodo de igual duración. Por último, al
vencimiento de la anterior prórroga se acordó otra, de fecha 19 de enero de 2018, cuya duración
29
Para cubrir la vacante de la Subdirección Artística se ha procedido, en el mes de septiembre de 2019, a la aprobación
y publicación de una convocatoria pública. Dicho puesto ha sido cubierto en 2020, por lo que su cobertura ha quedado
fuera del ámbito temporal de esta fiscalización.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
2.181. En lo referente a la designación del personal directivo, el artículo 15 del Estatuto se
expresa, como se ha señalado en el punto 2.177 de este Informe, en términos similares al EBEP
sobre la necesidad de respetar los principios de mérito, capacidad, idoneidad, publicidad y
concurrencia. Sin embargo, el MNCARS no ha aportado documentación que acredite el
cumplimiento de estos principios29.