III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1883
2.122. El ICEX no ha cumplido el artículo 10.2 del RD 451/2012, ya que en la página web no
figuran las retribuciones del personal directivo18.
II.6.5. Resultados relativos a igualdad de género
2.123. El Consejo de Administración del ICEX contaba con nueve mujeres y cinco hombres, lo que
supone una distribución muy cercana a los estándares marcados por la LOIEMH. En cambio, esta
composición equilibrada no se ha alcanzado en los puestos directivos ocupados a través de un
contrato de alta dirección, con una distribución de cuatro mujeres y trece hombres.
II.7. INSTITUTO CERVANTES
II.7.1. Antecedentes
2.124. El Instituto Cervantes (IC) se regula por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea
el Instituto, y por su Reglamento aprobado por el Real Decreto 1526/1999, de 1 de octubre. Se
instituyó para promover universalmente la enseñanza, el estudio y el uso del español y contribuir a
la difusión de las culturas hispánicas en el exterior. En sus actividades atiende al patrimonio
lingüístico y cultural que es común a los países y pueblos de la comunidad hispanohablante. Está
presente, a través de sus centros y aulas, en ochenta y ocho ciudades de cuarenta y cinco países
de los cinco continentes.
2.125. El IC, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de su Ley de creación, es una entidad
pública sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento
de sus fines, que ajusta sus actividades al ordenamiento jurídico privado. Está adscrito al Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto 644/2020, de 7
de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado Ministerio.
2.126. Los órganos rectores del IC son, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del
Reglamento, el Patronato, el Consejo de Administración y el Director. El Patronato está formado
por los siguientes miembros: a) nueve vocales natos en función de su cargo más los autores
galardonados con el premio Miguel de Cervantes de Literatura, creado por Orden de 15 de
septiembre de 1975; b) veintidós vocales nombrados por el Gobierno, a propuesta conjunta de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Educación, Cultura y Deporte y c) el
Secretario General del Instituto, quien lo será también del Patronato, con voz pero sin voto19. La
Presidencia de Honor del Patronato corresponde a Su Majestad el Rey, y a la Presidencia del
Gobierno le corresponde la Presidencia Ejecutiva del Patronato.
2.127. El Director del Instituto será nombrado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15
del Reglamento, por el Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, y a propuesta conjunta de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de
Educación, Cultura y Deporte20. Entre las funciones encomendadas al Director por el artículo 16
La inclusión en la página web de información agregada de las remuneraciones del personal directivo, invocada en las
alegaciones del ICEX a este punto, no es suficiente a efectos del cumplimiento de la normativa citada.
19 Tras la reestructuración de los Departamentos Ministeriales efectuada por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, son
doce los vocales natos del Patronato en función de su cargo y los veintidós vocales nombrados por el Gobierno son
propuestos conjuntamente por los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de Educación y
Formación Profesional, y de Cultura y Deporte.
20 Actualmente el Director se nombra a iniciativa de los titulares del Ministerio de Educación y Formación Profesional y
del Ministerio de Cultura y Deporte, a propuesta de los titulares del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, del Ministerio de Educación y Formación Profesional y del Ministerio de Cultura y Deporte, y previa
deliberación del Consejo de Ministros. Informa el Instituto que se está tramitando en la actualidad una modificación de
sus órganos rectores para adecuarlos a la nueva estructura orgánica de los Ministerios.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1883
2.122. El ICEX no ha cumplido el artículo 10.2 del RD 451/2012, ya que en la página web no
figuran las retribuciones del personal directivo18.
II.6.5. Resultados relativos a igualdad de género
2.123. El Consejo de Administración del ICEX contaba con nueve mujeres y cinco hombres, lo que
supone una distribución muy cercana a los estándares marcados por la LOIEMH. En cambio, esta
composición equilibrada no se ha alcanzado en los puestos directivos ocupados a través de un
contrato de alta dirección, con una distribución de cuatro mujeres y trece hombres.
II.7. INSTITUTO CERVANTES
II.7.1. Antecedentes
2.124. El Instituto Cervantes (IC) se regula por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea
el Instituto, y por su Reglamento aprobado por el Real Decreto 1526/1999, de 1 de octubre. Se
instituyó para promover universalmente la enseñanza, el estudio y el uso del español y contribuir a
la difusión de las culturas hispánicas en el exterior. En sus actividades atiende al patrimonio
lingüístico y cultural que es común a los países y pueblos de la comunidad hispanohablante. Está
presente, a través de sus centros y aulas, en ochenta y ocho ciudades de cuarenta y cinco países
de los cinco continentes.
2.125. El IC, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de su Ley de creación, es una entidad
pública sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento
de sus fines, que ajusta sus actividades al ordenamiento jurídico privado. Está adscrito al Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto 644/2020, de 7
de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado Ministerio.
2.126. Los órganos rectores del IC son, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del
Reglamento, el Patronato, el Consejo de Administración y el Director. El Patronato está formado
por los siguientes miembros: a) nueve vocales natos en función de su cargo más los autores
galardonados con el premio Miguel de Cervantes de Literatura, creado por Orden de 15 de
septiembre de 1975; b) veintidós vocales nombrados por el Gobierno, a propuesta conjunta de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Educación, Cultura y Deporte y c) el
Secretario General del Instituto, quien lo será también del Patronato, con voz pero sin voto19. La
Presidencia de Honor del Patronato corresponde a Su Majestad el Rey, y a la Presidencia del
Gobierno le corresponde la Presidencia Ejecutiva del Patronato.
2.127. El Director del Instituto será nombrado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15
del Reglamento, por el Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, y a propuesta conjunta de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de
Educación, Cultura y Deporte20. Entre las funciones encomendadas al Director por el artículo 16
La inclusión en la página web de información agregada de las remuneraciones del personal directivo, invocada en las
alegaciones del ICEX a este punto, no es suficiente a efectos del cumplimiento de la normativa citada.
19 Tras la reestructuración de los Departamentos Ministeriales efectuada por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, son
doce los vocales natos del Patronato en función de su cargo y los veintidós vocales nombrados por el Gobierno son
propuestos conjuntamente por los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de Educación y
Formación Profesional, y de Cultura y Deporte.
20 Actualmente el Director se nombra a iniciativa de los titulares del Ministerio de Educación y Formación Profesional y
del Ministerio de Cultura y Deporte, a propuesta de los titulares del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, del Ministerio de Educación y Formación Profesional y del Ministerio de Cultura y Deporte, y previa
deliberación del Consejo de Ministros. Informa el Instituto que se está tramitando en la actualidad una modificación de
sus órganos rectores para adecuarlos a la nueva estructura orgánica de los Ministerios.
cve: BOE-A-2023-334
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