III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1869

2.63. En la página web de la CNMV no constan adecuadamente publicadas las retribuciones del
personal directivo, incumpliendo lo preceptuado en el artículo 10.2 del RD 451/201213.
2.64. Por lo que se refiere a la obligación de información pública de las indemnizaciones por cese
requerida por el artículo 8.1.f) de la LTAIPBG, la página web de la CNMV remite a la página inicial
del Portal de Transparencia de la AGE.
II.3.5. Resultados relativos a igualdad de género
2.65. El Consejo de la CNMV, excluyendo los dos Consejeros que lo son por razón de su cargo,
contaba con dos mujeres y tres hombres, dentro del intervalo correspondiente a la composición
equilibrada definida en la LOIEMH. Asimismo, en los puestos directivos había tres mujeres y cinco
hombres, lo que supone una distribución muy cercana a los estándares marcados por la LOIEMH.
II.4. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
II.4.1. Antecedentes
2.66. El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) se creó, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 1 de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del CSN, como un ente de derecho
público, independiente de la AGE, con personalidad jurídica y patrimonio propio. En cumplimiento
del mandato contenido en el artículo 1 de la citada Ley, mediante el Real Decreto 1157/1982, de
30 de abril, se aprobó el Estatuto del CSN, cuya redacción actual es la aprobada por el Real
Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre.
2.67. El CSN es la autoridad competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica,
encargada de proteger a los trabajadores, la población y el medio ambiente de los efectos nocivos
de las radiaciones ionizantes, propiciando que las instalaciones nucleares y radiactivas sean
operadas por los titulares de forma segura, y estableciendo las medidas de prevención y
corrección frente a emergencias radiológicas, cualquiera que sea su origen. Las relaciones que,
en el ejercicio de sus funciones, el CSN establezca con el Gobierno se desarrollarán a través del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud del Real Decreto
500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado
Ministerio.

2.69. El Pleno está compuesto por el Presidente y cuatro Consejeros, nombrados todos ellos por
el Gobierno, mediante Real Decreto, a propuesta del actual Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico, previa comparecencia de la persona propuesta para el cargo ante la
correspondiente Comisión del Congreso de los Diputados. El Presidente del Pleno ejerce de
Presidente del CSN. El titular de la Secretaría General y los titulares de las Direcciones Técnicas
de Seguridad Nuclear y de Protección Radiológica son igualmente designados por el Gobierno, a
propuesta del titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y previo
informe favorable del Pleno.
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Como se informa en las alegaciones, en la memoria de las cuentas anuales de la CNMV figura la cuantía total de las
retribuciones percibidas por los Directores Generales y por los Directores de Departamento, sin individualizar por
Dirección. Esta forma de publicitar agregada la información de los Directores no cumple adecuadamente con lo
preceptuado en el artículo 10.2 del RD 451/2012.

cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es

2.68. En virtud de lo dispuesto en los artículos 22 y 23 del Estatuto, los órganos superiores de
dirección del CSN son el Pleno y la Presidencia, siendo el resto de órganos de dirección los
siguientes: a) la Secretaría General; b) la Dirección Técnica de Seguridad Nuclear; c) la Dirección
Técnica de Protección Radiológica; d) la Dirección del Gabinete Técnico de la Presidencia y e)
nueve Subdirecciones.