III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1862
indemnizar a la CNMC con una cantidad equivalente a la retribución que hubiera debido percibir
durante el periodo de preaviso incumplido. En el ejercicio 2019, el Director de Energía cesó a
petición propia sin que conste en su expediente un escrito formal de comunicación de su cese a la
CNMC10.
II.2.3. Resultados relativos a compensaciones e indemnizaciones de altos cargos y
directivos
2.31. El artículo 22.4 de la Ley 3/2013 establece que los miembros del Consejo de la CNMC no
podrán ejercer, durante los dos años posteriores a su cese, actividad profesional privada alguna
relacionada con los sectores regulados y la actividad de la CNMC. En virtud de esta limitación, y
de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la LAC, al cesar en su cargo por renuncia,
expiración del término de su mandato o incapacidad permanente para el ejercicio de sus
funciones, los miembros del Consejo tendrán derecho a percibir, a partir del mes siguiente a aquel
en que se produzca su cese y durante un plazo igual al que hubieran desempeñado su cargo, con
el límite máximo de dos años, una compensación económica mensual igual a la doceava parte del
ochenta por ciento del total de retribuciones asignadas al cargo respectivo en el presupuesto en
vigor durante el plazo indicado.
2.32. En el ejercicio 2017, y en el marco de la renovación de los miembros del Consejo, cesaron
por acuerdo del Gobierno cinco de los ocho Consejeros, siendo tres de ellos los que optaron por
percibir la compensación tras el cese. El detalle de los importes percibidos por dicho concepto en
2019 figura en el Cuadro 4.
2.33. Los pagos efectuados por la CNMC como consecuencia de las indemnizaciones
compensatorias por cese a los altos cargos se tramitaron con cargo al capítulo 4, transferencias
corrientes, del presupuesto de gastos. En la contabilidad económico-patrimonial, la CNMC
provisionó estas indemnizaciones por importe de 1.295.484,78 euros.
Cuadro 4: Detalle de los gastos por compensación económica tras el cese en la CNMC
(en euros)
Consejero
Fecha de cese
Gasto en 2019
Nº orden 1
Nº orden 2
Nº orden 3
01/07/2017
22/09/2017
22/09/2017
44.918,46
67.405,11
67.405,11
Total
179.728,68
Fuente: Elaboración propia con la documentación aportada por la CNMC.
2.35. La Ley 3/2012 señala que la extinción, por desistimiento del empresario, de los contratos
mercantiles y de alta dirección, únicamente dará lugar a una indemnización no superior a siete
días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis
10
El argumento invocado en las alegaciones de la CNMC, según el cual la entidad había sido informada por el citado
Director de su voluntad de incorporarse a un nuevo destino, no justifica el incumplimiento del deber de preaviso en la
forma y en el plazo establecidos en el contrato. Teniendo en cuenta el importe de las retribuciones mensuales del citado
directivo, la indemnización debería haber ascendido a 23.910 euros.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
2.34. La forma en la que el citado artículo 22.4 de la Ley 3/2013 define el momento en que se
devenga la compensación económica determina que, pese a lo señalado en las alegaciones de la
CNMC a este punto, la provisión debería estar completamente dotada transcurridos dos años
desde la fecha del nombramiento de los miembros del Consejo. Sin embargo, la CNMC distribuye
su dotación durante los seis años de su mandato. Así, la provisión dotada a 31 de diciembre de
2019 ascendía a 1.295.484,78 euros, cuando el importe por el que debía estar dotada era de
1.807.721,23 euros. Es decir, la provisión al cierre de 2019 estaba infradotada en 512.236,45
euros.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1862
indemnizar a la CNMC con una cantidad equivalente a la retribución que hubiera debido percibir
durante el periodo de preaviso incumplido. En el ejercicio 2019, el Director de Energía cesó a
petición propia sin que conste en su expediente un escrito formal de comunicación de su cese a la
CNMC10.
II.2.3. Resultados relativos a compensaciones e indemnizaciones de altos cargos y
directivos
2.31. El artículo 22.4 de la Ley 3/2013 establece que los miembros del Consejo de la CNMC no
podrán ejercer, durante los dos años posteriores a su cese, actividad profesional privada alguna
relacionada con los sectores regulados y la actividad de la CNMC. En virtud de esta limitación, y
de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la LAC, al cesar en su cargo por renuncia,
expiración del término de su mandato o incapacidad permanente para el ejercicio de sus
funciones, los miembros del Consejo tendrán derecho a percibir, a partir del mes siguiente a aquel
en que se produzca su cese y durante un plazo igual al que hubieran desempeñado su cargo, con
el límite máximo de dos años, una compensación económica mensual igual a la doceava parte del
ochenta por ciento del total de retribuciones asignadas al cargo respectivo en el presupuesto en
vigor durante el plazo indicado.
2.32. En el ejercicio 2017, y en el marco de la renovación de los miembros del Consejo, cesaron
por acuerdo del Gobierno cinco de los ocho Consejeros, siendo tres de ellos los que optaron por
percibir la compensación tras el cese. El detalle de los importes percibidos por dicho concepto en
2019 figura en el Cuadro 4.
2.33. Los pagos efectuados por la CNMC como consecuencia de las indemnizaciones
compensatorias por cese a los altos cargos se tramitaron con cargo al capítulo 4, transferencias
corrientes, del presupuesto de gastos. En la contabilidad económico-patrimonial, la CNMC
provisionó estas indemnizaciones por importe de 1.295.484,78 euros.
Cuadro 4: Detalle de los gastos por compensación económica tras el cese en la CNMC
(en euros)
Consejero
Fecha de cese
Gasto en 2019
Nº orden 1
Nº orden 2
Nº orden 3
01/07/2017
22/09/2017
22/09/2017
44.918,46
67.405,11
67.405,11
Total
179.728,68
Fuente: Elaboración propia con la documentación aportada por la CNMC.
2.35. La Ley 3/2012 señala que la extinción, por desistimiento del empresario, de los contratos
mercantiles y de alta dirección, únicamente dará lugar a una indemnización no superior a siete
días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis
10
El argumento invocado en las alegaciones de la CNMC, según el cual la entidad había sido informada por el citado
Director de su voluntad de incorporarse a un nuevo destino, no justifica el incumplimiento del deber de preaviso en la
forma y en el plazo establecidos en el contrato. Teniendo en cuenta el importe de las retribuciones mensuales del citado
directivo, la indemnización debería haber ascendido a 23.910 euros.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
2.34. La forma en la que el citado artículo 22.4 de la Ley 3/2013 define el momento en que se
devenga la compensación económica determina que, pese a lo señalado en las alegaciones de la
CNMC a este punto, la provisión debería estar completamente dotada transcurridos dos años
desde la fecha del nombramiento de los miembros del Consejo. Sin embargo, la CNMC distribuye
su dotación durante los seis años de su mandato. Así, la provisión dotada a 31 de diciembre de
2019 ascendía a 1.295.484,78 euros, cuando el importe por el que debía estar dotada era de
1.807.721,23 euros. Es decir, la provisión al cierre de 2019 estaba infradotada en 512.236,45
euros.