III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-333)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del coste para CRTVE de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la aplicación del Real Decreto-ley 4/2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1777
1.14. En el ejercicio de las mismas, y de las facultades de administración y representación de la
Corporación, la citada administradora ha venido procediendo desde la fecha de su toma de
posesión a adoptar decisiones diversas en materia de organización del personal de la Entidad,
creación y amortización de puestos, y de ceses y nombramientos en el colectivo integrante del
personal directivo de RTVE, tal y como inicialmente se desprendía del contenido de la
comparecencia de aquella ante la Comisión Mixta de las Cortes Generales de Control
Parlamentario de la Corporación RTVE y sus sociedades, de fecha 25 de septiembre de 2018, lo
que posteriormente se ha visto confirmado con motivo del desarrollo de los trabajos
correspondientes a esta fiscalización.
1.15. El análisis comparativo de las cuentas de 2017 y 2018 rendidas por la Entidad permite
analizar la evolución del número de personas empleadas al cierre de cada uno de los dos
ejercicios. Así, la CRTVE disponía de unos efectivos de 170 directivos en 2017 y de 171 en 2018,
contando en ambos ejercicios con un Presidente de la Entidad o administrador. El personal
administrativo pasó de estar compuesto por 1.020 personas en 2017 a 1.023 en 2018, contando el
personal técnico con 4.691 efectivos en 2017 y con 4.677 en 2018. Finalmente, el personal
eventual pasó de un total de 413 efectivos en 2017 a 586, en 2018, con un incremento del
41,89%. En resumen, la plantilla contaba con un total de 6.295 personas al cierre de 2017 y de
6.458 al final de 2018, experimentando por tanto un crecimiento del 2,59%. A la fecha de
finalización de los trabajos de la presente fiscalización no se disponía de los correlativos datos
correspondientes al año 2019.
I.3. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.16. El ámbito subjetivo está constituido por la CRTVE, entidad que tiene atribuida la gestión del
servicio público de radio y televisión estatal en los términos definidos en la LRTTE, norma de
creación de la Corporación y también de sus filiales, la Sociedad Mercantil Estatal Televisión
Española, SA y la Sociedad Mercantil Estatal Radio Nacional de España, SA.
1.17. La CRTVE es una sociedad mercantil estatal, con especial autonomía respecto de la
Administración General del Estado, de las previstas en el Capítulo V del Título II, artículos 111 a
117, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como entidad
dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar. Así, el artículo 5.3 de la LRTTE prevé
que la Corporación RTVE gozará de autonomía en su gestión y actuará con independencia
funcional respecto del Gobierno y de la Administración General del Estado, contemplando su
artículo 39 el control por parte de las Cortes Generales sobre la actuación de la Corporación. En el
periodo fiscalizado y en la actualidad el capital social de la Corporación RTVE pertenece en un
100% a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
1.19. El ámbito temporal de la fiscalización comprende desde el 30 de julio de 2018, fecha de la
toma de posesión de la administradora única de la CRTVE, hasta el 31 de diciembre de 2019, sin
perjuicio de la extensión de las verificaciones a fechas anteriores en la medida en que se haya
considerado necesario para el cumplimiento de los objetivos previstos.
I.4. OBJETIVOS, PROCEDIMIENTOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
1.20. De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización de
regularidad que se ha extendido a los objetivos propios de las fiscalizaciones de cumplimiento y
financiera, sin perjuicio de que de sus resultados hayan podido derivarse cuestiones relacionadas
cve: BOE-A-2023-333
Verificable en https://www.boe.es
1.18. El ámbito objetivo lo constituye la implantación de los nuevos equipos directivos de cada una
de las áreas de la Corporación, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 4/2018,
de 22 de junio, para la renovación urgente de RTVE, así como los despidos e indemnizaciones
derivados de dicho proceso, la situación del personal destituido y, finalmente, las posibles
incompatibilidades derivadas de procesos de ajuste de plantilla realizados anteriormente.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1777
1.14. En el ejercicio de las mismas, y de las facultades de administración y representación de la
Corporación, la citada administradora ha venido procediendo desde la fecha de su toma de
posesión a adoptar decisiones diversas en materia de organización del personal de la Entidad,
creación y amortización de puestos, y de ceses y nombramientos en el colectivo integrante del
personal directivo de RTVE, tal y como inicialmente se desprendía del contenido de la
comparecencia de aquella ante la Comisión Mixta de las Cortes Generales de Control
Parlamentario de la Corporación RTVE y sus sociedades, de fecha 25 de septiembre de 2018, lo
que posteriormente se ha visto confirmado con motivo del desarrollo de los trabajos
correspondientes a esta fiscalización.
1.15. El análisis comparativo de las cuentas de 2017 y 2018 rendidas por la Entidad permite
analizar la evolución del número de personas empleadas al cierre de cada uno de los dos
ejercicios. Así, la CRTVE disponía de unos efectivos de 170 directivos en 2017 y de 171 en 2018,
contando en ambos ejercicios con un Presidente de la Entidad o administrador. El personal
administrativo pasó de estar compuesto por 1.020 personas en 2017 a 1.023 en 2018, contando el
personal técnico con 4.691 efectivos en 2017 y con 4.677 en 2018. Finalmente, el personal
eventual pasó de un total de 413 efectivos en 2017 a 586, en 2018, con un incremento del
41,89%. En resumen, la plantilla contaba con un total de 6.295 personas al cierre de 2017 y de
6.458 al final de 2018, experimentando por tanto un crecimiento del 2,59%. A la fecha de
finalización de los trabajos de la presente fiscalización no se disponía de los correlativos datos
correspondientes al año 2019.
I.3. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.16. El ámbito subjetivo está constituido por la CRTVE, entidad que tiene atribuida la gestión del
servicio público de radio y televisión estatal en los términos definidos en la LRTTE, norma de
creación de la Corporación y también de sus filiales, la Sociedad Mercantil Estatal Televisión
Española, SA y la Sociedad Mercantil Estatal Radio Nacional de España, SA.
1.17. La CRTVE es una sociedad mercantil estatal, con especial autonomía respecto de la
Administración General del Estado, de las previstas en el Capítulo V del Título II, artículos 111 a
117, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como entidad
dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar. Así, el artículo 5.3 de la LRTTE prevé
que la Corporación RTVE gozará de autonomía en su gestión y actuará con independencia
funcional respecto del Gobierno y de la Administración General del Estado, contemplando su
artículo 39 el control por parte de las Cortes Generales sobre la actuación de la Corporación. En el
periodo fiscalizado y en la actualidad el capital social de la Corporación RTVE pertenece en un
100% a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
1.19. El ámbito temporal de la fiscalización comprende desde el 30 de julio de 2018, fecha de la
toma de posesión de la administradora única de la CRTVE, hasta el 31 de diciembre de 2019, sin
perjuicio de la extensión de las verificaciones a fechas anteriores en la medida en que se haya
considerado necesario para el cumplimiento de los objetivos previstos.
I.4. OBJETIVOS, PROCEDIMIENTOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
1.20. De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización de
regularidad que se ha extendido a los objetivos propios de las fiscalizaciones de cumplimiento y
financiera, sin perjuicio de que de sus resultados hayan podido derivarse cuestiones relacionadas
cve: BOE-A-2023-333
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1.18. El ámbito objetivo lo constituye la implantación de los nuevos equipos directivos de cada una
de las áreas de la Corporación, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 4/2018,
de 22 de junio, para la renovación urgente de RTVE, así como los despidos e indemnizaciones
derivados de dicho proceso, la situación del personal destituido y, finalmente, las posibles
incompatibilidades derivadas de procesos de ajuste de plantilla realizados anteriormente.