III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-333)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del coste para CRTVE de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la aplicación del Real Decreto-ley 4/2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1793

identifican los puestos que fueron afectados por las correspondientes decisiones de cambio de
dependencia.
2.65. Finalmente, en nueve supuestos se produjo el cambio de denominación del puesto directivo
correspondiente en ejecución de decisiones de naturaleza organizativa. Afectaron las mismas a
un alto directivo, tres directores de área y cinco subdirectores. De estos últimos citados, dos de
ellos fueron supuestos de reclasificación de los respectivos puestos de trabajo, pasando del nivel
de subdirector al de director equivalente, tal y como se señaló en el punto 2.52. En todos los
casos el cambio se formalizó, al igual que en el caso precedentemente descrito, por medio de la
suscripción de adendas a sus respectivos contratos en las que se identificaba la nueva
denominación del puesto, al tiempo que se declaraba que el resto de las condiciones
contractuales en su día acordadas permanecían invariables. En el Anexo VII se identifican los
puestos que fueron afectados por las correspondientes decisiones de cambio de denominación.
2.66. Finalmente, ha sido objeto de análisis si existe relación entre el incremento del número de
personal eventual habido en la CRTVE durante el ejercicio 2018 y las iniciativas adoptadas en la
Entidad a partir del 30 de julio de dicho año en relación con el nombramiento de los nuevos
equipos directivos. En relación con ello, cabe decir que el incremento de personal eventual en un
41,8% producido en el año 2018 en relación con el ejercicio 2017, al pasar de un contingente de
413 a unos efectivos totales de 586, no presenta vinculación directa alguna con las variaciones
producidas en la composición del personal directivo, en la medida en que el examen de la
composición del citado personal eventual permite afirmar que el mismo se integra sustancialmente
de redactores, mezcladores, auxiliares técnicos, operadores y soporte a la realización,
contratados todos ellos bajo fórmulas de interinidad, de prácticas y de colaboración externa,
según los casos, cuyo reclutamiento no resulta directamente vinculable con los cambios habidos
en la plantilla del personal directivo.
II.3. ANÁLISIS DE LOS COSTES ASOCIADOS A LOS CESES, NOMBRAMIENTOS Y OTRAS
MODIFICACIONES HABIDOS EN EL PERSONAL DIRECTIVO DE LA CRTVE DURANTE EL
PERIODO FISCALIZADO
II.3.1. Análisis de los costes asociados a los ceses y nombramientos habidos en el personal
directivo considerado como de alta dirección

2.68. En lo que al personal de alta dirección concierne, debe traerse a colación que, tal y como fue
expuesto en el punto 2.55, durante el ámbito temporal al que se extiende la fiscalización fue
acordado el cese de los ocho directivos que mantenían contrato de alta dirección con la CRTVE a
fecha de 30 de julio de 2018, seis de los cuales fueron cesados entre el 31 de julio y el 4 de
septiembre, ambos del citado año, uno lo fue el 26 de marzo de 2019 y el del último de ellos se
produjo el 3 de septiembre de 2019. Seis de ellos se desvincularon de la CRTVE con ocasión de
su respectivo cese, en tanto que uno de los mismos continuó su relación laboral con aquella dada
su condición de personal integrante de la plantilla, siéndole inicialmente asignado un puesto no
directivo al que, por tanto, le resultaba de aplicación el CCRTVE. El que resta de los ocho altos

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2.67. En primer lugar, y pese a que la administradora provisional única carece de la naturaleza
jurídica de personal de alta dirección, dado el carácter mercantil de su relación de arrendamiento
de servicios con la CRTVE, se considera oportuno dar por reproducido en este momento el
contenido de los puntos 2.7 y 2.8 del presente Informe, en los que se afirma que, en cuanto a
retribuciones se refiere, la implantación del nuevo modelo de administración de la entidad
fiscalizada derivado de la aplicación del Real Decreto-ley 4/2018 no ha venido suponiendo
incremento de coste alguno para la Entidad durante el periodo fiscalizado en términos de
comparación con la anterior figura del Presidente del Consejo de Administración, ello sin perjuicio
de lo expuesto en relación con la citada renuncia a la remuneración variable correspondiente al
ejercicio 2018 y con las dietas de asistencia al Consejo de Administración de los consejeros, hoy
día inexistentes.