III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-332)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1599

Para los ejercicios 2016 y 2017 se fijaron cuatro objetivos, pero ante la imposibilidad de llevar a
cabo en 2017 el proyecto de “simplificación del proceso de contratación” incluido en el objetivo 3,
este se excluyó de la valoración y su ponderación se distribuyó entre el resto de los proyectos
contenidos en el citado objetivo. Los informes de cumplimiento de objetivos estratégicos de 2015,
2016 y 2017 consideraron que los objetivos se habían cumplido al 100 %, la DGPE manifestó su
conformidad y fueron aprobados por el Consejo de Administración.
Las nóminas del personal de alta dirección para los ejercicios 2016 y 2017, son acordes con los
conceptos retributivos establecidos en los contratos, distribuidos en doce o catorce pagas,
además de otros conceptos que coinciden con las cantidades reflejadas en modelo 190, excepto
las retribuciones en especie del director de Tecnologías de la información y la comunicación que
en nómina ascienden a 4.195,44 euros en especie y en el modelo 190 figuran por 4.015,44 euros,
dentro de las retribuciones exentas.
En las nóminas de 2016 y 2017 no se abonaron los incrementos del 1 % previstos en las
respectivas LPGE para esos ejercicios. La subida de 2016 autorizada por la DGPE para el
personal directivo en diciembre de 2016 se abonó en la nómina del mes de junio de 2017, que
incluyó los atrasos del periodo enero-diciembre de 2016 y de los meses de enero a mayo de 2017,
y el incremento del 1 % de 2017, autorizado por la DGPE en noviembre de 2017, quedó pendiente
de abono en el ejercicio. Además de las retribuciones pactadas en los contratos, en el ejercicio
2016 se abonó, en concepto de trienios y antigüedad se percibieron 29.523,18 euros y las
retribuciones en especie de los dos directivos que las tienen reconocidas y que se encuentran
exentas de IRPF alcanzaron 8.819,96 euros. En el ejercicio 2017, el importe abonado en concepto
de antigüedad y trienios ascendió a 28.915,93 euros y las retribuciones en especie a 8.840,52
euros; además SELAE abonó 12.141,55 euros en concepto de finiquitos e indemnizaciones por
falta de preaviso en los ceses correspondientes a las bajas producidas en 2017.
En relación con el cumplimiento de la obligación de remitir a la SGEPE las fichas con los datos
relativos a las retribuciones anuales de cada ejercicio presupuestario del personal directivo, que
deben remitirse cumplimentadas en el primer trimestre de cada año y, en todo caso, siempre que
haya una modificación en la estructura organizativa y / o salarial y retributiva, las retribuciones de
las fichas de 2016 y 2017 proporcionadas por SELAE no contemplan las revisiones salariales del
1 % correspondientes a los citados ejercicios. A pesar de que en los escritos de autorización
remitidos por la DGPE a SELAE solicitó que, una vez acordado el incremento, se remitieran las
nuevas fichas con los datos actualizados, la Sociedad no ha acreditado el envío de las fichas
actualizadas con las retribuciones de 2016 y 2017 a la SGEPE de la DGPE a los efectos del
Registro del Personal Directivo.
Para los gastos de viaje de su personal, SELAE dispone de dos Resoluciones por las que se
establece el procedimiento que debe seguirse. La primera, de 23 de julio de 2014 hasta 14 de
junio de 2016, de acuerdo con lo establecido en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, y las Instrucciones de la DGPE de 13 de abril de 2014; y la
segunda, de aplicación desde el 23 de junio de 2016. En ambas Resoluciones se clasifica al
personal de SELAE en los siguientes grupos: Presidenta, Grupo 1 para el personal directivo y
subdirectores y Grupo 2 para el resto del personal. En ambos documentos se establece que el
régimen de compensación en concepto de dietas, desplazamientos y demás análogos que se
derivan del desempeño de las funciones del máximo responsable y los directivos con contratos
mercantiles o de alta dirección de la Sociedad se ajustará a los previsto en la Orden del Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas HAP/1741/2015, de 31 de julio.
Además, el 27 de julio de 2016, la Presidenta de SELAE dictó una Resolución para regular, entre
otras, las autorizaciones de los gastos de asistencia a reuniones, conferencias y seminarios,
comidas de trabajo, gastos de transporte y gastos de viaje. En particular, la autorización de los
gastos de comida de trabajo derivados de la representación ante terceros correspondía a los
directivos, previa justificación de la identificación del número de comensales y de la empresa u
organismo a la que pertenecían los invitados, a excepción de las comidas justificadas
directamente por la Presidenta. En virtud de esta excepción, la Presidenta de SELAE presentó

cve: BOE-A-2023-332
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Núm. 4