III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-332)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1582

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En ENISA las dietas percibidas se corresponden con la cuantía máxima anual autorizada para
las sociedades del Grupo 3, inferior a los importes fijados en la Orden de 30 de marzo de 2012
del Ministro de Hacienda y Administraciones para las empresas del Grupo 2 al que pertenece
la Sociedad. Adicionalmente, se ha detectado el abono de dietas en el ejercicio 2016 por
importe de 6.854,56 euros a una perceptora que no formaba parte del Consejo de
administración en el período fiscalizado, ni en el ejercicio precedente.

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El Secretario de AC/E percibió en 2016, dietas de asistencia por once sesiones, aunque
excusó su asistencia en dos de ellas, ascendiendo el exceso de las dietas a 1.713,64 euros.

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ACUAES reconoció el devengo de las dietas por asistencia en función de las asistencias
reflejadas en las relaciones de ausencias/asistencias, habiéndose observado diferencias entre
las asistencias reflejadas en las relaciones y las actas del Consejo. La relación del ejercicio
2016 totaliza 122 asistencias -99 presenciales y 23 por delegación-, pero se devengaron
dietas por 123 asistencias. Conforme el acta de la reunión de 6 de octubre, la Vicepresidenta
no asistió pero consta como asistente en la relación, por lo que la Sociedad efectuó el ingreso
en el Tesoro Público por las dietas por la Vicepresidenta en esta sesión. En 2017, las
discrepancias afectan a tres sesiones: según las actas de 29 de marzo y de 26 de abril,
asistieron Consejeros que en la relación aparecen como ausentes; y conforme el acta de 29
de junio, un Consejero delegó el voto en la Presidenta, pero en la relación figura que concurrió
de forma presencial. Al igual que en ACUAMED, las dietas por asistencia a la CAC se
devengaron en función de la asistencia de sus miembros a las sesiones del Consejo de
administración, no de la citada Comisión.

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SEGIPSA no mantiene un criterio uniforme respecto al importe de la dieta por asistencia a las
sesiones. En el ejercicio 2016, el importe de la dieta individual varió a lo largo del ejercicio, en
las dos primeras sesiones fue de 942,50 euros a los miembros del Consejo y 1.094,50 euros
para los que, además, formaban parte de la CAC. Desde marzo a noviembre de ese año, las
dietas por sesión se redujeron a 856,42 euros para los Consejeros y a 995,00 para los
miembros de la CAC. Por último, en el mes de diciembre el importe de la dieta se redujo a
685,44 y 796,00 euros, respectivamente, hasta alcanzar el límite anual máximo autorizado. Sin
embargo, en el ejercicio 2017, las dietas se distribuyeron en once mensualidades iguales cuya
suma alcanzó el importe anual máximo autorizado. Al igual que en ACUAMED y en ACUAES,
las dietas de los miembros de CAC se devengan en función de las asistencias de sus
miembros a las sesiones del Consejo de administración.

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En el ejercicio 2017, dos Consejeros de EXPASA que asistieron a tres sesiones, pero
percibieron 2.284 euros que corresponde a cinco sesiones, superior a los 1.869,27 euros que
les hubiera correspondido en función del número de asistencias7.

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En SECEGSA, debido a que en los ejercicios fiscalizados solo se celebraron seis reuniones
del Consejo, la dieta individual por asistencia ascendió a 1.142,33 euros, equivalente a la
sexta parte de la cuantía máxima anual autorizada por Orden 8 de enero de 2013 para las
sociedades del grupo 3, por lo que la dieta individual por cada sesión resultó superior a la de la
mayor parte de las sociedades del Grupo Patrimonio que, en su mayoría, tienen determinada
la dieta por asistencia en función del número de reuniones, resultando generalmente un
importe equivalente a la onceava parte de la cuantía máxima autorizada para su grupo de
calificación en la citada Orden.

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En 2016 y 2017, CANASA ingresó en el Tesoro Público los importes de las dietas devengadas
por la Presidenta del Consejo que ocupaba el cargo de Directora General de Agua en el
entonces Ministerio de Medio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Asimismo, ingresó

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No se admite la alegación porque los Consejeros afectados no pertenecían a la CAC.

cve: BOE-A-2023-332
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