III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-332)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio, ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1563

Sociedad centra su actividad en la conservación, mantenimiento y explotación de la yeguada
de su propiedad, desde el año 1990, denominada “Yeguada de la Cartuja - Hierro del Bocado”,
origen del caballo de pura raza española de estirpe cartujana. Su objeto social comprende la
producción y comercialización de productos agrícolas y ganaderos, así como la promoción,
edificación, venta y arrendamiento de inmuebles, viviendas y locales, desarrollando su
actividad principal, explotación agrícola y ganadera, en la provincia de Cádiz; no obstante,
según el acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de febrero de 2003, por el que la Sociedad se
adscribió a la DGPE, su actividad más relevante es la función instrumental de preservación de
razas autóctonas, respecto de la explotación comercial.
La actividad de EXPASA está subordinada a su singularidad, ya que lo relevante es su función
instrumental de preservación de las razas, que se justifica por el carácter netamente español
de la estirpe cartujana y su relación con la historia de España, pudiendo considerarse como el
núcleo fundamental del Caballo de Pura Raza Española. Pertenece íntegramente al Estado
Español y a finales del ejercicio 2016 contaba con capital social de 13,6 millones de euros que,
a finales de 2017, descendió a 9,8 millones. La Orden MINHAP de 30 de marzo de 2012
clasificó a EXPASA en el Grupo 3.
14) La compañía Rumasa S.M.E., S.A. en liquidación (RUMASA) se constituyó como sociedad
anónima en marzo de 1961, bajo la denominación de Ruíz-Mateos Hermanos, S.A. que en
1968 se modificó por la de Rumasa, S.A. El 23 de febrero de 1983, mediante Real Decreto Ley
2/83 –convalidado por la Ley de Expropiación forzosa 7/83, de 29 de junio-, se expropió el
Grupo empresarial del que era cabecera la Empresa por razones de utilidad pública e interés
social, pasando la titularidad de su capital social a ser propiedad del Estado Español. A partir
de entonces toda la actividad de la Empresa ha estado condicionada por la decisión de
privatizarla, una vez saneadas las compañías expropiadas, que culminó en 1990, pero con un
dilatado periodo de procesos contenciosos como consecuencia de las demandas interpuestas
por los antiguos accionistas del Grupo Rumasa, que finalizó el 24 de abril de 2014.
Concluido el proceso contencioso, el 13 de noviembre de 2015 el Consejo de Ministros adoptó
un acuerdo por el que se autorizó la extinción de la Sociedad Mercantil Estatal Rumasa, S.A., y
el 24 de noviembre de ese mismo año, la Junta General de accionistas acordó la disolución y la
apertura del proceso de liquidación de la Sociedad, el cese de los miembros del Consejo de
Administración, incluido el Presidente y el de la Secretaria no consejera. Se nombró liquidador
a la sociedad mercantil estatal Cofivacasa, S.A.U. y representante a su Administrador Único.
Durante el período fiscalizado, RUMASA presentó cuentas anuales abreviadas, aplicando los
criterios de empresa en liquidación. A 31 de diciembre de 2016 y 2017, la Sociedad contaba
con un capital social de 52,3 millones de euros, tras haber acordado la DGPE en el mes de
septiembre de 2016 reducir el capital en 49,9 millones mediante la amortización de las
acciones para la devolución de la aportación al Estado Español, socio único. La Orden
MINHAP de 30 de marzo de 2012 integró a RUMASA en el Grupo 3 de clasificación.
15) La Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de
Gibraltar, S.M.E., S.A. (SECEGSA) se constituyó el 26 de febrero de 1981 con forma de
sociedad anónima y duración indefinida, como consecuencia del Convenio de Cooperación
Científica y Técnica firmado en Madrid el 8 de noviembre de 1979 entre el Gobierno del Reino
de Marruecos y el Gobierno del Reino de España; el 24 de octubre de 1980 se firmó un
acuerdo complementario mediante el que los dos países decidieron concretar su cooperación
científica y técnica en el estudio en común del proyecto de enlace fijo Europa-África a través
del estrecho de Gibraltar. Para el cumplimiento de este objetivo ambos Gobiernos decidieron
crear una sociedad de estudios en cada uno de los países (SECEGSA en España y SNED
"Societe Nationale d’ Etudes du Detroit" en Marruecos), cuyo objeto social fuera la realización
de estudios sobre una comunicación fija entre Europa y África a través del Estrecho de
Gibraltar, y de los sistemas más adecuados para llevarla a cabo, así como la promoción del
proyecto en el ámbito nacional e internacional y cuantas operaciones puedan favorecer su
desarrollo o realización en España, Marruecos o países terceros.

cve: BOE-A-2023-332
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Núm. 4