III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-336)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los Presupuestos Generales del Estado, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2056
- Que la FPC dio traslado al despacho de abogados de los expedientes de reclamación de
deudas por reintegro de subvenciones.
5.87. Las verificaciones realizadas han puesto de manifiesto los siguientes resultados:
- En ocasiones las entidades religiosas que pueden solicitar las ayudas de la línea 2 no contaban
con recursos económicos y materiales adecuados para la gestión y justificación de las mismas,
lo que incrementaba la dificultad para recobrar, en su caso, las cantidades adeudadas por
reintegro de subvenciones.
cve: BOE-A-2023-336
Verificable en https://www.boe.es
- La dispersión de las entidades solicitantes de ayudas de la convocatoria de la línea 2 hace
necesario que se adecuen las bases reguladoras mediante la introducción, entre los requisitos
exigidos, de alguna medida de garantía (aval financiero o afianzamiento, por ejemplo) que
limite las dificultades existentes para obtener el reintegro de los fondos públicos.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2056
- Que la FPC dio traslado al despacho de abogados de los expedientes de reclamación de
deudas por reintegro de subvenciones.
5.87. Las verificaciones realizadas han puesto de manifiesto los siguientes resultados:
- En ocasiones las entidades religiosas que pueden solicitar las ayudas de la línea 2 no contaban
con recursos económicos y materiales adecuados para la gestión y justificación de las mismas,
lo que incrementaba la dificultad para recobrar, en su caso, las cantidades adeudadas por
reintegro de subvenciones.
cve: BOE-A-2023-336
Verificable en https://www.boe.es
- La dispersión de las entidades solicitantes de ayudas de la convocatoria de la línea 2 hace
necesario que se adecuen las bases reguladoras mediante la introducción, entre los requisitos
exigidos, de alguna medida de garantía (aval financiero o afianzamiento, por ejemplo) que
limite las dificultades existentes para obtener el reintegro de los fondos públicos.