III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-336)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los Presupuestos Generales del Estado, ejercicio 2017.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2055
5.80. Al año siguiente, en caso de no haberse obtenido resultados satisfactorios en cuanto a la
cantidad reclamada, la Fundación da traslado del expediente al despacho de abogados para el
inicio de las actuaciones de reclamación en los ámbitos extrajudicial y, llegado el caso, judicial34.
5.81. La relación de entidades que mantuvieron deuda pendiente de cobro cuyo origen fueron
subvenciones que debían ser reintegradas a la FPC por incumplimientos de las condiciones de
concesión de los ejercicios 2005 al 2017 se componía de 129 comunidades religiosas. De ellas,
34 cancelaron sus deudas con anterioridad al periodo fiscalizado; 19 habían cancelado la totalidad
de la deuda durante el ejercicio 2017; 12 habían devuelto parte de la deuda; y 64 comunidades
seguían manteniendo invariables sus cantidades adeudadas.
5.82. Los saldos deudores, al cierre del ejercicio 2017, mantenidos con la FPC por las confesiones
religiosas, derivados de subvenciones concedidas que debieron reintegrarse, se recogen en el
Cuadro 21.
Cuadro 21: Saldos deudores por reintegro de subvenciones
(importe en euros)
Confesión
Islámica
Evangélica
Total
(A)
Deuda
109.540
19.924
(B)
Cobrado
25.491
10.438
(C)
Pendiente
84.050
9.486
C/A
76,7%
47,6%
129.464
35.929
93.536
72,2%
Fuente: Elaboración propia a partir de los registros contables de la FPC
5.83. Como se observa en el Cuadro 21, el 72,2% del importe de las deudas estaba pendiente de
cobro, siendo su origen convocatorias de los ejercicios 2006 a 2017. UCIDE es la federación que
integraba un mayor número de comunidades con deudas pendientes (94), con una deuda global
de 73.386 euros (lo que suponía un importe pendiente de recuperar del 77,5% de su deuda total).
5.84. A 31 de diciembre de 2017 la FPC registraba los referidos saldos deudores en la cuenta de
“deudores” por importe de 6.381 euros y en “deudores de dudoso cobro” por 88.280 euros. La
primera cuenta registró las deudas por devoluciones pendientes del ejercicio 2016 para las que no
se dotó provisión alguna. Pero incluía también un saldo deudor de 1.631 euros de la Federación
Islámica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que en la actualidad ya no existe. La
naturaleza de este saldo deudor y sus circunstancias hacen aconsejable registrarlo como
deudores de dudoso cobro y dotar la correspondiente provisión.
5.85. Por su parte, la cuenta “deudores de dudoso cobro” registraba las deudas por reintegros de
subvenciones originados entre los años 2006 y 2015, todos ellos correspondientes a ayudas de la
línea 2. La FPC registraba la cuenta “provisión para insolvencias de la actividad” por el mismo
importe de la cuenta deudora.
- Que los expedientes seleccionados para la fiscalización de las convocatorias de ayudas de
2017 no mantenían saldos deudores con la FPC y que la aplicación informática para la revisión
de la documentación de los solicitantes de las mismas disponía de los adecuados controles
para evitar esa posibilidad.
Como hecho posterior al periodo fiscalizado, en la actualidad se ha rescindido el contrato externo con el despacho
jurídico al considerar que, dados los importes unitarios reclamados y los costes del servicio, no resultaba eficiente este
procedimiento.
34
cve: BOE-A-2023-336
Verificable en https://www.boe.es
5.86. Se han realizado comprobaciones sobre los siguientes aspectos:
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2055
5.80. Al año siguiente, en caso de no haberse obtenido resultados satisfactorios en cuanto a la
cantidad reclamada, la Fundación da traslado del expediente al despacho de abogados para el
inicio de las actuaciones de reclamación en los ámbitos extrajudicial y, llegado el caso, judicial34.
5.81. La relación de entidades que mantuvieron deuda pendiente de cobro cuyo origen fueron
subvenciones que debían ser reintegradas a la FPC por incumplimientos de las condiciones de
concesión de los ejercicios 2005 al 2017 se componía de 129 comunidades religiosas. De ellas,
34 cancelaron sus deudas con anterioridad al periodo fiscalizado; 19 habían cancelado la totalidad
de la deuda durante el ejercicio 2017; 12 habían devuelto parte de la deuda; y 64 comunidades
seguían manteniendo invariables sus cantidades adeudadas.
5.82. Los saldos deudores, al cierre del ejercicio 2017, mantenidos con la FPC por las confesiones
religiosas, derivados de subvenciones concedidas que debieron reintegrarse, se recogen en el
Cuadro 21.
Cuadro 21: Saldos deudores por reintegro de subvenciones
(importe en euros)
Confesión
Islámica
Evangélica
Total
(A)
Deuda
109.540
19.924
(B)
Cobrado
25.491
10.438
(C)
Pendiente
84.050
9.486
C/A
76,7%
47,6%
129.464
35.929
93.536
72,2%
Fuente: Elaboración propia a partir de los registros contables de la FPC
5.83. Como se observa en el Cuadro 21, el 72,2% del importe de las deudas estaba pendiente de
cobro, siendo su origen convocatorias de los ejercicios 2006 a 2017. UCIDE es la federación que
integraba un mayor número de comunidades con deudas pendientes (94), con una deuda global
de 73.386 euros (lo que suponía un importe pendiente de recuperar del 77,5% de su deuda total).
5.84. A 31 de diciembre de 2017 la FPC registraba los referidos saldos deudores en la cuenta de
“deudores” por importe de 6.381 euros y en “deudores de dudoso cobro” por 88.280 euros. La
primera cuenta registró las deudas por devoluciones pendientes del ejercicio 2016 para las que no
se dotó provisión alguna. Pero incluía también un saldo deudor de 1.631 euros de la Federación
Islámica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que en la actualidad ya no existe. La
naturaleza de este saldo deudor y sus circunstancias hacen aconsejable registrarlo como
deudores de dudoso cobro y dotar la correspondiente provisión.
5.85. Por su parte, la cuenta “deudores de dudoso cobro” registraba las deudas por reintegros de
subvenciones originados entre los años 2006 y 2015, todos ellos correspondientes a ayudas de la
línea 2. La FPC registraba la cuenta “provisión para insolvencias de la actividad” por el mismo
importe de la cuenta deudora.
- Que los expedientes seleccionados para la fiscalización de las convocatorias de ayudas de
2017 no mantenían saldos deudores con la FPC y que la aplicación informática para la revisión
de la documentación de los solicitantes de las mismas disponía de los adecuados controles
para evitar esa posibilidad.
Como hecho posterior al periodo fiscalizado, en la actualidad se ha rescindido el contrato externo con el despacho
jurídico al considerar que, dados los importes unitarios reclamados y los costes del servicio, no resultaba eficiente este
procedimiento.
34
cve: BOE-A-2023-336
Verificable en https://www.boe.es
5.86. Se han realizado comprobaciones sobre los siguientes aspectos: