III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-336)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los Presupuestos Generales del Estado, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2018

propuesta formulada por la DGP, de los certificados emitidos por la DGTPF, la AEAT y la
Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, dicta la resolución correspondiente.
Con carácter previo a la resolución, notifica a la Conferencia Episcopal la propuesta de
liquidación para que en el plazo de 10 días alegue, en su caso, lo que convenga a su derecho.

- El acuerdo definitivo se notifica por último a la Iglesia Católica para su conocimiento y a la
DGTPF para que proceda, en el plazo de 15 días, a expedir las propuestas de mandamiento de
pago, en caso de acuerdos de saldos deudores, y para su consideración en la minoración de
los pagos a cuenta del ejercicio corriente, en caso de acuerdos de saldos acreedores.
2.17. En el año 2017, ambas liquidaciones (provisional y definitiva) se realizaron en los plazos
establecidos, cumpliendo cada uno de los actores involucrados con lo establecido en la normativa.
Las resoluciones dictadas por el Secretario de Estado acordando las liquidaciones provisional de
2016 y definitiva de 2015 se emitieron los días 19 de diciembre de 2017 y 17 de mayo de 2017
respectivamente. La Conferencia Episcopal Española mostró su conformidad a ambas propuestas
de liquidación presentadas; además, y como ha venido sucediendo en los últimos años, solicitó
información desglosada por delegaciones de la AEAT, tramos de rentas, edad, tipo de declaración
y sexo del declarante.

2.18. El Cuadro 4 muestra el cálculo y abono de las liquidaciones provisional y definitiva de 2015.
Los saldos de las liquidaciones provisional y definitiva de 2015, de acuerdo con el procedimiento
anteriormente descrito. fueron de 249.162.060,74 euros y 249.614.607,55 euros, respectivamente.
Respecto de la liquidación provisional, en enero de 2017 la DGTPF procedió al abono de
89.967.467,30 euros (diferencia entre la liquidación provisional y las entregas a cuenta
efectuadas: 159.194.593,44). Respecto de la liquidación definitiva, la DGTPF efectuó un pago por
452.546,81 euros en el mes de junio (diferencia entre el saldo de la liquidación definitiva y la
provisional).
Cuadro 4: Asignación tributaria a la Iglesia Católica ejercicio fiscal 2015 (0,7% cuota
tributaria IRPF) con repercusión en el ejercicio presupuesto 2017

Conceptos/ Datos Certificados Tributarios
Certificado AEAT
Certificado Diputación Foral de Álava
Certificado Diputación Foral de Guipúzcoa
Certificado Diputación Foral de Vizcaya
Certificado Hacienda Tributaria de Navarra
Total asignación Iglesia Católica ejercicio tributario
2015
Entregas a cuenta 2015
Pago liquid. provisional 2015
Pago liquid. definitiva 2015
Fuente: Elaboración propia

Saldo
Liquidación
Provisional
2015

Saldo
Liquidación
Definitiva
2015

227.273.788,21 227.659.844,85
2.776.797,86
2.782.884,54
4.518.948,85
4.521.591,39
9.872.630,15
9.929.970,46
4.719.895,67
4.720.316,31
249.162.060,74 249.614.607,55

II.3.3. Liquidaciones de saldo provisional y definitivo: cálculo

Pago (+)/
Compensación (-)
386.056,64
6.086,68
2.642,54
57.340,31
420,64
159.194.593,44
89.967.467,30
452.546,81

2.19. La Orden EHA/2760/2008 establece que la AEAT expedirá un certificado acreditativo del
importe provisional de la asignación tributaria correspondiente a la Iglesia Católica como
consecuencia de las declaraciones del IRPF devengado en el período impositivo cerrado el año
anterior (n-1) y presentadas en el año corriente (n), en las que conste manifestación expresa de la
voluntad de contribuir al sostenimiento de aquella, presentadas por los contribuyentes que tengan

cve: BOE-A-2023-336
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