II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2023-125)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca plaza para la estabilización de empleo temporal de larga duración, por concurso.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 879
ANEXO I
Plazas convocadas
Puesto
Descripción
Tipo de personal
Destino
1 5448064 Responsable de Proyectos.
Laboral Fijo fuera de convenio.
Oficina Técnica de Cooperación en Nicaragua.
2 5511727 Responsable de Proyectos.
Laboral Fijo fuera de convenio.
Oficina Técnica de Cooperación en República Dominicana.
3 5465615 Responsable de Proyectos.
Laboral Fijo fuera de convenio.
Oficina Técnica de Cooperación en República Dominicana.
Funciones de los Responsables de Proyectos:
1) Gestión, control y seguimiento técnico del proyecto o proyectos de cooperación a
su cargo, bajo la supervisión directa del Coordinador General de la cooperación, o en su
caso del Responsable de Programas de Cooperación correspondiente.
2) Coordinación en la ejecución del proyecto o proyectos de cooperación a su cargo
con las contrapartes locales y apoyo al Coordinador General de la cooperación, o en su
caso, del Responsable de Programas de Cooperación correspondiente en la coordinación
interinstitucional de la coparticipación en el proyecto o proyectos a su cargo.
3) Apoyo al Coordinador General de la cooperación, o en su caso del Responsable de
Programas de Cooperación correspondiente en la representación de la Oficina Técnica de
Cooperación en foros especializados técnicos y académicos, así como en otras tareas
desarrolladas en la OTC en el ámbito de la cooperación y relacionadas con el proyecto.
ANEXO II
Instrucciones
Acreditación de los méritos
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se
responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante,
cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la
copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.
1.
Acreditación de los Méritos profesionales.
La documentación acreditativa para justificar la experiencia profesional será una
certificación administrativa oficial de los servicios prestados o copia del contrato de
trabajo, certificado de la Administración Pública, con breve enumeración de las funciones
realizadas e informe de cotizaciones donde conste el periodo y grupo de cotización
expedido por Entidad Gestora de la Seguridad Social (vida laboral).
2.
Acreditación de los Méritos formativos.
– Titulación: Título oficial emitido por la autoridad competente en el caso de titulación.
– Superación de pruebas en procesos selectivos: Certificado acreditativo de la
superación de pruebas selectivas emitida por la autoridad competente.
– Cursos de formación: Certificado o título emitido por el centro educativo o
autoridad competente en la que conste identificado el destinatario o destinataria del
curso, duración y fechas de impartición. En el caso de cursos impartidos por el aspirante,
será necesario presentar certificado emitido por la autoridad o centro competente, en la
que conste identificado el o la ponente así como la duración del curso y fechas de
impartición.
cve: BOE-A-2023-125
Verificable en https://www.boe.es
Los méritos formativos se acreditarán del siguiente modo:
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 879
ANEXO I
Plazas convocadas
Puesto
Descripción
Tipo de personal
Destino
1 5448064 Responsable de Proyectos.
Laboral Fijo fuera de convenio.
Oficina Técnica de Cooperación en Nicaragua.
2 5511727 Responsable de Proyectos.
Laboral Fijo fuera de convenio.
Oficina Técnica de Cooperación en República Dominicana.
3 5465615 Responsable de Proyectos.
Laboral Fijo fuera de convenio.
Oficina Técnica de Cooperación en República Dominicana.
Funciones de los Responsables de Proyectos:
1) Gestión, control y seguimiento técnico del proyecto o proyectos de cooperación a
su cargo, bajo la supervisión directa del Coordinador General de la cooperación, o en su
caso del Responsable de Programas de Cooperación correspondiente.
2) Coordinación en la ejecución del proyecto o proyectos de cooperación a su cargo
con las contrapartes locales y apoyo al Coordinador General de la cooperación, o en su
caso, del Responsable de Programas de Cooperación correspondiente en la coordinación
interinstitucional de la coparticipación en el proyecto o proyectos a su cargo.
3) Apoyo al Coordinador General de la cooperación, o en su caso del Responsable de
Programas de Cooperación correspondiente en la representación de la Oficina Técnica de
Cooperación en foros especializados técnicos y académicos, así como en otras tareas
desarrolladas en la OTC en el ámbito de la cooperación y relacionadas con el proyecto.
ANEXO II
Instrucciones
Acreditación de los méritos
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se
responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante,
cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la
copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.
1.
Acreditación de los Méritos profesionales.
La documentación acreditativa para justificar la experiencia profesional será una
certificación administrativa oficial de los servicios prestados o copia del contrato de
trabajo, certificado de la Administración Pública, con breve enumeración de las funciones
realizadas e informe de cotizaciones donde conste el periodo y grupo de cotización
expedido por Entidad Gestora de la Seguridad Social (vida laboral).
2.
Acreditación de los Méritos formativos.
– Titulación: Título oficial emitido por la autoridad competente en el caso de titulación.
– Superación de pruebas en procesos selectivos: Certificado acreditativo de la
superación de pruebas selectivas emitida por la autoridad competente.
– Cursos de formación: Certificado o título emitido por el centro educativo o
autoridad competente en la que conste identificado el destinatario o destinataria del
curso, duración y fechas de impartición. En el caso de cursos impartidos por el aspirante,
será necesario presentar certificado emitido por la autoridad o centro competente, en la
que conste identificado el o la ponente así como la duración del curso y fechas de
impartición.
cve: BOE-A-2023-125
Verificable en https://www.boe.es
Los méritos formativos se acreditarán del siguiente modo: