II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2023-125)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca plaza para la estabilización de empleo temporal de larga duración, por concurso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
3.
Sec. II.B. Pág. 880
Acreditación de idiomas.
Para la acreditación del conocimiento de lengua inglesa deberán aportar, junto con la
solicitud, la acreditación del nivel de idioma de cualquiera de las siguientes formas:
cve: BOE-A-2023-125
Verificable en https://www.boe.es
a) Mediante un nivel mínimo B2 aportando el certificado o título correspondiente,
reconocido por las Mesas Lingüísticas de la Conferencia de Rectores de las Universidades
Españolas (CRUE) http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx.
b) Haber desarrollado una relación profesional en el extranjero, al menos durante 1
año, en la que se utilizara el idioma requerido como idioma de trabajo, acreditado
mediante certificación de la entidad contratante.
c) Haber cursado estudios en dicho idioma de licenciatura, grado, ingeniería,
máster o haber cursado cualquier otra disciplina, con una duración mínima de un curso
académico. Se acreditará mediante título oficial o certificado.
d) En el caso de ser empleado público, mediante certificación o, en su defecto,
declaración responsable del aspirante, de haber superado una prueba del idioma que se
pretenda acreditar que fuese obligatoria para el acceso a su categoría, cuerpo o escala.
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
3.
Sec. II.B. Pág. 880
Acreditación de idiomas.
Para la acreditación del conocimiento de lengua inglesa deberán aportar, junto con la
solicitud, la acreditación del nivel de idioma de cualquiera de las siguientes formas:
cve: BOE-A-2023-125
Verificable en https://www.boe.es
a) Mediante un nivel mínimo B2 aportando el certificado o título correspondiente,
reconocido por las Mesas Lingüísticas de la Conferencia de Rectores de las Universidades
Españolas (CRUE) http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx.
b) Haber desarrollado una relación profesional en el extranjero, al menos durante 1
año, en la que se utilizara el idioma requerido como idioma de trabajo, acreditado
mediante certificación de la entidad contratante.
c) Haber cursado estudios en dicho idioma de licenciatura, grado, ingeniería,
máster o haber cursado cualquier otra disciplina, con una duración mínima de un curso
académico. Se acreditará mediante título oficial o certificado.
d) En el caso de ser empleado público, mediante certificación o, en su defecto,
declaración responsable del aspirante, de haber superado una prueba del idioma que se
pretenda acreditar que fuese obligatoria para el acceso a su categoría, cuerpo o escala.