II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2023-69)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación y Propulsión.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 432

órgano convocante, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
4.9 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
4.10 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea estrictamente necesario.
4.11 Para el desarrollo de los ejercicios que se celebren en sedes descentralizadas,
el Tribunal podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para el
uso de los medios electrónicos o telemáticos necesarios, incluidos los audiovisuales, y
contar con el apoyo administrativo necesario en dichas sedes para llevar a cabo la
realización de los mismos.
4.12 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, sito en la calle Lérida, número 32-34, 28020 Madrid.
5.

Solicitudes

5.1 De acuerdo con la Resolución de 19 de julio de 2019, de la Presidencia de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la obligatoriedad de la
inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos y
especialidades adscritos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE del 29) y con
la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas selectivas y el pago de
las tasas de derechos de examen se realizará por vía telemática a través de la sede
electrónica de la Agencia Tributaria, en la forma establecida en la base 5.3.
5.2 El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen
(modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de la Dirección
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra a disposición de los
interesados en la dirección de Internet https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajaragencia-tributaria/gestiones-trabajar-aeat.html.
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo IV, siguiendo lo previsto en la guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos, disponible en la citada dirección electrónica.
5.3 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía telemática con
certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la dirección de
Internet citada en el punto anterior.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
– Anexar documentos a la solicitud (opcional).
– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada
(opcional).
– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de
exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en su
caso, se publicará, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

cve: BOE-A-2023-69
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 2