II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2023-71)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 495

reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, a razón de 1,5 puntos por año completo de servicios,
hasta un máximo de 28 puntos.
Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por los
candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones
idénticas o análogas a las propias del Cuerpo General Administrativo de la
Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, al que se
refiere la presente convocatoria.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se
tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria, y formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del
certificado de requisitos y méritos, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 14 e inferiores: 10 puntos.
Grado 15 y 16: 12 puntos.
Grado 17 y 18: 14 puntos.
Asimismo, se otorgarán 10 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma,
como funcionario de carrera, durante al menos dos años.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado, así como en
los órganos constitucionales, el día de publicación de esta convocatoria como funcionario
del subgrupo C2, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles inferiores al 14: 11 puntos.
Nivel 14 y 15: 12 puntos.
Nivel 16 y 17: 13 puntos.
Nivel 18 o superiores: 14 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por
reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tenga consolidado o, si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del subgrupo C2.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por el cuidado de
familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del
Estado u Organismos Constitucionales, es decir, el nivel del puesto de trabajo que les
correspondería al efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en
situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se
valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

a) Antigüedad: Se valorarán los servicios prestados, hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria, como personal laboral fijo de la categoría profesional
correspondiente, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos al
amparo del Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, a razón de 1,5 puntos por año completo de servicios, hasta un
máximo de 28 puntos.
Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por los
candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones

cve: BOE-A-2023-71
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