III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-83)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Generalitat Valenciana y la Universidad Internacional de Valencia, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunitat Valenciana, Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Región de Murcia y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 550

Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad Internacional de Valencia pueda realizar prácticas externas en juzgados y
tribunales de la Comunitat Valenciana, Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha,
Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Región de Murcia y de las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla y en los juzgados y tribunales de aquellas Comunidades
Autónomas con traspasos en medios personales y materiales que se puedan adherir al
presente convenio, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y compromisos de las partes.

Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad Internacional de Valencia y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Comunitat Valenciana, Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha,
Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Región de Murcia y de las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla y en los juzgados y tribunales de aquellas Comunidades
Autónomas con traspasos en medios personales y materiales que en aplicación de la
cláusula decimotercera se adhieran al presente convenio.
Por un lado, la Generalitat Valenciana se compromete a permitir la realización de las
prácticas externas objeto del presente convenio, así como a facilitar el acceso del
alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales de la Comunitat Valenciana.
Por un lado, y con respecto al resto de las Comunidades y Ciudades Autónomas y en
relación a las cuales no hay una transferencia de medios materiales y económicos, el
Ministerio de Justicia se compromete a permitir la realización de las prácticas externas
objeto del presente convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de
los juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad Internacional de Valencia se compromete a que la
persona o personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda
disfrutar de los derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad
Internacional de Valencia que sea de aplicación:

La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Generalitat Valenciana estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que
surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará
suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de
la Universidad Internacional de Valencia o concesión de indemnización o compensación
a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial

cve: BOE-A-2023-83
Verificable en https://www.boe.es

a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad Internacional de Valencia que certifique su actividad como
tutor/a de estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.