III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-83)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Generalitat Valenciana y la Universidad Internacional de Valencia, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunitat Valenciana, Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Región de Murcia y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 549
Sexto.
El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley
Orgánica 5/1982, de 1 de julio y modificado por Ley Orgánica 1/2006 de 10 de abril,
establece en el artículo 36.1.º que, en relación a la Administración de Justicia,
exceptuada la militar, corresponde a la Generalitat ejercer en la Comunitat Valenciana
todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce o atribuye al
Gobierno del Estado. Asimismo, el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del presidente de
la Generalitat, por el que se determina el número y la denominación de las
consellerias y sus atribuciones, establece en el artículo 6 que se asignan a la
Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, entre otras, las
competencias en materia de justicia.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad Internacional de Valencia es el de la preparación
académica y profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para
dar cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas
que completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como
los objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos,
tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además, dicha
regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de
las administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales,
fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e innovación y dando
respuesta al compromiso con la transformación económica basada en la sociedad del
conocimiento.
Décimo.
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
cve: BOE-A-2023-83
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 549
Sexto.
El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley
Orgánica 5/1982, de 1 de julio y modificado por Ley Orgánica 1/2006 de 10 de abril,
establece en el artículo 36.1.º que, en relación a la Administración de Justicia,
exceptuada la militar, corresponde a la Generalitat ejercer en la Comunitat Valenciana
todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce o atribuye al
Gobierno del Estado. Asimismo, el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del presidente de
la Generalitat, por el que se determina el número y la denominación de las
consellerias y sus atribuciones, establece en el artículo 6 que se asignan a la
Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, entre otras, las
competencias en materia de justicia.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad Internacional de Valencia es el de la preparación
académica y profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para
dar cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas
que completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como
los objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos,
tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además, dicha
regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de
las administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales,
fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e innovación y dando
respuesta al compromiso con la transformación económica basada en la sociedad del
conocimiento.
Décimo.
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
cve: BOE-A-2023-83
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.