I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Organización. (BOE-A-2023-56)
Orden TED/1351/2022, de 29 de diciembre, por la que se crea y regula la Unidad de Medidas Antifraude del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Next Generation UE) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 401
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo 1. Objeto.
1. Mediante la orden se crea la Unidad de Medidas Antifraude del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se determinan sus funciones y
composición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
2. La Unidad de Medidas Antifraude tiene como objeto coordinar a las Unidades
Orgánicas del Ministerio que participan en la gestión y ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en relación con la aplicación del Plan de
Medidas Antifraude, de Prevención de Conflicto de Intereses, Ausencia de Doble
Financiación y Adecuación del Régimen de Ayudas de Estado del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Artículo 2.
Naturaleza jurídica y adscripción.
1. La Unidad de Medidas Antifraude tendrá naturaleza de órgano colegiado de
conformidad con los artículos 19 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y se
adscribirá al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la
Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
2. La creación y funcionamiento del órgano colegiado serán atendidos con los
medios personales, técnicos y presupuestarios del órgano al que se encuentra adscrito,
sin que en ningún caso conlleve incremento del gasto público.
Artículo 3. Composición.
1.
La Unidad de Medidas Antifraude tendrá la siguiente composición:
1.º Un representante de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, designado por
el titular de la Secretaría de Estado, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o
superior.
2.º Un representante de la Secretaría de Estado de Energía, designado por el titular
de dicha Secretaría de Estado, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o
superior.
3.º Un representante de la Secretaría General para el Reto Demográfico, designado
por el titular de dicha Secretaría General, que deberá ser funcionario de carrera con
nivel 28 o superior.
4.º Un representante del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía,
designado por el presidente del Organismo, que deberá tener la categoría de
Responsable de Área.
5.º La persona titular de la Dirección de la Oficina Técnica del Fondo de
Restauración Ecológica y Resiliencia.
6.º Dos representantes del Gabinete de la Subsecretaría para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, designados por el titular de dicha Subsecretaría, que
deberán ser funcionarios de carrera con nivel 28 o superior.
cve: BOE-A-2023-56
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: la persona titular de la Subsecretaría para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General de Servicios, que
asumirá las funciones de la presidencia en caso de vacante de ésta.
c) Secretaría: la persona que designe el titular de la Subsecretaría para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que deberá ser funcionario de carrera con
nivel 28 o superior, con voz pero sin voto.
d) Vocalías:
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 401
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo 1. Objeto.
1. Mediante la orden se crea la Unidad de Medidas Antifraude del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se determinan sus funciones y
composición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
2. La Unidad de Medidas Antifraude tiene como objeto coordinar a las Unidades
Orgánicas del Ministerio que participan en la gestión y ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en relación con la aplicación del Plan de
Medidas Antifraude, de Prevención de Conflicto de Intereses, Ausencia de Doble
Financiación y Adecuación del Régimen de Ayudas de Estado del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Artículo 2.
Naturaleza jurídica y adscripción.
1. La Unidad de Medidas Antifraude tendrá naturaleza de órgano colegiado de
conformidad con los artículos 19 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y se
adscribirá al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la
Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
2. La creación y funcionamiento del órgano colegiado serán atendidos con los
medios personales, técnicos y presupuestarios del órgano al que se encuentra adscrito,
sin que en ningún caso conlleve incremento del gasto público.
Artículo 3. Composición.
1.
La Unidad de Medidas Antifraude tendrá la siguiente composición:
1.º Un representante de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, designado por
el titular de la Secretaría de Estado, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o
superior.
2.º Un representante de la Secretaría de Estado de Energía, designado por el titular
de dicha Secretaría de Estado, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o
superior.
3.º Un representante de la Secretaría General para el Reto Demográfico, designado
por el titular de dicha Secretaría General, que deberá ser funcionario de carrera con
nivel 28 o superior.
4.º Un representante del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía,
designado por el presidente del Organismo, que deberá tener la categoría de
Responsable de Área.
5.º La persona titular de la Dirección de la Oficina Técnica del Fondo de
Restauración Ecológica y Resiliencia.
6.º Dos representantes del Gabinete de la Subsecretaría para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, designados por el titular de dicha Subsecretaría, que
deberán ser funcionarios de carrera con nivel 28 o superior.
cve: BOE-A-2023-56
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: la persona titular de la Subsecretaría para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General de Servicios, que
asumirá las funciones de la presidencia en caso de vacante de ésta.
c) Secretaría: la persona que designe el titular de la Subsecretaría para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que deberá ser funcionario de carrera con
nivel 28 o superior, con voz pero sin voto.
d) Vocalías: