I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Organización. (BOE-A-2023-56)
Orden TED/1351/2022, de 29 de diciembre, por la que se crea y regula la Unidad de Medidas Antifraude del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Next Generation UE) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 402
7.º Dos representantes de la Oficina Presupuestaria: Subdirector y Subdirector
Adjunto.
8.º La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de los Servicios.
9.º Una persona representante de la Abogacía del Estado en el Ministerio, a título
consultivo/asesor, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o superior.
10.º Una persona representante de la Intervención Delegada en el Ministerio, a
título consultivo/asesor, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o superior.
La participación del representante de la intervención delegada no afectará en ningún
caso al ejercicio de las funciones de control que correspondan a dicho órgano. Si por
alguna circunstancia no resultara posible garantizar la compatibilidad de la participación
con el ejercicio independiente de las funciones de control, no procederá la presencia del
representante de la intervención a dicha sesión, salvo que dicha circunstancia quedara
subsanada.
2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra
alguna causa justificada, quienes integren la Unidad podrán ser sustituidos por un
representante del mismo Ministerio, que deberá tener rango de funcionario de carrera
con nivel 28 o superior y, en caso del IDAE, deberá tener la categoría de Responsable de
Área.
3. La participación en la Unidad de Medidas Antifraude no generará gastos en
aplicación del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón
del servicio.
Artículo 4.
Funciones.
La Unidad tendrá las siguientes funciones:
a)
Proponer la creación de un sistema de controles que permita:
1.º Conocer e informar de todos los controles realizados, tanto por organismos
nacionales como comunitarios.
2.º Proponer la realización de controles sobre diversos aspectos de la ejecución del
Plan.
1.º Los procedimientos necesarios para la aplicación efectiva del Plan de Medidas
Antifraude y sus revisiones.
2.º Los modelos de informes sobre resultados de controles.
3.º La propuesta de medidas normativas o de gestión en materia de control y de
seguimiento contable e informático del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
4.º Cualesquiera otras medidas dirigidas a fomentar la formación en materia de
prevención del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en la gestión del PRTR,
y mejoras en la eficiencia en la gestión, y la coordinación interadministrativa, en especial
en la unificación de criterios y compatibilidad de sistemas.
e) Recibir y elaborar información sobre solicitudes de pago e informes sobre
avances en la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia en el ámbito del Plan de
Medidas Antifraude, proponiendo en su caso medidas para mejorar la gestión, control e
cve: BOE-A-2023-56
Verificable en https://www.boe.es
b) Aprobar el plan de controles para cada período y promover controles a realizar
por los responsables de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
junto con la Inspección de servicios, así como proponer la muestra representativa para la
realización de los controles.
c) Identificar problemas y proponer medidas correctoras.
d) Aprobar:
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 402
7.º Dos representantes de la Oficina Presupuestaria: Subdirector y Subdirector
Adjunto.
8.º La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de los Servicios.
9.º Una persona representante de la Abogacía del Estado en el Ministerio, a título
consultivo/asesor, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o superior.
10.º Una persona representante de la Intervención Delegada en el Ministerio, a
título consultivo/asesor, que deberá ser funcionario de carrera con nivel 28 o superior.
La participación del representante de la intervención delegada no afectará en ningún
caso al ejercicio de las funciones de control que correspondan a dicho órgano. Si por
alguna circunstancia no resultara posible garantizar la compatibilidad de la participación
con el ejercicio independiente de las funciones de control, no procederá la presencia del
representante de la intervención a dicha sesión, salvo que dicha circunstancia quedara
subsanada.
2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra
alguna causa justificada, quienes integren la Unidad podrán ser sustituidos por un
representante del mismo Ministerio, que deberá tener rango de funcionario de carrera
con nivel 28 o superior y, en caso del IDAE, deberá tener la categoría de Responsable de
Área.
3. La participación en la Unidad de Medidas Antifraude no generará gastos en
aplicación del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón
del servicio.
Artículo 4.
Funciones.
La Unidad tendrá las siguientes funciones:
a)
Proponer la creación de un sistema de controles que permita:
1.º Conocer e informar de todos los controles realizados, tanto por organismos
nacionales como comunitarios.
2.º Proponer la realización de controles sobre diversos aspectos de la ejecución del
Plan.
1.º Los procedimientos necesarios para la aplicación efectiva del Plan de Medidas
Antifraude y sus revisiones.
2.º Los modelos de informes sobre resultados de controles.
3.º La propuesta de medidas normativas o de gestión en materia de control y de
seguimiento contable e informático del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
4.º Cualesquiera otras medidas dirigidas a fomentar la formación en materia de
prevención del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en la gestión del PRTR,
y mejoras en la eficiencia en la gestión, y la coordinación interadministrativa, en especial
en la unificación de criterios y compatibilidad de sistemas.
e) Recibir y elaborar información sobre solicitudes de pago e informes sobre
avances en la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia en el ámbito del Plan de
Medidas Antifraude, proponiendo en su caso medidas para mejorar la gestión, control e
cve: BOE-A-2023-56
Verificable en https://www.boe.es
b) Aprobar el plan de controles para cada período y promover controles a realizar
por los responsables de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
junto con la Inspección de servicios, así como proponer la muestra representativa para la
realización de los controles.
c) Identificar problemas y proponer medidas correctoras.
d) Aprobar: