II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal funcionario y laboral. (BOE-A-2022-24483)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la estabilización de empleo temporal a través del sistema selectivo de ingreso mediante concurso de méritos en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193816
publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo
se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
La valoración de méritos, así como la resolución final del proceso selectivo y la
propuesta de nombramiento de las personas que, en su caso, resulten adjudicatarias de
los puestos convocados podrá hacerse de forma independiente para cada Cuerpo o
Escala de esta convocatoria.
4.
Tribunal
El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a
esta Resolución. Se publicará en los lugares previstos en el apartado 6 un breve
currículum de cada uno de los miembros del mismo. Además, podrá disponer la
incorporación a sus trabajos de asesores especialistas conforme a la valoración de los
méritos de cada Cuerpo o Escala que se convoca.
La resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre
de 2024.El Tribunal calificador publicará un cronograma orientativo sobre las fechas de
celebración de las pruebas correspondientes al proceso selectivo.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que
algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la fase de concurso, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus
reuniones deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las
calificaciones otorgadas en el concurso y actuará de acuerdo con lo establecido en la
oferta de empleo público, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En las actas del
tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su
cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta
convocatoria.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico: procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5.
Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud cumplimentada
electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes apartados.
cve: BOE-A-2022-24483
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193816
publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo
se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
La valoración de méritos, así como la resolución final del proceso selectivo y la
propuesta de nombramiento de las personas que, en su caso, resulten adjudicatarias de
los puestos convocados podrá hacerse de forma independiente para cada Cuerpo o
Escala de esta convocatoria.
4.
Tribunal
El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a
esta Resolución. Se publicará en los lugares previstos en el apartado 6 un breve
currículum de cada uno de los miembros del mismo. Además, podrá disponer la
incorporación a sus trabajos de asesores especialistas conforme a la valoración de los
méritos de cada Cuerpo o Escala que se convoca.
La resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre
de 2024.El Tribunal calificador publicará un cronograma orientativo sobre las fechas de
celebración de las pruebas correspondientes al proceso selectivo.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que
algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la fase de concurso, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus
reuniones deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las
calificaciones otorgadas en el concurso y actuará de acuerdo con lo establecido en la
oferta de empleo público, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En las actas del
tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su
cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta
convocatoria.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico: procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5.
Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud cumplimentada
electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes apartados.
cve: BOE-A-2022-24483
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314