II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal funcionario y laboral. (BOE-A-2022-24483)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la estabilización de empleo temporal a través del sistema selectivo de ingreso mediante concurso de méritos en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193814
– Una del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, código 1146.
– Una del Subalterno de la Administración de la Seguridad social. Escala General a
Extinguir, código 1628.
En el anexo II se recoge información relativa al Subgrupo de pertenencia, Entidad
Gestora o Servicio Común así como la localidad en la que se encuentran adscritas cada
una de las plazas convocadas.
2.
2.1
Proceso selectivo
Sistema.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, tal y como
establece el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo (BOE de 25 de mayo), por el que se
aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2
Requisitos de los participantes.
Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los
aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos, según el Cuerpo o Escala al que
opten:
1.
Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social:
Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho.
Para este Cuerpo es requisito imprescindible disponer de nacionalidad española
según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
2. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la
Administración de la Seguridad Social:
Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Medicina o en condiciones de
obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para este cuerpo es requisito imprescindible disponer de nacionalidad española
según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
3.
Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social:
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
4.
Subgrupo Técnico del Grupo de Administración General:
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
Subgrupo Gestión del Grupo de Administración General:
Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto
Técnico o Grado.
Así mismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado
Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de
octubre.
6.
Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, código 1622:
Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
cve: BOE-A-2022-24483
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193814
– Una del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, código 1146.
– Una del Subalterno de la Administración de la Seguridad social. Escala General a
Extinguir, código 1628.
En el anexo II se recoge información relativa al Subgrupo de pertenencia, Entidad
Gestora o Servicio Común así como la localidad en la que se encuentran adscritas cada
una de las plazas convocadas.
2.
2.1
Proceso selectivo
Sistema.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, tal y como
establece el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo (BOE de 25 de mayo), por el que se
aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2
Requisitos de los participantes.
Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los
aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos, según el Cuerpo o Escala al que
opten:
1.
Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social:
Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho.
Para este Cuerpo es requisito imprescindible disponer de nacionalidad española
según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
2. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la
Administración de la Seguridad Social:
Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Medicina o en condiciones de
obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para este cuerpo es requisito imprescindible disponer de nacionalidad española
según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
3.
Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social:
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
4.
Subgrupo Técnico del Grupo de Administración General:
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
Subgrupo Gestión del Grupo de Administración General:
Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto
Técnico o Grado.
Así mismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado
Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de
octubre.
6.
Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, código 1622:
Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
cve: BOE-A-2022-24483
Verificable en https://www.boe.es
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