II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Personal laboral. (BOE-A-2022-24475)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo en los grupos profesionales 1G, 2G, 3G, 4G, M3, M1 y E2 en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y sus organismos autónomos, sujeto al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193719

Forma de acreditación:
Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal correspondiente
según modelo que figura como anexo V de la convocatoria.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
2.

Méritos académicos: La puntuación máxima será de 40 puntos.

Grupos profesionales M3, M2, 1G y 2G.
Se valorarán:
a. Posesión de titulación académica distinta de la aportada como requisito de
acceso, de igual o superior nivel y perteneciente a la misma rama de conocimiento.
– Máster: 10 puntos por cada máster.
– Grado: 5 puntos por cada grado.
Puntuación máxima: 15 puntos.
b. Por haber realizado o impartido, en los 10 años anteriores a la fecha de
publicación de la convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento directamente
relacionados con las tareas y funciones propias del puesto de trabajo por el que se opta.
Puntuación máxima: 35 puntos.
La valoración de los cursos a los que se hace referencia en el apartado b) anterior se
realizará según el siguiente desglose:
– Cursos recibidos: 0,1 puntos por hora.
– Cursos impartidos: 0,2 puntos por hora.
– Cursos recibidos en los que no figure el número de horas: 0,05 puntos por el curso
completo.
– Cursos impartidos en los que no figure el número de horas: 0,4 puntos por el curso
completo.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas.
No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a 15 horas, en el caso
de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición. Se valorará una
sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.
Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o
centros legalmente autorizados y reconocidos.
Forma de acreditación: Para la valoración de los méritos académicos será necesario
aportar copia auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos
realizados o impartidos.
Grupos profesionales M1, E2, 3G y 4G.

a. Posesión de titulación académica distinta de la aportada como requisito de
acceso, de igual o superior nivel y perteneciente a la misma rama de conocimiento.
– Grado: 10 puntos.
– Titulación de formación profesional distinta a la exigida y perteneciente a la misma
familia profesional de nivel superior o igual a la exigida: 5 puntos por cada titulación de
nivel superior y 3 puntos por cada titulación de nivel igual a la exigida.
Puntuación máxima: 15 puntos

cve: BOE-A-2022-24475
Verificable en https://www.boe.es

Se valorarán: