II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal laboral. (BOE-A-2022-24471)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M2, M1, G3, E2 y E1 sujetos al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Ministerio del Interior, Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022
8.

Sec. II.B. Pág. 193625

Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio Único para el
personal laboral de la Administración General del Estado; el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación,
de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 29 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea
Aranguren.
ANEXO I
Descripción del proceso
El proceso selectivo constará de una fase de concurso de valoración de méritos.
La puntuación máxima de esta fase será de 100 puntos.
Concurso de méritos:

a) Servicios efectivos prestados como personal laboral acogido al Convenio Único,
en la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder: 0.50 puntos por mes
completo de servicios.
b) Servicios efectivos prestados como empleados y empleadas públicos con
funciones equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización, en
otros ámbitos, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en
virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que
ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea: 0,25 puntos por mes
completo de servicios.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se valorarán proporcionalmente.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo periodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, aplicando el baremo fijado
en más de un apartado de los descritos anteriormente, solo se tendrá en cuenta aquel
que permita al trabajador o trabajadora obtener una mayor puntuación. Por tanto, en
ningún caso, se podrá generar doble puntuación por un mismo periodo de prestación.

cve: BOE-A-2022-24471
Verificable en https://www.boe.es

Se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 60 puntos.