II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-24465)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca plaza para la estabilización de empleo temporal de larga duración, por concurso-oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193523
7.7 En la sede electrónica de la AECID se publicará un curriculum vitae resumido
de las personas que forman parte del Tribunal.
7.8 Los Órganos de Selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y tenderán en su composición a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en
el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
8.
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de
acceso general (www.administracion.gob.es), y en la sede electrónica de la AECID
(www.aecid.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo
del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los participantes en el
proceso selectivo deberán realizar los procedimientos de impugnación de las
actuaciones del tribunal a través de medios electrónicos.
9.
Desarrollo del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición, que se realizará con carácter
previo, constituirá el 60 % de la puntuación total a alcanzar en el proceso selectivo y una
fase de concurso, que se valorará una vez superada la fase de oposición, y que
constituirá el 40 % de la puntuación total a alcanzar en el proceso selectivo.
Por lo tanto, la puntuación máxima a alcanzar en el proceso selectivo será de 100
puntos, 60 puntos para la fase de oposición y 40 puntos para la fase de concurso.
Será necesario que la puntuación de la fase de oposición supere los 30 puntos para
pasar a la fase de concurso.
El ejercicio de la fase oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses
contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que pueda
acordarse su ampliación. Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de
los plazos recogidos en la presente convocatoria.
Fase de oposición. (Hasta 60 puntos).
9.1.1 La fase de oposición tiene por finalidad determinar la capacidad y la aptitud
de los aspirantes.
Consistirá en la realización de una prueba presencial que se desarrollará ante el
Tribunal calificador de forma física o virtual. La prueba será grabada en audio y/o en
video, en función de los medios disponibles. El aspirante deberá identificarse con
nombre y documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente al
comienzo de la grabación
9.1.2 Esta prueba consistirá en la realización por parte del Tribunal de hasta 10
preguntas al aspirante, cuyas respuestas podrán dar lugar a abrir un diálogo con el
aspirante por cada pregunta formulada.
9.1.3 Las preguntas versarán sobre alguna de las siguientes materias:
1. Marco internacional. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. El
sistema español de cooperación para el desarrollo.
2. Contexto geopolítico del país o países en el que se desarrollará el proyecto
objeto de la convocatoria. Principales estrategias de desarrollo del país socio y/o
cve: BOE-A-2022-24465
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193523
7.7 En la sede electrónica de la AECID se publicará un curriculum vitae resumido
de las personas que forman parte del Tribunal.
7.8 Los Órganos de Selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y tenderán en su composición a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en
el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
8.
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de
acceso general (www.administracion.gob.es), y en la sede electrónica de la AECID
(www.aecid.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo
del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los participantes en el
proceso selectivo deberán realizar los procedimientos de impugnación de las
actuaciones del tribunal a través de medios electrónicos.
9.
Desarrollo del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición, que se realizará con carácter
previo, constituirá el 60 % de la puntuación total a alcanzar en el proceso selectivo y una
fase de concurso, que se valorará una vez superada la fase de oposición, y que
constituirá el 40 % de la puntuación total a alcanzar en el proceso selectivo.
Por lo tanto, la puntuación máxima a alcanzar en el proceso selectivo será de 100
puntos, 60 puntos para la fase de oposición y 40 puntos para la fase de concurso.
Será necesario que la puntuación de la fase de oposición supere los 30 puntos para
pasar a la fase de concurso.
El ejercicio de la fase oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses
contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que pueda
acordarse su ampliación. Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de
los plazos recogidos en la presente convocatoria.
Fase de oposición. (Hasta 60 puntos).
9.1.1 La fase de oposición tiene por finalidad determinar la capacidad y la aptitud
de los aspirantes.
Consistirá en la realización de una prueba presencial que se desarrollará ante el
Tribunal calificador de forma física o virtual. La prueba será grabada en audio y/o en
video, en función de los medios disponibles. El aspirante deberá identificarse con
nombre y documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente al
comienzo de la grabación
9.1.2 Esta prueba consistirá en la realización por parte del Tribunal de hasta 10
preguntas al aspirante, cuyas respuestas podrán dar lugar a abrir un diálogo con el
aspirante por cada pregunta formulada.
9.1.3 Las preguntas versarán sobre alguna de las siguientes materias:
1. Marco internacional. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. El
sistema español de cooperación para el desarrollo.
2. Contexto geopolítico del país o países en el que se desarrollará el proyecto
objeto de la convocatoria. Principales estrategias de desarrollo del país socio y/o
cve: BOE-A-2022-24465
Verificable en https://www.boe.es
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